9º Juzgado Civil de Santiago

CLARO CHILE SPA/SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Rol

C-18058-2023

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

CONFRONTACIÓN, GESTIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 9 de septiembre de 2024 comparecen losó abogados H ctor Jos Parra Rojas y Joaqu n Urra Trujillo ené é í representaci n de Claro Chile SA, hoy Claro Chile SpA, del giroó telecomunicaciones, todos domiciliados en avenida Apoquindo N 3.910,° piso 3, comuna de Las Condes, demandando en juicio de hacienda a Tesorer a General de la Rep blica, representada por don Hern ní ú á Nobizelli Reyes, contador auditor, ambos domiciliados en calle Teatinos N 28, comuna de Santiago. ° Se refiere al mecanismo a trav s del cual se genera el giro, cobro yé la poca donde debe efectuarse el pago de los derechos anuales para elé c lculo de los derechos de utilizaci n del espectro radioel ctrico, el que seá ó é encuentra regulado en el Decreto N 281 del 2001 del Ministerio de° Transportes y Telecomunicaciones, del cual cita espec ficamente susí art culos 27, 29, 30.í De dichas normas, se puede concluir lo siguiente: i.- El cobro por los derechos de uso del espectro radioel ctrico debeé hacerse anualmente, devengando el 1 de enero de cada a o, debiendo lasñ concesionarias pagarlos como fecha l mite el 31 de diciembre de cada a o.í ñ ii.- Tanto el giro como el cobro de los derechos de espectro radioel ctrico se realiza en un mismo acto, a trav s de la emisi n delé é ó respectivo formulario N 20, teniendo la Subsecretar a de° í Telecomunicaciones el mandato legal expreso de realizar el c lculo yá cobro en forma anual. Es dicha entidad quien carga en forma directa en los sistemas de la Tesorer a el formulario N 20, a trav s del cual seí ° é cobran los derechos anuales por uso del espectro radioel ctrico.é Es del caso que reci n el 13 de diciembre de 2022 la SUBTELé emiti Oficio Ordinario N 18.040 que Informa deuda de cobros poró ° derechos por utilizaci n del espectro radioel ctrico y solicita suó é regularizaci n. ó Código: TTMFXTWXWXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En l se indica que producto de

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la demandante solicita la prescripci n de la acci nó ó de cobro respecto de los derechos de utilizaci n del espectro radioel ctrico,ó é girados por la Subsecretar a de Telecomunicaciones, mediante el formularioí N 20 folio N 1051785, por el per odo comprendido entre los a os 2013 a° ° í ñ 2020. SEGUNDO: Que el art culo 31 de la Ley General deí Telecomunicaciones dispone Los concesionarios, permisionarios y titulares“ de licencia de Servicios de Telecomunicaciones que utilicen el espectro radioel ctrico y que requieran de dichas autorizaciones para operar deé acuerdo con lo establecido en los art culos 8 y 9 de esta ley y los de la leyí ° ° sobre Consejo Nacional de Televisi n, estar n afectos al pago de losó á Código: TTMFXTWXWXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl derechos que se se alan en los siguientes art culos, los que ser n deñ í á beneficio fiscal .” Por su parte, el inciso 1 del art culo 35 de la misma ley establece° í Los derechos anuales de que trata este T tulo se devengar n desde el 1 de“ í á ° enero de cada a o y su pago deber efectuarse durante el segundo semestreñ á del mismo a o. A contar de la fecha del vencimiento, devengar n elñ á m ximo de inter s convencional que la ley permita pactar .á é ” TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensi n, la demandanteó acompa los siguientes documentos: ñó - Expediente administrativo de cobranza judicial rol 10.128-2024, comuna de Huechuraba, en cuya n mina de deudores morosos aparece eló formulario N 20 folio 1051785, con fecha de vencimiento el 31 de° diciembre de 2023, valor adeudado 34.098,06 UTM por utilizaci n deló espectro radioel ctrico. En el mismo, se encuentra presentaci n de laé ó demandante, el 8 de febrero de 2024, en el cual opone la excepci n deó prescripci n de la deuda y solicita se tenga presente que no reconoce laó existencia de la deuda cobrada, siendo su intenci n seguir con eló procedimiento de declaraci n de prescripci n, se alando adem s es posibleó ó ñ á que se vea en la necesidad de generar un acuerdo de pago en el intertanto, no debi ndose entender ese acto como una forma de reconocimiento,é expreso o t cito, de los montos que se cobran mediante el formulario citado.á - Comprobante de resoluci n N 117, emitido por la Tesorer aó ° í General de la Rep blica el 14 de febrero de 2014, respecto de laú demandante, tipo de beneficio Ley N 20.780, tipo de pago parcial, en el° que se indica que la deuda acogida al convenio es aquella contenida en el formulario N 20 folio 1051785, con vencimiento al 31 de diciembre de° 2023, con una condonaci n del 40% y un total a pagar de $2.210.952.814.ó Se establece un monto cuota pie de $221.095.281 y un plazo de pago de 24 meses, mediante igual n mero cuotas con vencimiento mensual. ú - documento Detalle Convenio , estado activo, en el cual se“ ” observan el n mero de cuotas, su monto y aparecen apagadas las 9ú primeras cuotas, quedando un sal

Fallo

por tanto, admisible la acumulaci n de su cobro. ó As , en el marco de la tramitaci n de la citada gesti n preparatoria,í ó ó la SUBTEL procedi a ordenar el descargo del formulario 20, Folioó Código: TTMFXTWXWXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N 802464, por el monto de 45.305,58 UTM, reemplaz ndolo por el folio° á N 1051783, con vencimiento el 26 de enero de 2023, por 34.098,06° UTM, indicando que dicho cambio obedec a a los actos administrativosí contenidos en los Oficios Ordinarios N 17.064/C, de 11 de diciembre del° 2023 y N 17.444/C, de 19 de diciembre del 2023, en donde se desglosa° la obligaci n por periodo de vencimiento.ó Sin embargo, al momento de revisar el nuevo formulario N 20,° folio N 1051783, su parte constat una serie de inconsistencias y fechas° ó predatadas que no se condec an con lo estipulado en el Reglamento deí Cobro de Espectro. En efecto, en dicho documento, se consigna que la fecha de emisi n del giro hab a sido realizada el 26 de enero de 2023, aó í pesar de que no exist a ning n giro o acto administrativo v lido por elí ú á valor de 34.098,06 UTM emitido en dicha fecha. De igual forma, se indica como fecha de vencimiento de la obligaci n el 26 de enero deó 2023, a pesar de que en el Oficio Ordinario N 17.444/C y los otros° dictados precedentemente, se hab a se alado que la fecha de vencimientoí ñ ser a el 31 de diciembre de 2023.í Al hacer presente dichas inconsistencias a la auto

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18058-2023 CARATULADO : CLARO CHILE SPA/SUBSECRETAR A DEÍ TELECOMUNICACIONES Santiago, quince de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: En presentaci n de 9 de septiembre de 2024 comparecen losó abogados H ctor Jos Parra Rojas y Joaqu n Urra Trujillo ené é í representaci n de Claro Chile SA, hoy Claro Chile SpA, d

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