CONSTRUCTORA SANTA MARIA S.A./ARANCIBIA
Rol
C-10-2023
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 y 4 del cuaderno principal, y subsanada a folio 6 del cuaderno de excepciones dilatorias, comparece Javier Pacheco Beltr n,á constructor civil, en representaci n de la empresa ó Constructora Santa Mar a Ltdaí . RUT N 76.253.247-6, ambos con domicilio en Av. Santa° Coloma de Farnes N 808, departamento 1502, Comuna de Iquique;° deduciendo demanda de indemnizaci n de perjuicios por incumplimientoó contractual en contra de Juan Gabriel Arancibia Bernal, RUT N 15.017.071-0, m dico cirujano, domiciliado en Calle Alcalde Severo° é Vargas N 1490, Comuna de San Esteban.° A folio 8 consta la notificaci n del demandado.ó A folio 14 contest la demanda.ó A folio 16 y 18 las partes evacuaron la r plica y la d plica,é ú respectivamente. A folio 28 se efectu el llamado a conciliaci n.ó ó A folio 30 se recibi la causa a prueba.ó A folio 91 se cit a las partes a o r sentencia.ó í Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, en s ntesis, la demanda se funda en que con fecha 17í de enero de 2022, Javier Pacheco Beltr n, fue contactado por medio deá plataforma zoom por el demandado Juan Gabriel Arancibia Bernal y su mujer, quien lo invit a su propiedad ubicada en la calle Severo Vargasó N 1490, Comuna de San Esteban, para efectos de contratar los servicios de° la empresa Constructora Santa Mar a S.A. en la construcci n de uní ó quincho, un sal n de estar o hall adosado y un ba o, de un total de 100ó ñ metros cuadrados. Conforme a lo solicitado, le remiti con fecha 29 deó enero de 2022 un presupuesto por correo electr nico.ó A comienzos de febrero de 2022, se reunieron en la casa del demandado con la presencia de su mujer, B rbara C spedes. En dichaá é oportunidad celebraron en forma consensual un contrato de obra, consistente en la construcci n de un quincho, que reuniera las siguientesó caracter sticas: a) construcci n de un quincho cuya altura ser a de 2,30í ó í metros (desde el suelo hasta la cadena). b) construcci n de muros noó estucados. c) toda la construcci n en material de ladrillo, sin muebles. d) eló costo total de la construcci n, incluida la mano de obra, se acord en laó ó suma de $30.600.000- treinta millones seiscientos mil pesos. e) los maestros Código: QMXDXTPSRKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que se desempe aran en la obra iban a recibir el pago por los serviciosñ prestados directamente por la Constructora Santa Mar a.í El 2 de febrero de 2022 comenzaron los trabajos. A continuaci n, explica una serie de modificaciones que le fueronó solicitadas por el demandado y la mujer de ste B rbara C spedes Ram rez,é á é í a instancias de su marido. Frente a los constantes cuestionamientos por la obra que se estaba realizando, le pidi al demandado revisar los gastos que ya se hab anó í efectuado por modificaciones exigidas por la Sra. C spedes Ram rez en sué í representaci n. Ante esto, el demandado le pidi un detalle de los gastosó ó que llevaba realizados a la fecha y en lo posible expuestos did cticamente,á para entenderlo con facilidad. Le envi un correo electr nico el 6 de julioó ó de 2022, se reunieron en el comedor de su casa ese mismo d a. Cuandoí comenz a explicar los montos, la Sra. C spedes Ram rez se apropi de laó é í ó conversaci n y de modo ordinario le empez a insultar, trat ndolo deó ó á sinverg enza y de poco honesto , que nunca le hab a transparentado que“ ü ” “ ” í cada cambio que ella pidiera tendr a un costo, pese a que no fue as . Comoí í ella insist a en alzar la voz, le dijo al demandado que se retirar a de su casa,í í pues no permitir a que lo insultaran, frente a lo cual l no dec a nada y coní é í cara descolocada por la actitud de su se ora esper que se parara y señ ó fuera, sin siquiera despedirse. Al d a siguiente, el 7 de julio de 2022, el demandado le envi uní ó WhatsApp, pidi ndole que le remitiera el detalle de los costos, con lo
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los art culosí 1489, 1545 y siguientes, 1698 y siguientes del C digo Civil; 144, 160 y 170ó del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se rechaza la excepci n de falta de legitimaci n pasivaó ó deducida por la demandada. II.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda de indemnizaci n de perjuicios por responsabilidad contractual, deducida poró Javier Pacheco Beltr n, en representaci n de la empresa Constructora Santaá ó Mar a Ltda., en contra de Juan Gabriel Arancibia Bernal, todos yaí individualizados. III.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Fernando Marcos Alvarado Pe a, Juez titular.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, diez de abril de dos mil veinticinco. Código: QMXDXTPSRKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-10T18:43:51-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-10-2023 CARATULADO : CONSTRUCTORA SANTA MARIA S.A./ARANCIBIA Los Andes, diez de abril de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 y 4 del cuaderno principal, y subsanada a folio 6 del cuaderno de excepciones dilatorias, comparece Javier Pacheco Beltr n,á constructor civil, en representaci n de la empresa ó Const
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