1º Juzgado Civil de Rancagua

BASCUÑÁN/

Rol

V-185-2024

Fecha

17 de abril de 2025

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que en folio 1 comparece do añ JESSICA DANAE BASCU NÑÁ VEGA, Labores de Hogar, domiciliada en Pasaje Marengo N mero 1925, Villa Galileaú A, comuna de Rancagua, quien solicita conforme a lo regulado en el art culo 4 de laí º Ley 18.600 se declare la interdicci n definitiva, respecto de su padre de 67 a os de edadó ñ don NELSON MANUEL BASCU N CABEZASÑÁ , C dula de Identidad N meroé ú 7.323.498-0, de su mismo domicilio, y a su vez, se la declare su curadora. Se ala que su padre tiene 67 a os de edad y padece de enfermedad deñ ñ Alzheimer, lo que acarrea una discapacidad Mental Ps quica del 60%, por lo que seí encuentra inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, mediante Dictamen de la Comisi n M dica, Preventiva e Invalidez Nó ó é ° 30.477.943 de fecha 09 de Marzo del 2023, agregando que es ella qui n se ha hechoé responsable de los cuidados y atenciones que su padre necesita y con el objeto de administrar adecuadamente los bienes de don NELSON MANUEL BASCU NÑÁ CABEZAS, como para poder defenderlo en caso de eventuales litigios que se inicien en su contra, solicita que. se declare su interdicci n definitiva y a su vez, solicita seró nombrada su curadora, a fin de velar por su persona y bienes. Todo esto conforme lo establecido en el art culo 4 de la Ley 18.600.í Segundo: Que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 4 inciso segundo deí la Ley N 18.600 sobre Deficientes Mentales, modificada por las Leyes N 19.735 y Nº º ° 20.255, se procedi a practicar la audiencia de rigor con la discapacitada, seg n constaó ú en folio 21 audencia efectuada el dia 6 de febrero de 2025, Tercero: Que, a fin de acreditar los hechos expuestos en su solicitud se acompa conjuntamente en folio 1 la documental consistente en:ñó 1. Certificado de discapacidad, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci nó de Chile, emitido con fecha 28 de febrero de 2024, a nombre de don NELSON MANUEL BASCU N CABEZAS. ÑÁ 2. Certificado de Nacimiento, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci nó de Chile, emitido con fecha 28 de febrero del a o 2024, a nombre de mi persona. ñ 3. Certificado M dico a nombre de don NELSON MANUEL BASCU N CABEZASé ÑÁ del doctor Felipe Maraga o, Neur logo de Adultos, del Hospital Regional de Rancagua,ñ ó emitido con fecha 09 de febrero del a o 2024. ñ 4. Copia de la Credencial de Discapacidad emitida por el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificaci n, a nombre de don NELSON MANUEL BASCU N CABEZAS. ó ÑÁ Código: QLFWXUMRTCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL V 185 - 2024 5. Copia de la C dula de Identidad emitida por el Servicio Nacional de Registro Civil eé Identificaci n, a nombre de mi persona ó 6. Copia de la C dula de Identidad emitida por el Servicio Nacional de Registro Civil eé Identificaci n, a nombre de don NELSON MANUEL BASCU N CABEZAS ó ÑÁ 7. Certificado de Residenci

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, seó ó declara: I.- Que se hace lugar a la solicitud de fojas 1 y siguientes, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demenciaó del discapacitado don NELSON MANUEL BASCU N CABEZAS, C dula de Identidad N mero 7.323.498-0ÑÁ é ú , quedando en consecuencia privado de la administraci n de sus bienes.ó II.- Que se nombra como curadora definitiva de la persona y bienes del interdicto a do a ñ JESSICA DANAE BASCU N VEGAÑÁ , Cedula de Identidad Numero 15.738.533-K. III.- Que se exime a la curadora de rendir fianza,en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civilí ó IV.- Que la curadora deber confeccionar inventario en conformidad a loá regulado en el art culo 380 del C digoí ó Civil,consistente en inventario protocolizado que se acompa ara a la causa.-ñ V.- Siva la presente sentencia de suficiente discernimiento.- VI.- Acepte la curadora designada el cargo mediante presentaci n en la causa.-ó VII.-Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienesí Ra ces de Rancagua í y publ quese en conformidad a la Ley , las que deber n serí á anotadas al margen de la insvcripci n de la sentencia.-ó An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Código: QLFWXUMRTCB

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ROL V 185 - 2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-185-2024 CARATULADO : BASCU N/ÑÁ Rancagua, diecisiete de abril de dos mil veinticinco Vistos y considerando: Primero: Que en folio 1 comparece do añ JESSICA DANAE BASCU NÑÁ VEGA, Labores de Hogar, domiciliada en Pasaje Marengo N mero 1925, Villa Galileaú A, comuna de Rancagua, quien solicita confo

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