16º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER-CHILE S.A./CASALS

Rol

C-16489-2024

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 12 de septiembre de 2024, comparece don Francisco Sep lveda Perryú , abogado, en representaci n convencional del ó BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad an nima del giro de su denominaci n,ó ó cuyo Gerente General es don Ram n Blanco Reinosa, ingeniero civil, todosó con domicilio en calle Bandera N 140, comuna de Santiago, quien deduceº demanda ejecutiva en contra de don IGNACIO ALEJANDRO CASTILLO PARRAGUEZ, odont logo y do a ó ñ MAR A JOSÍ É MONSERRAT CASALS SODERLUND, odont loga, en sus calidadesó de mutuarios y codeudores solidarios, ambos domiciliados en calle Robles n mero 12.729, departamento 304-A, del tercer piso del Edificio A,ú Condominio Parque Los Robles, comuna de Lo Barnechea y/o en Avenida Presidente Kennedy n mero 5770, oficina 508, comuna de Vitacura,ú Regi n Metropolitana.ó Con fecha 01 de octubre de 2024, se orden despachar mandamientoó de ejecuci n y embargo.ó Con fecha 23 de noviembre de 2024, el ejecutado opuso las excepciones de los numerales s ptimo, noveno y d cimo primero del art culoé é í 464 del C digo de Procedimiento Civil.ó Con fecha 31 de diciembre de 2024, el ejecutante evacu el trasladoó de las excepciones. Código: DFUXXTNRMMZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16489-2024 Foja: 1 Con fecha 06 de enero de 2025, se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 07 de marzo de 2025, se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, don Francisco Sep lveda Perry, en representaci nú ó convencional del BANCO SANTANDER-CHILE, cuyo Gerente General es don Ram n Blanco Reinosa, deduce demanda ejecutiva en contra de donó IGNACIO ALEJANDRO CASTILLO PARRAGUEZ y do a MAR Añ Í JOS MONSERRAT CASALS SODERLUND, todos ya individualizados.É Funda su demanda se alando que seg n dan cuenta ñ ú las cl usulasá quinta y siguientes de la escritura p blica de compraventa, mutuo eú hipoteca acompa ada a estos autos, otorgada el 12 de mayo de 2020, en lañ Notar a de Santiago de don Luis Eduardo Rodr guez Burr, el Bancoí í Santander-Chile otorg a don IGNACIO ALEJNADRO CASTILLOó PARRAGUEZ y do a MARIA JOSE MONSERRAT CASALSñ SODERLUND, un mutuo de dinero por la cantidad de 12.500 unidades de fomento, por su equivalente en pesos, cantidad que se obligaron a restituir solidariamente en el plazo de 432 meses a contar del d a uno del mesí siguiente a la fecha de dicha escritura, por medio de igual n mero deú dividendos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas que comprender ná capital e intereses. Considerando que las cuotas son vencidas, la primera de ellas se deber pagar el d a uno del mes subsiguiente al de la fecha de laá í escritura y las restantes el primer d a de los meses siguientes.í Explica que seg n consta en la cl usula s ptima,ú á é n mero siete puntoú dos, los mutuarios optaron por no pagar las seis primeras cuotas o dividendos del pr stamo, capitaliz ndose los intereses respectivos.é á De esta forma, el citado mutuo se convino en definitiva que el mutuo ser a pagado en el plazo de 426 cuotas efectivas, a contar del d a 1 de eneroí í de 2021, por medio de igual n mero de dividendos o cuotas mensuales,ú vencidas y sucesivas de 42,6184 unidades de fomento, que comprender ná Código: DFUXXTNRMMZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16489-2024 Foja: 1 capital e intereses, convini ndose para los primeros cinco primeros a os deé ñ servicio de la deuda un inter s lucrativo fijo y anual del 2,2%.é Explica que en dicho contrato de mutuo, las partes convinieron que se considerar a vencido el plazo de la obligaci n y exigible sta en suí ó é totalidad en el evento de que los mutuarios incurriesen en mora o simple retardo en el pago de cualquier dividendo o cuota de capital y/o de intereses, devengando un inter s penal igual al m ximo que la ley permitaé á estipular para operaciones reajustables. Alega que los mutuarios no dieron cumplimiento a su obligaci n deó pago respecto de los dividendos devengados a partir del mes de abril de 2024 (cuota o dividendo n mero 40), por lo que adeudan y solo porú concepto de capital, la cantidad de 11.841,1746 Unidades de Fomento, que representan al 12 de septiembre de 2024 la suma de $448.097.756.-, seg nú el valor de la unidad de fomento para el indicado d a que fue deí $37.842,34.- por unidad. Sostiene que la referida obligaci n ó consta de t tulo ejecutivo, porí constar d

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 07 de marzo de 2025, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando: Primero: Que, don Francisco Sep lveda Perry, en representaci nú ó convencional del BANCO SANTANDER-CHILE, cuyo Gerente General es don Ram n Blanco Reinosa, deduce demanda ejecutiva en contra de donó IGNACIO ALEJANDRO CASTILLO PARRAGUEZ y do a MAR Añ Í JOS MONSERRAT CASALS SODERLUND, todos ya individualizados.É Funda su demanda se alando que seg n dan cuenta ñ ú las cl usulasá quinta y siguientes de la escritura p blica de compraventa, mutuo eú hipoteca acompa ada a estos autos, otorgada el 12 de mayo de 2020, en lañ Notar a de Santiago de don Luis Eduardo Rodr guez Burr, el Bancoí í Santander-Chile otorg a don IGNACIO ALEJNADRO CASTILLOó PARRAGUEZ y do a MARIA JOSE MONSERRAT CASALSñ SODERLUND, un mutuo de dinero por la cantidad de 12.500 unidades de fomento, por su equivalente en pesos, cantidad que se obligaron a restituir solidariamente en el plazo de 432 meses a contar del d a uno del mesí siguiente a la fecha de dicha escritura, por medio de igual n mero deú dividendos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas que comprender ná capital e intereses. Considerando que las cuotas son vencidas, la primera de ellas se deber pagar el d a uno del mes subsiguiente al de la fecha de laá í escritura y las restantes el primer d a de los meses siguientes.í Explica que seg n consta en la cl usula s ptima,ú á é n m

Texto Completo (Preview)

C-16489-2024 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16489-2024 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE S.A./CASALS Santiago, quince de abril de dos mil veinticinco VISTOS Con fecha 12 de septiembre de 2024, comparece don Francisco Sep lveda Perryú , abogado, en representaci n convencional del ó BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad an nima

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