2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BRACHO/ARAVENA

Rol

O-4641-2024

Fecha

4 de marzo de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7, 8, 9, 41, 160 N°7, 162, 163, 163 bis, 171, 172, 420, 425 y siguientes, 453, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por IRVING GUSTAVO BRACHO BORGES, cédula de identidad N° 26.352.652-K, en contra de TECNOLOGIA EN ALIMENTOS SPA, Rut 76.585.628-0, representada legalmente por VALERIA ARAVENA OLIVERA, todos ya individualizados y se declara que el despido indirecto ejercido por el demandante con fecha 9 de mayo de 2024 es ajustado a derecho y justificado. II.- Como consecuencia de lo anterior se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $732.000 por concepto de indemnización por falta de aviso previo; b) $2.196.000 por concepto de indemnización por años de servicio. c) $1.098.000 por concepto de recargo del 50% establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) $219.600 por concepto de la remuneración de los 9 días del mes de mayo del 2024. e) $512.400 por concepto de feriado legal. f) $328.180 por concepto de feriado proporcional. g) Al pago de las cotizaciones en AFP MODELO, FONASA Y AFC CHILE S.A de los meses de meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2023, enero, febrero, marzo y proporcional de mayo del año 2024; para tales efectos deberá despacharse carta certificada a las instituciones señaladas, con la finalidad que inicien el cobro de dichos conceptos, en la etapa de cumplimiento incidental del fallo. III.- Que se declara nulo el despido del actor, y se condena a la demandada al pago de las remuneraciones devengadas entre la fecha del despido indirecto ocurrido el 9 de mayo de 2024 y su convalidación, por concepto de la sanción del artículo 162, incisos 5° y 7° de Código del Trabajo, en base a una remuneración ascendente a $732.000.- IV.- Que las prestaciones ordenadas pagar, devengarán reajustes e intereses de acuerdo a lo dispuesto en l

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7, 8, 9, 41, 160 N°7, 162, 163, 163 bis, 171, 172, 420, 425 y siguientes, 453, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por IRVING GUSTAVO BRACHO BORGES, cédula de identidad N° 26.352.652-K, en contra de TECNOLOGIA EN ALIMENTOS SPA, Rut 76.585.628-0, representada legalmente por VALERIA ARAVENA OLIVERA, todos ya individualizados y se declara que el despido indirecto ejercido por el demandante con fecha 9 de mayo de 2024 es ajustado a derecho y justificado. II.- Como consecuencia de lo anterior se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $732.000 por concepto de indemnización por falta de aviso previo; b) $2.196.000 por concepto de indemnización por años de servicio. c) $1.098.000 por concepto de recargo del 50% establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) $219.600 por concepto de la remuneración de los 9 días del mes de mayo del 2024. e) $512.400 por concepto de feriado legal. f) $328.180 por concepto de feriado proporcional. g) Al pago de las cotizaciones en AFP MODELO, FONASA Y AFC CHILE S.A de los meses de meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2023, enero, febrero, marzo y proporcional de mayo del año 2024; para tales efectos deberá despacharse carta certificada a las instituciones señaladas, con la finalidad que inici

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 4 DE MARZO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 RUC 24-4-0586712-1 RIT O-4641-2024 MAGISTRADA YANIRA GONZÁLEZ VALDERRAMA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:55 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440586712-1-1349-250304-00 N°

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