BANCO DE CHILE/MUÑOZ
Rol
C-15983-2024
Fecha
16 de abril de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
C-15983-2024 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15983-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MU OZÑ Santiago, diecis is de abril de dos mil veinticincoé Vistos. Con fecha 02 de septiembre de 2024, comparecen RONALD OLIVERA RETAMAL, GASPAR OSVALDO CORTES MOYA y VALENTINA NU EZ PARRAÑ , abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros,í representada legalmente por Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Miraflores N 130, piso 27, comuna de Santiago° , e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contra de é JOS RODRIGOÉ MU OZ L PEZÑ Ó , se ignora profesi n u oficio, con domicilio en Cordilleraó N 237, comuna de La Reina. ° Funda su demanda indicando que su representada es due a de unñ pagar suscrito el d a 15 de marzo de 2023, por la suma de $é í 6.045.730 por concepto de capital, pagadero en 35 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, venciendo la primera de ellas el d a 06 de abril de 2023 y las siguientes coní la misma periodicidad. Indica que se estipul , que el no pago de cualquiera de las cuotas enó la forma y fecha pactadas por parte del suscriptor, har exigible el total deá la deuda, reput ndose sta como plazo vencido.á é Refiere que el deudor no dio cumplimiento a su obligaci n contra da,ó í encontr ndose en mora desde la cuota N 13, con vencimiento el d a 08 deá ° í abril de 2024, adeudando a la fecha la Código: FSXRXUJXSFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15983-2024 Agrega que la obligaci n de autos ó es l quida, actualmente exigible yí su acci n ejecutiva no se encuentra prescrita, encontr ndose la firma deló á suscriptor autorizada ante notario
Fundamentos
considerando: Primero: Que respecto a las excepciones alegadas de la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado; la nulidad de la obligaci n;ó ó y, la concesi n de esperas o la pr rroga del plazo, correspond a al ejecutadoó ó í el acreditar los antecedentes f cticos en que funda dichas excepciones.á Segundo: Que a fin de acreditar sus aseveraciones, la parte demandada no rindi probanza alguna.ó Tercero: Que la parte ejecutante acompa con las debidasñó ritualidades, los siguientes documentos no objetados de contraria: 1. Pagarés custodiados bajo el N 10.819-2024.° 2. Copia de escritura p blica de fecha 06 de marzo de 2003,ú repertorio N 6.182-2003.° 3. Copia de escritura p blica de fecha 02 ú de agosto de 2016, repertorio N 26.698-2026.° Código: FSXRXUJXSFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15983-2024 4. Copia de escritura p blica de fecha 27 de septiembre de 2023,ú repertorio N 12.769-2023.° Cuarto: Que, respecto a la primera excepci n incoada, esto es, ó la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legalí ó del que comparezca en su nombre, el an lisis de la demanda permiteá establecer que ha comparecido los abogados Ronald Olivera Retamal, Gaspar Osvaldo Cortes Moya y Valentina Nu ez Parra,ñ en representaci nó de Socofin S.A., representada legalmente por Mario Sandoval Hidalgo, representando a su vez a Banco de Chile, representada legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego. El mandato judicial es un contrato por medio del cual una persona encomienda a otra que postule a su nombre ante los tribunales de justicia. El art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil se ala que quiení ó ñ comparezca en juicio a nombre de otro, en desempe o de un mandatoñ deber exhibir el t tulo que acredite su representaci n, exigencia que esteá í ó Juez estima cumplida con el m rito de las copias autorizadas de mandato deé fecha 27 de septiembre de 2023, en la cual el Notario que suscribe atestigua haber tenido a la vista escritura de representaci n de los representantes deló ejecutante, no insert ndola por ser conocida del mismo. á Basta se alar que los instrumentos mencionados, constituyen pruebañ suficiente de la personer a para actuar en estos autos. Adem s, la carga deí á probar que los mandatos no se encontraban vigentes correspond a a la parteí demandada, la que ninguna prueba rindi al efecto, por lo que seó desestimar la excepci n.á ó Quinto: Que, respecto a la siguiente excepci n en estudio, laó Primera Sala de la Corte Suprema ha dicho lo siguiente: “La excepci n de falta deó requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, tiene por objetoí controlar la concurrencia de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 26 de marzo de 2025, encontr ndose la causa en estado,á se cit a las partes a o r sentencia. ó í Con lo relacionado y considerando: Primero: Que respecto a las excepciones alegadas de la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado; la nulidad de la obligaci n;ó ó y, la concesi n de esperas o la pr rroga del plazo, correspond a al ejecutadoó ó í el acreditar los antecedentes f cticos en que funda dichas excepciones.á Segundo: Que a fin de acreditar sus aseveraciones, la parte demandada no rindi probanza alguna.ó Tercero: Que la parte ejecutante acompa con las debidasñó ritualidades, los siguientes documentos no objetados de contraria: 1. Pagarés custodiados bajo el N 10.819-2024.° 2. Copia de escritura p blica de fecha 06 de marzo de 2003,ú repertorio N 6.182-2003.° 3. Copia de escritura p blica de fecha 02 ú de agosto de 2016, repertorio N 26.698-2026.° Código: FSXRXUJXSFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15983-2024 4. Copia de escritura p blica de fecha 27 de septiembre de 2023,ú repertorio N 12.769-2023.° Cuarto: Que, respecto a la primera excepci n incoada, esto es, ó la falta de capacid
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C-15983-2024 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15983-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MU OZÑ Santiago, diecis is de abril de dos mil veinticincoé Vistos. Con fecha 02 de septiembre de 2024, comparecen RONALD OLIVERA RETAMAL, GASPAR OSVALDO CORTES MOYA y VALENTINA NU EZ PARRAÑ , abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., per
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