GAETE/PACHECO
Rol
C-49-2025
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, por medio de solicitud de folio 1,doña AIDA DE LAS MERCEDES GAETE PACHECO, abogada, cédula de identidad Nº12.418.457-6, domiciliada en El Progreso Nº21, Molina, viene en solicitar designar juez árbitro partidor de los bienes quedados al fallecimiento de don Luis Armando Pacheco Poblete y María Mercedes Poblete Molina, en contra de la sucesión hereditaria de estos compuesta por la compareciente en su calidad de hija y en su calidad de nietos doña Frutosa del Carmen Pacheco Poblete, don Luis Abelardo Pacheco Aguilera, don Juan Ramón Pacheco Aguilera y doña Graciela del Carmen Pacheco Aguilera. Señala que el único bien materia de la partición corresponde al ““Sitio Veinte del Proyecto de Parcelación El Cóndor”, ubicado en la comuna de Molina; provincia de Curicó, que tiene una superficie de dos mil metros cuadrados más o menos y deslinda: NORTE, B.C. Cuatro y en parte camino público a Molina; SUR, Parcela Doce; ORIENTE, Sitio veintiuno; y PONIENTE, Camino público a Molina; respecto del cual no desea permanecer en la indivisión. Especifica que las inscripciones a nombre de los interesados en la partición son las siguientes: 1. Frutosa del Carmen Pacheco Poblete a fojas 942 vuelta N°672 del Registro de Propiedad del año 1995. 2. Luis Abelardo Pacheco Aguilera, Juan Ramón Pacheco Aguilera y Graciela del Carmen Pacheco Aguilera, a fojas 3.676 Nº 1615 del Registro de Propiedad del año 2013.- 3. La compareciente, 3.1) a fojas 3.366 N°1.676 del Registro de Propiedad del año 2019 (cesión a Orfelina Pacheco); 3.2) Fojas 1638 Nº1502 del Registro de Propiedad del año 2022 (cesión a Viviana de las Mercedes, Carlos Patricio, Graciela del Carmen, María Amalia, José Salvador, Luis Eduardo, Isolina del Carmen, Juana Elisa, Gregorio Ricardo silva Pacheco); 3.3) fojas 1.921 N°1.711 del Registro de Propiedad del año 2023 (cesión a Julia Pacheco; 3.4) fojas 465 N°430 del Registro de Propiedad del año 2024 (cesión a Nadia Pereira Pacheco; 3.5) fojas 3.366 N°1.676 del Registro de Propiedad del año 2019 Código: TZUKXUGQHYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl (parte sucesión Abelardo Segundo Pacheco Poblete: cesión a Eduardo Antonio Pacheco Aguilera, Orfelina Aguilera Quezada y María Luisa Pacheco Aguilera); 3.6) fojas 1822 N°1622 del Registro de Propiedad del año 2023 (cesión a sucesión Luis Armando Pacheco Poblete); 3.7) Fojas 465 N°430 del Registro de Propiedad del año 2024 (cesión a Nadia Magdalena Pereira Pacheco); 3.8) fojas 437 N°404 del Registro de Propiedad del año 2024 (cesión a sucesión Aída Teresa Pacheco Poblete). Todas del Conservador de SEGUNDO: Que a folio 4, 5, 6 y 8 de la carpeta judicial virtual consta la notificación efectuada a los demandados personalmente. TERCERO: Que, a folio 12, con fecha 25 de febrero de 2025 se llevó a efecto la audiencia decretada, solicitando los comparecientes que el tribunal proceda a designarlo. CUARTO: Que la parte demandante
Fallo
SE DECLARA: I.- Se designa como Juez Árbitro Partidor al abogado don Jorge Eduardo Pinto Aravena, cédula nacional de identidad N° 9.477.016-5, domiciliado en Pasaje Hermana Irene 967, Hacienda El Radal, Molina número de celular 997012662, correo electrónico jorgepinara@gmail.com, quien figura dentro de la nómina vigente y actualizada de la Ilustrísima Corte Apelaciones de Talca. Notifíquesele para la aceptación del cargo en los términos del artículo 417 del Código de Procedimiento Civil. II.- Que no se condena en costas a los demandados por haber tenido motivo plausible para litigar. Notifíquese por cédula a las partes para los efectos del artículo 416 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese, y hecho lo anterior, archívese. Rol N° C-49-2025 Dictada por don CARLOS ANTONIO ASTUDILLO CERDA, Juez Interino, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. En Molina, a diecisiete de abril de dos mil veinticinco se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: TZUKXUGQHYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jorgepinara@gmail.com 2025-04-17T13:39:25-0400
Texto Completo (Preview)
ROL : C-49-2025 DEMANDANTE : AIDA DE LAS M. GAETE PACHECO DEMANDADO : FRUTOSA DEL CARMEN PACHECO POBLETE Y OTROS PROCEDIMIENTO : SUMARIO MATERIA : Arbitro y derivados, designación de. CODIGO : U17A FECHA DE INGRESO : 21 de enero de 2025 MAGISTRADO : CARLOS ASTUDILLO CERDA ……………………………………………………………………………………………………… Molina, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Qu
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