Juzgado de Letras y Gar.de Pucón

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/FERNÁNDEZ

Rol

C-95-2023

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Pucón CAUSA ROL : C-95-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/FERNÁNDEZ Pucon, dieciséis de abril de dos mil veinticinco. VISTO. A folio 1 comparece Andrés Acevedo Léniz, abogado, cédula de identidad N° 14.206.294-1, como mandatario judicial y en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, Empresa Autónoma de Créditos del Estado, Rut. 97.030.000-7, representada legalmente por su Gerente General Ejecutivo, señor Oscar Raúl Antonio González Narbona, ingeniero civil industrial, cédula de identidad N° 6.362.085-8, todos con domicilio en avenida Libertador General Bernardo O’Higgins 1111, quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y señala: Que viene en presentar demanda ejecutiva en contra de INSTAELECTRIC SPA, representada por doña CLAUDIA ALEJANDRA MARAMBIO YAÑEZ, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Camino Caburga Kilómetro Catorce sin número Y/O Camino Caburga Kilómetro 12, Liucura sin número ambos de la comuna de Pucón. Funda su demanda en los siguientes antecedentes: Con fecha con fecha 22 de julio de 2022, doña CLAUDIA ALEJANDRA MARAMBIO YAÑEZ suscribió en representación de INSTAELECTRIC SPA, el pagaré número 00009643784, por la cantidad de $28.780.935, los que se obligó a pagar a su representado en su oficina de Villarrica, más los intereses del 0,9300% mensual a contar del 22 de julio de 2022, que la deudora se obligó a pagar en 84 cuotas, cuyos montos y vencimientos se consignan en el calendario de pago inserto en el pagaré de autos, el que en este punto se da por expresamente reproducido y siendo la primera cuota a pagar la del día 15 de septiembre de 2022. Señala que se estableció que los intereses pactados se pagarían conjuntamente con cada cuota de capital. Se pactó que en caso de no pago oportuno de la obligación, desde el incumplimiento la demandada y deudora por intermedio de su representante, se obligó a pagar el interés máxim

Fundamentos

Fundamentos Excepción: 1.- En la especie según se desprende de los propios documentos acompañados (pagares) y de lo manifestado por el actor en la demanda respectiva de autos, se desprende que el pagaré Nº 00009643784, acompañado por el ejecutante Banco del Estado De Chile y del cual se hace cobro ejecutivo, corresponde al pagare suscrito entre sus representados: 1. INSTAELECTRIC SPA; 2.- doña Claudia Alejandra Marambio Yañez; 3.- Cristóbal Antonio Fernández Marambio y el demandante Banco Del Estado De Chile de fecha 22 de julio del año 2022, autorizado con fecha 25 de julio del año 2022, por la cantidad de $28.780.935 por concepto de capital, más intereses de 0,9300% MENSUAL , a contar del día 22 de julio del año 2022, que sería pagado por la obligada y suscriptora en 82 cuotas, siendo la primera cuota a pagar la del día 15 de septiembre de 2022 . 2.- Que debiendo sus representados 1.- INSTAELECTRIC SPA; 2.- doña Claudia Alejandra Marambio Yañez; 3.- Cristóbal Antonio Fernández Marambio haber pagado la cuota respectiva con vencimiento el día 17 de octubre del año 2022, sin embargo, llegado el día de pago de dicha cuota con vencimiento el 17 de octubre del año 2022 sus representadas no pudieron cumplir con su obligación,

Fallo

POR TANTO, en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los arts. 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en lo pertinente en las leyes Números 18.092 y 18.010 y demás normas legales atingentes, solicita por su representada el Banco del Estado de Chile, se sirva tener por presentada demanda ejecutiva en contra de INSTAELECTRIC SPA, representada por doña CLAUDIA ALEJANDRA MARAMBIO YAÑEZ, ambas ya individualizados, en su calidad de deudora y demandada de la obligación de que da cuenta el pagaré de autos y en contra de doña CLAUDIA ALEJANDRA MARAMBIO YAÑEZ y don CRISTOBAL ANTONIO FERNANDEZ MARAMBIO, ya singularizados, en sus calidades de avales y codeudores solidarios de la obligación que da cuenta el pagaré ya singularizado en la parte expositiva de lo principal de esta presentación, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en sus contras por la suma $28.770.170, (veintiocho millones setecientos setenta mil ciento setenta pesos), por concepto de capital, más los intereses convencionales ya referidos, más los intereses penales ya referidos, más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital garantizado para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE) el cual cauciona el crédito de autos con una tasa de garantía del 85% del saldo de capital adeudado, requerir de pago a la deudora y a los avales y codeudores solidarios y ordenar se siga adelante esta ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago a s

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Pucón CAUSA ROL : C-95-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/FERNÁNDEZ Pucon, dieciséis de abril de dos mil veinticinco. VISTO. A folio 1 comparece Andrés Acevedo Léniz, abogado, cédula de identidad N° 14.206.294-1, como mandatario judicial y en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, Empresa Autónoma d

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