REVECO/CONSTRUCTORA COSAL S.A. EN LIQUIDACION CONCURSAL
Rol
M-59-2023
Fecha
4 de marzo de 2025
Materia
Costas, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la misma, por lo tanto no se han generado hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, solicita al tribunal se dé por concluida la audiencia y procederá a dictar sentencia en esta audiencia o dentro del plazo que el Tribunal estime conveniente y al momento de dictar sentencia se tenga como tácitamente reconocidos todos los hechos señalados en la demanda. REGISTRO INTEGRO CONSTA EN AUDIO. El Tribunal resuelve: Teniendo en consideración, en primer lugar, el mérito de la demanda y los documentos que fueron acompañados en la demanda, los que se tienen por expresamente reproducidos, en segundo lugar, la circunstancia de que la parte demandada no compareció a la presente audiencia, estando legalmente emplazadas, no habiendo justificado su incomparecencia, y atendido lo dispuesto en los artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo, no habiendo contestación de demanda se estima que se hace inidóneo establecer puntos probatorios, y en lo pertinente el apercibimiento del artículo 453 N° 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, del punto de vista del apercibimiento procesal probatorio allí indicado, se tienen por reconocido todos los hechos señalados en la demanda, y en consecuencia, el Tribunal ACCEDE a la demanda, por lo que procede a dictar sentencia de inmediato. REGISTRO INTEGRO CONSTA EN AUDIO. VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 162, 168 y siguientes, artículos 420, 423, 425 a 432, artículos 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo y demás normas citadas; se resuelve que SE ACOGE la demanda y en consecuencia se declara: I. Que se condena en forma solidaria a las demandadas CONTRUCTRA COSAL S.A Y SQM SALAR S.A., a pagar al demandante las siguientes prestaciones: i. La suma de $1.611.250, por concepto de remuneración del mes de junio de 2023. ii. La suma de $$389.385 por concepto de 7.25 días corridos, correspondientes al feriado proporcional. II. Que, se condena al pago de los reajustes e intereses de dineros expresados en los puntos anteriores, según lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Lo anterior con expresa condenación en costas, por haber sido totalmente vencida en la causa. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la Sección Cobranza Laboral y Previsional correspondiente. Regístrese y archívese la presente causa, en su oportunidad. No habiendo más peticiones, se pone término a la audiencia siendo las 10:34 horas. RIT: M-59-2023 RUC: 23-4-0538135-4 Dirigió la audiencia don ALEJANDRO ANTONIO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras Linares. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Linares, 4 de marzo de 2025 RIT M-59-2023 RUC 23-4-0538135-4 Materia Cobro de prestaciones L052. Ingreso 28/12/2023 MAGISTRADO TITULAR ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO Encargado Acta Claudia Pradenas Villaseca Hora inicio 10:19 horas Hora término 10:34 horas N° Registro Audio 2340538135-4-135 DEMANDANT
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