VALDEBENITO/PMF SPA
Rol
M-1384-2024
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 162, 168, 172 artículos 453, 454, 496 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se ACOGE Parcialmente la demanda entablada por don Sergio Nicolás Valdebenito Lastra en contra de PMF sociedad por acciones, ambos individualizados solo en cuanto declarándose injustificado el despido del actor, se condena a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo ascendente a la suma de $1.180.874 más intereses reajustes previsto por el artículo 173 del Código del Trabajo, rechazándose en lo demás la demanda en contra de dicha demandada. II.- Que se RECHAZA la demanda interpuesta por don Sergio Nicolás Valdebenito Lastra en todas sus partes en contra de las demandadas CEMENTOS BÍO BÍO S.A y BÍO BÍO CEMENTOS S.A, todos individualizados. III.- Que cada parte pagará sus costas, teniendo presente que la demandante goza de privilegio de pobreza y las demandadas han tenido motivo plausible para litigar. Se ordena el registro y archivo de los antecedentes. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dirigió y resolvió doña VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 162, 168, 172 artículos 453, 454, 496 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se ACOGE Parcialmente la demanda entablada por don Sergio Nicolás Valdebenito Lastra en contra de PMF sociedad por acciones, ambos individualizados solo en cuanto declarándose injustificado el despido del actor, se condena a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo ascendente a la suma de $1.180.874 más intereses reajustes previsto por el artículo 173 del Código del Trabajo, rechazándose en lo demás la demanda en contra de dicha demandada. II.- Que se RECHAZA la demanda interpuesta por don Sergio Nicolás Valdebenito Lastra en todas sus partes en contra de las demandadas CEMENTOS BÍO BÍO S.A y BÍO BÍO CEMENTOS S.A, todos individualizados. III.- Que cada parte pagará sus costas, teniendo presente que la demandante goza de privilegio de pobreza y las demandadas han tenido motivo plausible para litigar. Se ordena el registro y archivo de los antecedentes. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dirigió y resolvió doña VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA CONTINUACION DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia semi presencial) FECHA 05 de marzo de 2025 RUC 23-4-0515082-4 RIT M-1384-2024 Registro MAGISTRADO VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA De Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Pamela Fabres Araya Remoto HORA DE INICIO 08:47 horas 4 HORA DE TERMINO 09:47 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340515082-4-1343 DEMANDANTE com
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica