4º Juzgado de Letras de Copiapó

AMERIS FINANCIAMIENTO PARA ACCESO A LA VIVIENDA FONDO DE INVERSIÓN/

Rol

V-1712-2024

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: En Folio 01, compareció don Edgard Rudolph Pereira, abogado, en representación convencional de la sociedad “AMERIS FINANCIAMIENTO PARA ACCESO A LA VIVIENDA FONDO DE INVERSIÓN”, anteriormente denominada “Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo de Inversión”, sociedad del giro de su denominación, RUT N°77.084.947-0, representado por Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. RUT N°76.502.273-3, la que a su vez actúa representada por don Pablo Andrés Armas Vigneaux, cédula nacional de identidad N°13.037.515-4; don José Ignacio Mujica Castro, cédula nacional de identidad N°10.931.176-6, y, don Ignacio Pedro Montané Yunge, cédula nacional de identidad N°13.333.514-5, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N°82, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicitando se declare el extravío de la única copia de escritura pública que da cuenta del mutuo hipotecario endosable de fecha 31 de mayo de 2021. Funda su solicitud manifestando que mediante escritura de fecha 31 de mayo de 2021, protocolizada con misma fecha bajo el N°58, repertorio N°1193-2021, al final del Registro de Escrituras Públicas de dicho Bimestre ante el Notario Público de Copiapó don Francisco Nehme Carpanetti, comparecen “Central Hipotecaria S.A.”, como acreedor y don Felipe Jonas Cortés Gallardo, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad N°18.398.125-0, domiciliado en calle Francisco de Aguirre N°436, departamento 711, séptimo piso, condominio Francisco de Aguirre de la comuna de Copiapó, como comprador, deudor y mutuario, convinieron un mutuo hipotecario endosable, sujeto a las disposiciones contempladas al numeral 7 del artículo 69 de la Ley General de Bancos, sus normas complementarias y demás normas pertinentes. Continúa, indicando que el mutuo otorgado por Central Hipotecaria S.A. al señor Cortes Gallardo, fue por la suma de 1.360 Unidades de Fomento, obligándose el deudor a pagar a la parte mutuante dicha suma en el plazo de 360 meses, a conta

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, en su oportunidad, compareció don Edgard Rudolph Pereira, en representación convencional de “Ameris Financiamiento Para Acceso a la Vivienda Fondo de Inversión”, ya individualizados, solicitando se declare el extravío la copia única endosable de la escritura de mutuo hipotecario ya singularizada, por el cual don Felipe Jonas Cortés Gallardo se obligó a pagar a la parte mutuante la suma de 1.360 Unidades de Fomento en el plazo de 360 meses y en los términos ya descritos. Segundo: Que, a fin de sustentar su pretensión, la parte solicitante se valió de los siguientes documentos consistentes en: a) Copia simple de la escritura de contrato de compraventa y mutuo hipotecario Directo con subsidio Habitacional D.S. N°19 (V. y U.) de 2016, suscrito entre Inmobiliaria Infinito Atacama S.A., don Felipe Jonas Cortés Gallardo y Central Hipotecaria S.A.”, protocolizada ante la Primera Notaría Pública de Código: WGXXUHDZXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-1712-2024 Copiapó del notario público Francisco Nehme Carpanetti, con fecha 31 de agosto de mayo de 2021 bajo el N°58, repertorio N°1193-2021, al final del Registro de Escrituras Públicas de dicho Bimestre y endosado a la orden de “Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo de Inversión”, con fecha 30 de septiembre de 2021; b) Certificado de hipotecas, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar, litigios y bien familiar del inmueble inscrito a nombre de Felipe Jonas Cortés Gallardo, a fojas 4149v, número 3163, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó correspondiente al año 2021; c) Mandato Judicial firmado en la notaría de don Rodrigo Enrique Ortuzar Rodríguez, Notario Titular de la Primera Notaría de San Miguel, con fecha 05 de febrero de 2024; d) copia de reducción a escritura pública referente al Acta de Sesión Extraordinaria de Directorio de la sociedad “Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A.”, de octubre del año dos mil diecinueve, protocolizada bajo el N°43.887/2019 de la 43ª. Notaría de Santiago; e) copia fiel e íntegra de la reducción a escritura pública referente al Acta de Asamblea Extraordinaria de aportantes de “Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo de Inversión”, de seis de julio del año dos mil veintidós, protocolizada bajo el N°3.207/2022 de la 20ª. Notaría de Santiago; y, f) copia de carta fechada el cuatro de julio del año dos mil veintidós dirigida por el gerente general de la sociedad “Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A.” a la señora Presidente de la Comisión del Mercado Financiero dando cuenta, entre otros, que el fondo denominado “Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo de Inversión” vio modificado su nombre, substituyéndoselo por el de “Ameris Financiamiento para Acceso a la Vivienda Fondo de Inversión”, reemplazándose, en consecuencia, toda referencia a él en el texto del Reglamento Interno donde dicho f

Fallo

Por tanto, su representada es dueña del crédito y titular de los derechos y acciones originados en el mutuo, lo cual constaría en las debidas inscripciones conservatorias. Por último, agrega que a la fecha la única copia endosable de la escritura de mutuo hipotecario, otorgada por el Notario Público don Francisco Nehme Carpanetti el 09 de septiembre de 2021, se encuentra extraviada. Código: WGXXUHDZXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-1712-2024 Previa citas legales, solicita que se declare el extravío de la copia única endosable de la escritura de mutuo hipotecario ya singularizada, autorizando a su representada para ejercer los derechos que les corresponde como acreedor hipotecario y portador legítimo del documento, otorgando copia autorizada del fallo para los efectos de requerir del Archivo Judicial la emisión de una nueva copia endosable. En Folio 07, consta que se practicó la notificación personal subsidiara a don Felipe Jonas Cortés Gallardo respecto de la solicitud de autos y su proveído. En Folio 09, rola publicación de rigor practicada con fecha 02 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial, N° 43.988, sección III, respecto a la solicitud planteada en Folio 01. En Folio 13, consta la certificación de la Ministro de Fe del Tribunal que da cuenta de no haber constancia en autos del hecho de haberse presentado terceros oponiéndose a la solicitud de Folio 01, al tenor de lo dispuesto en el artí

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Rol V-1712-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1712-2024 CARATULADO : AMERIS FINANCIAMIENTO PARA ACCESO A LA VIVIENDA FONDO DE INVERSIÓN/ Copiapó, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Visto: En Folio 01, compareció don Edgard Rudolph Pereira, abogado, en representación convencional de la sociedad “AMERIS FINANCIAMIENTO PARA ACCESO A L

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