VEGA/APORTA CONTACT CENTER SPA
Rol
M-3331-2024
Fecha
27 de febrero de 2025
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene por evacuado en rebeldía CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce atendida la rebeldía de la demandada. ADMISIÓN TÁCITA. La parte demandante solicita se tengan por tácitamente admitidos los hechos de la demanda. TRIBUNAL RESUELVE: Atendida la rebeldía de la demandada se tendrán por tácitamente admitidos los hechos de la demandada y se procederá a dictar sentencia de inmediato. Consta en audio. SENTENCIA: Se deja constancia que la sentencia se transcribe únicamente en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 inciso 3° del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente en el registro de audio. Santiago, 27 de febrero de 2025 Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece doña MARIA JOSÉ VEGA GALLEGUILLOS, operaria de call center, domiciliada en CALLE LAGO RUPANCO N° 500, COMUNA DE LA FLORIDA, viene en deducir demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones en contra de su ex empleador APORTA CONTACT CENTER SPA, representada legalmente por doña ANA MARIA GARCÍA MORALES, con ambos domicilio en Manuel Rodríguez Sur N2 21, Comuna De Santiago, Región Metropolitana. Visto además lo dispuesto en los artículos 423 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por doña MARIA JOSÉ VEGA GALLEGUILLOS en contra de APORTA CONTACT CENTER SPA representada legalmente por doña ANA MARIA GARCÍA MORALES. Se declara la existencia de la relación laboral desde el 10 de marzo de 2022 al 30 de enero de 2024, que el monto de la remuneración mensual ascendía a la suma de $383.166 y se condena al pago de las siguientes sumas: a. $255.434 por concepto de feriado proporcional b. $109.476 por concepto de saldo de feriado legal de 8 días del periodo 2022-2023 Estas sumas se pagarán con intereses y reajustes de conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo II. Que se condena en costas a la demandada por haber resultad completamente vencida. Se fijan las costas personales en la suma de $100.000. Regístrese y archívense los antecedentes de esta causa en su oportunidad. Dirigió la audiencia doña CATALINA ANDREA CASANOVA SILVA, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 27/02/2025, Santiago RUC 24- 4-0592362-5 RIT M-3331-2024 CARATULADO VEGA/APORTA CONTACT CENTER SPA MAGISTRADO CATALINA ANDREA CASANOVA SILVA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vanesa Galaz Pérez HORA DE INICIO 10:06 HORA DE TERMINO 10:13 SALA 5.2 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440592362-5-1348 PARTE
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