CASTILLO/VIÑALES
Rol
C-668-2024
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, con fecha 26 de marzo de 2024, comparece don SANDRA XIMENA CASTILLO GAMBOA, chilena, separada totalmente de bienes, comerciante, c dula nacional de identidad N 10.105.467-5, comerciante, domiciliadaé ° para estos efectos en Calle Maestranza N 755, Villa Los Arrayanes, Coquimbo, quien° interpone demanda reivindicatoria de bien ra z, dirigida en contra de doní ERIC PATRICIO VI ALES ARAOS,Ñ se ignora de profesi n u oficio, domiciliado enó Santiago Amengual N 61, San Juan, Coquimbo.° Como fundamente de hecho, la demandante afirma que es due a del inmuebleñ consistente en el sitio n mero sesenta y uno y la vivienda econ mica construida en l,ú ó é ubicado en Santiago Amengual N 61, San Juan, Coquimbo, cuyos deslindes de acuerdo° al plano de loteo archivado al final del Registro de Propiedad a cargo del Conservador de Bienes Ra ces, correspondiente al a o mil novecientos sesenta y ocho, bajo el n meroí ñ ú cuatro, son: NORTE: calle Santiago Amengual; SUR: sitio sesenta y ocho; ORIENTE: sitio sesenta; y PONIENTE: pasaje Rio Elqui. Explica que lo adquiri por compra a do a Paulina Eliana Castillo Vi ales, seg nó ñ ñ ú escritura p blica de fecha 3 de enero del 2024, ante el Notario de Coquimbo donú Patricio Andr s Guti rrez Gajardo. El dominio corre inscrito a su nombre a fojas 862é é n mero 394, del Registro de Propiedad a cargo del Conservador de Bienes Ra ces deú í Coquimbo, del a o 2024.ñ Relata que se ha impuesto que don ERIC PATRICIO VI ALES ARAOS,Ñ pretendi ndose due o y poseedor del inmueble, ha ejercido actos que importané ñ desconocimiento de su derecho de dominio y que la han privado de la posesi n materialó de dicho bien ra z, puesto que le ha impedido el acceso a dicho inmueble y obviamenteí menos ha estado de acuerdo en dejar de ocupar el mismo y entregarle la propiedad. Código: JEPTXTYJEFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Agrega que el demandado sabe de la adqui
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el presente juicio se ha iniciado por demanda interpuesta por do a SANDRA XIMENA CASTILLO GAMBOA en contra de don ERIC PATRICIOñ VI ALES ARAOS, mediante la cual pretende que se le restituya el inmueble ubicadoÑ en Santiago Amengual N 61, San Juan, Coquimbo, el que se encuentra ocupado por el° demandado sin derecho para ello, y que resulte, en consecuencia, condenado a restitu rselo en virtud de lo preceptuado en los art culos 889 y dem s pertinentes delí í á C digo Civil. ó SEGUNDO: Que por su parte, el demandado al contestar la demanda, pide el rechazo de la misma pues la demandante no ha se alado de qu manera se le habr añ é í privado de la posesi n del inmueble, reconociendo que lo ocupa ya que una de lasó primeras propietarias del bien ra z era su madre, la que posteriormente le cedi laí ó propiedad a do a Paulina Castillo Vi ales, para as evitar embargos por deudas,ñ ñ í aceptando por esa raz n do a Paulina Castillo Vi ales, que el demandado siguieraó ñ ñ viviendo en la propiedad mediante un comodato que se ha mantenido, a pesar de que do a Paulina Castillo vendi el inmueble materia del juicio a do a Sandra Castilloñ ó ñ Gamboa. TERCERO: Que corresponde a la parte demandante acreditar los presupuestos f cticos de su pretensi n conforme al art culo 1698 del C digo Civil. Para ello, rindi laá ó í ó ó siguiente prueba documental que no fue objetada: Documentos agregados a folio 1: 1) Escritura p blica de fecha 3 de enero de 2024, otorgada ante el Notario deú Coquimbo don Patricio Andr s Guti rrez Gajardo 2024.é é 2) Inscripci n de dominio de fojas 862 n mero 394, del Registro de Propiedad deló ú Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, del a o 2024.í ñ Documentos agregados a folio 32: 3) Escritura p blica de fecha 3 de enero de 2024, otorgada ante el Notario deú Coquimbo don Patricio Andr s Guti rrez Gajardo 2024.é é 4) Inscripci n de dominio de fojas 862 n mero 394, del Registro de Propiedad deló ú Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, del a o 2024.í ñ 5) Certificado de dominio vigente del inmueble de autos, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, con fecha 15 de octubre de 2024.í Código: JEPTXTYJEFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CUARTO: Que por su parte el demandado produjo nicamente la siguiente pruebaú documental, no objetada, en apoyo de sus defensas: Documento de folio 40: 1) Ebook de causa caratulada Castillo con Diaz, Rol C- 1273-2019, del 3 Juzgado de Letras de Coquimbo° . QUINTO: Que tal y como se ha referido en los considerandos precedentes, la actora do a SANDRA XIMENA CASTILLO GAMBOA, deduce acci n de dominio enñ ó contra de don ERIC PATRICIO VI ALES ARAOS, a fin de que ordene la restituci nÑ ó del inmueble ubicado en Santiago Amengual N 61, San Juan, Coquimbo, todo de° conformidad a los art culos 889 y siguientes del C digo Civil.í ó SEXTO: Que, la acci n reivindicatoria se encuentra recogida en el art
Fallo
Por tanto, de acuerdo con lo expuesto y lo que disponen los art culos 889 yí siguientes y dem s pertinentes del C digo Civil y 254 y siguientes del C digo deá ó ó Procedimiento Civil, y dem s pertinentes, solicita que se tenga por deducida acci ná ó reivindicatoria, en juicio ordinario, en contra de don ERIC PATRICIO VI ALESÑ ARAOS, ya individualizado; acogerla y, en definitiva, declarar: Que el inmueble consistente en el sitio n mero sesenta y uno y la viviendaú econ mica construida en l, ubicado en Santiago Amengual N 61, San Juan, Coquimbo,ó é ° inscrito a nombre de la demandante a fojas 862 n mero 394, del Registro de Propiedadú del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo del a o 2024, es de su dominioí ñ exclusivo y, por consiguiente, que el demandado no tiene derecho alguno de dominio sobre l, debiendo ordenarse se le restituya el mismo.é Código: JEPTXTYJEFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Igualmente, solicita que el tribunal ordene que la restituci n del referido inmuebleó sea dentro de tercero d a desde que la sentencia cause ejecutoria o bien desde que estí é ejecutoriada la sentencia definitiva, bajo apercibimiento de lanzamiento, incluyendo a todos los dem s ocupantes.á Y finalmente, solicita que se condene expresamente al demandado al pago de las costas de la causa. Que, a folio 7, se notific personalmenteó la demanda a la parte demandada. Que, a folio 13, don MICHAEL MU OZ VILLALOBOS
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Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-668-2024 CARATULADO : CASTILLO/VI ALESÑ Coquimbo, diez de abril de dos mil veinticinco VISTOS: Que a folio 1, con fecha 26 de marzo de 2024, comparece don SANDRA XIMENA CASTILLO GAMBOA, chilena, separada totalmente de bienes, comerciante, c dula nacional de identidad N 10.105.467-5, come
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