ARAYA/IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMG CHILE SPA
Rol
O-284-2024
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en las normas legales pertinentes, este tribunal resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don PATRICIO DEL ROSARIO ARAYA CALDERÓN, C.I. N°11.136.035-9, en contra de IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMG CHILE SPA, RUT 77.142.312-4, PROS FABRICACION Y MONTAJE LTDA, RUT 76.460.330-3, SOCIEDAD COMERCIALIZADORA AMG SPA, RUT 76.903.838-8 y PROS FABRICACION Y MONTAJES SPA, RUT 76.514.105-2, y en consecuencia se declara: i. Que efectivamente existió una relación laboral entre el demandante y la demandada principal Importadora y Comercializadora AMG Chile SPA desde el 16 de noviembre del 2018 hasta el 22 de abril del 2024, y que esta relación termina por autodespido. ii. Que la remuneración percibida por el demandante para todos los efectos legales, y artículo 172 del Código de Trabajo, ascendía a la suma de $1.306.247.- mensuales. iii. Que se declara que todas las demandadas constituyen una unidad económica para todos los efectos legales, en particular el cumplimiento solidario respecto de las obligaciones laborales y previsionales que se declaran. iv. Que el autodespido del demandante ha sido debidamente justificado, y por lo tanto efectivamente el término de la relación laboral se produce producto del grave incumplimiento de las obligaciones contractuales, específicamente el no pago oportuno de las remuneraciones, y el no pago oportuno y derechamente no pago de sus remuneraciones y cotizaciones previsionales que se ha desarrollado en la sentencia, de modo tal que el despido es igualmente nulo para todos los efectos legales que hay lugar. En este orden de idea, las demandadas deberán pagar solidariamente las siguientes prestaciones: a. La indemnización de falta de aviso previo por un monto de $1.306.247.-. b. La indemnización por años de servicio (5), $6.531.235.-. c. Recargo legal del 50%, $3.265.618.-. d. Pago de remuneraciones pendiente marzo 2024, $500.000.-. e. Pago de remuneraciones pendiente de abril del 2024, $957.924.-. f. Feria
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en las normas legales pertinentes, este tribunal resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don PATRICIO DEL ROSARIO ARAYA CALDERÓN, C.I. N°11.136.035-9, en contra de IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AMG CHILE SPA, RUT 77.142.312-4, PROS FABRICACION Y MONTAJE LTDA, RUT 76.460.330-3, SOCIEDAD COMERCIALIZADORA AMG SPA, RUT 76.903.838-8 y PROS FABRICACION Y MONTAJES SPA, RUT 76.514.105-2, y en consecuencia se declara: i. Que efectivamente existió una relación laboral entre el demandante y la demandada principal Importadora y Comercializadora AMG Chile SPA desde el 16 de noviembre del 2018 hasta el 22 de abril del 2024, y que esta relación termina por autodespido. ii. Que la remuneración percibida por el demandante para todos los efectos legales, y artículo 172 del Código de Trabajo, ascendía a la suma de $1.306.247.- mensuales. iii. Que se declara que todas las demandadas constituyen una unidad económica para todos los efectos legales, en particular el cumplimiento solidario respecto de las obligaciones laborales y previsionales que se declaran. iv. Que el autodespido del demandante ha sido debidamente justificado, y por lo tanto efectivamente el término de la relación laboral se produce producto del grave incumplimiento de las obligaciones contractuales, específicamente el no pago oportuno de las remuneraciones, y el no pago oportuno y derechamente no pago de sus remuneraciones y cotizaciones previsionales que se ha
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 27/02/2025 RUC 24-4-0589093-K RIT O-284-2024 MAGISTRADO XIMENA CAROLINA MARZAL NÚÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARÍA ALEJANDRA ASCUI CORNEJO HORA DE INICIO 09:12 HORAS HORA DE TERMINO 12:46 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440589093-K-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE PATRICIO DEL ROSARIO ARAYA CALDERÓN ABOGADO IVO JORGE FRANU
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