GARAY/SPORTLIFE S.A
Rol
M-3798-2024
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de hostigamiento reiterado de su parte los que fueron respaldados por declaraciones de varios testigos. Alega que los hechos descritos en la carta de despido no son verídicos ni han sido debidamente probados, señalando que el documento carece de detalles esenciales sobre el proceso de investigación, como fechas concretas, procedimientos realizados y pruebas específicas que justifiquen la medida adoptada. Afirma que la empresa ha utilizado esta causal de forma tendenciosa, con el objetivo de eludir el pago de las indemnizaciones legales que corresponden tras más de dos años de relación laboral. En ese sentido, sostiene que el despido no solo carece de fundamento, sino que también vulnera el principio de razonabilidad que debe regir el ejercicio del poder disciplinario del empleador, ya que existían alternativas menos gravosas, como la aplicación de una amonestación o una sanción menor. Refiere que tras ser despedido presentó un reclamo ante la Inspección del Trabajo el 24 de mayo de 2024, con el número de expediente 1309/2024/1375, realizándose un comparendo de conciliación el 12 de junio de 2024, el cual concluyó sin que las partes llegaran a un acuerdo. Aclara que no existen deudas por concepto de cotizaciones de seguridad social. Cita normativa, doctrina y jurisprudencia Solicita se acoja la demanda, declarando que el despido de que fuera objeto es injustificado, condenando a la demandada al pago de lo siguiente. a) $740.357; por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $1.480.714, por concepto de indemnización por años de servicio. c) $1.184.571, por concepto de recargo del 80% de la indemnización por años de servicio. d) Reajustes, intereses y costas. Segundo. Audiencia única. Que en audiencia única fueron llamadas las partes a conciliación, la que no se produjo. La demandada evacua el traslado para contestar la demanda, solicitando su rechazo con costas. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : M-3798-2024 RUC : 24- 4-0599423-9 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a cinco de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Fallo
se resuelve I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por don JOHN ALEXANDER GONZÁLEZ GÓMEZ, cédula nacional de identidad 14.136.508-8, en contra de “SPORTLIFE S.A, rol único tributario 77.265.500-2, representada legalmente por don MARIO HUANQUIMILLA HUENULEF, cédula nacional de identidad 13.483.804-3, todos previamente individualizados. II.- Que no se condena en costas al demandante por haber tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : M-3798-2024 RUC : 24- 4-0599423-9 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a cinco de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia única en los autos RIT M-3798-2024, por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don JOHN ALEXANDER GONZÁLEZ GÓMEZ, cédula nacional de identidad 14.136.508-8, amb
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