SOTO/
Rol
V-77-2023
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En el folio 1, ESTEFANI DEL PILAR MEDINA PURRAY, docente diferencial, domiciliada en calle Villa Angachilla pasaje 2 #147, comuna de Valdivia, en representación de su hija menor de edad BELEN IGNACIA SOTO MEDINA, solicitó el cambio de apellido paterno de esta, de forma tal que quede identificada como Belén Ignacia Stückrath Medina, con fundamento en que, su hija nació el día 28 de agosto del 2012, producto de una relación corta con don Egon Alejandro Soto Montecinos, quien reconoció a su hija cuando salió del hospital recién nacida y luego de eso jamás volvieron a tener contacto. Por tanto, su hija jamás tuvo contacto con su padre, ni ha estado presente en ningún momento de su vida. Que hasta el día de hoy jamás ha estado presente ni cumpliendo el régimen comunicacional ni con los alimentos pactados sumando una deuda al día de $5.676.346. Agregó que, desde hace 10 años que conoció a don Ignacio Javier Stückrath, quien siempre se ha hecho cargo de su hija estando presente en todas las etapas de su vida, además de indicar que Ignacio mantiene una relación con ella, con quien juntos formaron una familia. Respecto del primer apellido Soto, le gustaría cambiarlo por Stückrath, dado a que es el nombre de la persona a quien su hija ve como figura paterna, don Ignacio Javier Stückrath Stückrath. Desde los 5 años Belén siempre ha pedido ser conocida como Belén Ignacia Stückrath y no como Belén Soto, hecho por lo cual siempre en razón de su petición ha sido conocida por esos apellidos. En el folio 12, se acompañó copia de la publicación en el Diario Oficial de la solicitud de autos de 16 de diciembre de 2024, no habiéndose presentado oposición a la solicitud, dentro del plazo señalado en el artículo 2 inciso 5° de la Ley 17.344. En el folio 16, se evacuó el informe del Registro Civil, conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 17.344, en el que expresa que consta en su registro la inscripción de nacimiento N° 1189, Registro S, del año 2012, de la circunscripc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en relación a la solicitud de cambio de apellido, constan en autos los siguientes antecedentes: 1. Certificado de nacimiento de Belén Ignacia Soto Medina de folio 1, que señala que su madre es Estefani Del Pilar Medina Purray y su padre es Egon Alejandro Soto Montecinos, y que nació el 28 de agosto de 2012, por lo que, a la fecha de esta sentencia, tiene 12 años. 2. Información sumaria de folio 9 de los testigos Marisol del Carmen Purray Cayun y Lorena Alejandra Stückrath Molina, declarando la primera que es la abuela materna de la menor Belén Ignacia Soto Medina, y sabe que desde el momento en que nació su padre biológico don Egoin Alejandro Soto Montecinos, solo se limitó a inscribirla en las Oficinas del Registro Civil de la ciudad de Osorno, pero nunca más se supo de él evitando tener contacto con la menor y su madre y menos procurar el apoyo económico y emocional que la menor necesitaba siendo de esta manera un padre totalmente ausente. También conoce a don Ignacio Javier Stückrath Stückrath, quien inicio una relación sentimental con su hija Esfefani del Pilar Medina Purray y que al poco tiempo se encariño con Belén que tenía un año de vida, por cuanto la menor también se vinculó con Ignacio y vio en él la figura paterna ausente, esto fue y ha Código: LTQTXTBTZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sido muy saludable para el desarrollo de su nieta porque desde esa época hasta los días de hoy Ignacio se convirtió en el padre de su nieta Belén, procurando todo los medios para mantener a Belén tanto económicos como emocionales al grado que ella le dice papa, y el la trata de su hija. Por lo mismo Belén que ahora tiene once años, a muy corta edad comenzó a solicitar que se le llamara con el apellido de Stückrath y no Soto, que es un apellido sin ningún significado o vinculo para ella, y así también desde hace más de cinco años que todos los compañeros del Colegio, amigos y la familia, la llaman por su nombre Belén y como primer apellido el de Stückrath y no el de Soto. Por lo mismo su madre, su hija ha iniciado este trámite Judicial para cambiar el primer apellido de su hija Belén de Soto por Stückrath y dejar su segundo apellido tal cual está es decir Medina y en definitiva dejar a su nieta, es decir a su hija con los nombres de Belén Ignacia Stückrath Medina; y declarando la segunda que, es la madre de Ignacio Stückrath Stückrath, y por lo mismo sabe y le consta que el inició una relación sentimental con doña Estefani del Pilar Molina Purray el año 2013 cuando Belén Ignacia solo tenía un año de nacida y al poco tiempo se generó un vínculo de paternidad entre su hijo y Belén ya que el la vio como una hija y con el paso de los años Belén lo asumió como la figura paterna que no tenía, a está sana vinculación la menor ha tenido desde que tiene uso y razón a su hijo como figura paterna. Además, sabe que el padre biológico de Belén Ignacia, don Egon Alejan
Fallo
Por tanto, su hija jamás tuvo contacto con su padre, ni ha estado presente en ningún momento de su vida. Que hasta el día de hoy jamás ha estado presente ni cumpliendo el régimen comunicacional ni con los alimentos pactados sumando una deuda al día de $5.676.346. Agregó que, desde hace 10 años que conoció a don Ignacio Javier Stückrath, quien siempre se ha hecho cargo de su hija estando presente en todas las etapas de su vida, además de indicar que Ignacio mantiene una relación con ella, con quien juntos formaron una familia. Respecto del primer apellido Soto, le gustaría cambiarlo por Stückrath, dado a que es el nombre de la persona a quien su hija ve como figura paterna, don Ignacio Javier Stückrath Stückrath. Desde los 5 años Belén siempre ha pedido ser conocida como Belén Ignacia Stückrath y no como Belén Soto, hecho por lo cual siempre en razón de su petición ha sido conocida por esos apellidos. En el folio 12, se acompañó copia de la publicación en el Diario Oficial de la solicitud de autos de 16 de diciembre de 2024, no habiéndose presentado oposición a la solicitud, dentro del plazo señalado en el artículo 2 inciso 5° de la Ley 17.344. En el folio 16, se evacuó el informe del Registro Civil, conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 17.344, en el que expresa que consta en su registro la inscripción de nacimiento N° 1189, Registro S, del año 2012, de la circunscripción Código: LTQTXTBTZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-77-2023 CARATULADO : SOTO/ Valdivia, once de abril de dos mil veinticinco Vistos: En el folio 1, ESTEFANI DEL PILAR MEDINA PURRAY, docente diferencial, domiciliada en calle Villa Angachilla pasaje 2 #147, comuna de Valdivia, en representación de su hija menor de edad BELEN IGNACIA SOTO MEDINA, solicitó el cambio d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica