DEL VALLE/
Rol
V-37-2025
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, ALVARO CANIHUANTE OLLARZÚ, RODRIGO PAVEZ GONZÁLEZ y CARLA ESPEJO MARCHANT, abogados, todos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 940, oficina 310, comuna de Concepción, en representación judicial de CECILIA ALEJANDRA DEL VALLE HIDALGO, ingeniera civil informática, con domicilio en San Vicente de los Arcaya Uno, Parcela 26-A, comuna de Colina, Región Metropolitana, quienes, amparados en lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, solicitan se sirva de disponer la entrega material del inmueble, de propiedad de su representada, ubicado en Avenida Colón N° 8127, comuna de Hualpén, que ha sido abandonado por la arrendataria, la empresa Telepizza Chile S.A.. Funda su solicitud en el hecho de que mediante instrumento privado de fecha 24 de junio de 2020, cuyas firmas fueron autorizadas ante Notario, su mandante celebró un contrato de arrendamiento con la empresa Telepizza Chile S.A, quien compareció debidamente representada, respecto del inmueble propiedad de su mandante ubicado en Avenida Colón N° 8127, comuna de Hualpén , inscrita a fojas 3471, bajo el número 3392 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, correspondiente al año 2020, rol de avalúo fiscal número 3520-22, de la comuna de Hualpén. Código: QFHPXUFTSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Precisa que, la empresa Telepizza Chile S.A. ocupó el inmueble hecho referencia, a partir del día 01 de agosto de 2020, obligándose a pagar, por concepto de renta de arrendamiento, la suma ascendiente a 20,93 Unidades de Fomento mensuales, desde el 01 de agosto de 2020 al 31 de diciembre de 2021, renta de arrendamiento que a partir del mes de enero de 2021 aumentaría a la cantidad de 26,16 Unidades de Fomento mensuales, y que a partir del 01 de agosto de 2024 aumentaría a la suma de 31,39 Unidades de foment
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2º de la Ley N° 18.101, se declara: I. Se hace lugar a lo solicitado a folio 01, en consecuencia, se autoriza la entrega inmediata del inmueble ubicado en Avenida Colón N° 8127, comuna de Hualpén, a la solicitante de autos, CECILIA ALEJANDRA DEL VALLE HIDALGO. Código: QFHPXUFTSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 II. Asimismo, el ministro de fe encargado de la diligencia levantará acta del estado en que se encuentre el bien raíz al momento de su entrega al arrendador y remitirá copia de ella al tribunal, conforme lo dispuesto en el artículo 6 inciso segundo parte final de la Ley N° 18.101. Notifíquese y archívese, en su oportunidad. ROL V-37-2025 Dictada por Cristian Gutiérrez Lecaros, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, diecisiete de abril de dos mil veinticinco Código: QFHPXUFTSWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-17T12:48:34-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-37-2025 CARATULADO : DEL VALLE/ Talcahuano, diecisiete de abril de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1, ALVARO CANIHUANTE OLLARZÚ, RODRIGO PAVEZ GONZÁLEZ y CARLA ESPEJO MARCHANT, abogados, todos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 940, oficina 310, comuna de Concepció
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