13º Juzgado Civil de Santiago

VARAS/

Rol

V-303-2024

Fecha

11 de abril de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, con fecha 9 de diciembre de 2024, comparece Soledad Catalina Varas Torres, administrativo, cédula de identidad N° 16.517.091-1, con domicilio en Los Zarzales N° 1639, villa La Hacienda, comuna de Maipú, quien solicita se le autorice el cambio de su primer apellido “Varas”, por “Hernández”, quedando en definitiva como Soledad Catalina Hernández Torres, fundando su petición en las consideraciones de hecho y derecho que se consignan en los párrafos siguientes. Señala que desde temprana edad ha reconocido como su padre a José de Las Mercedes Hernández Marín, con quien su madre contrajo matrimonio el 24 de julio de 1987. Añade que desde hace más de cinco años decidió utilizar el apellido Hernández, tanto en su entorno familiar, laboral y de amistades, por lo que en sus redes sociales utiliza el apellido Hernández. Previas citas legales al artículo 1, letra a) y b) de la Ley 17.344, pide tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre, acogerla en todas sus partes, y disponer en definitiva se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido de indicarse en ella que la inscrita es Soledad Catalina Hernández Torres, haciendo extensiva dicha rectificación a la partida de nacimiento de su hija Antonella Catalina Ortega Varas. A folio 6, por resolución de fecha 10 de enero de 2025, se dio curso a la solicitud. A folio 8, con fecha 23 de enero de 2025, se agregó a los autos informe evacuado por el Servicio de Registro Civil e Identificación respecto a la solicitante. A folio 13, con fecha 4 de febrero de 2025, se agregó a los autos informe evacuado por Policía de Investigaciones de Chile. A folio 16, con fecha 19 de febrero de 2025, se agregó a los autos informe evacuado por el Ministerio Público de Chile. A folio 19, con fecha 10 de marzo de 2025, se agregó a los autos informe evacuado por Carabineros de Chile. A folio 23, con fecha 15 de marzo de 2025, se agregó publicación de la solicitud de marras efectuada en el Diario Oficial el mismo día

Fundamentos

considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 9 de diciembre de 2024, comparece Soledad Catalina Varas Torres, quien solicita se le autorice el cambio de su primer apellido “Varas”, por “Hernández”, quedando en definitiva como Soledad Catalina Hernández Torres, haciendo extensiva dicha rectificación a la partida de nacimiento de su hija Antonella Catalina Ortega Varas, fundada en los motivos ya reseñados en lo expositivo de esta sentencia. Segundo: Que, el artículo 1°, inciso 2°de la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombre o apellidos, señala que “sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de las inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombre y apellidos distintos de los originales a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar, por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente”; y b) cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”. Tercero: Que, se desprende de la norma citada, para que el Tribunal pueda acceder a la solicitud se requiere que los nombres y/o apellidos sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; o que el solicitante haya sido conocido por más de cinco años con el nombre que pretende llevar. Cuarto: Que, en orden a acreditar dichas circunstancias, la solicitante acompañó como prueba documental, a folio 1, lo siguiente: 1.- Copia cédula de identidad de Soledad Catalina Varas Torres. 2.- Certificado de nacimiento de Soledad Catalina Varas Torres, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 3.- Copia partida de nacimiento de Soledad Catalina Varas Torres. 4.- Certificado de Matrimonio de José de Las Mercedes Hernández Marín con Morelia del Carmen Torres Geldres, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 5.- Certificado de nacimiento de Antonella Catalina Ortega Varas, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 6.- Captura de pantalla página de internet cuenta Gmail de la solicitante. 7.- Captura de pantalla página de internet cuenta Facebook. Código: GDXHXTRXCCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8.- Captura de pantalla página de internet cuenta Instagram. Quinto: Que, asimismo, rindió información sumaria de testigos, consistente en las declaraciones de Andrea Carolina Garlarce Abarca, C.I. 17.697.618-7; y Ricardo Alejandro Leiva Medel, C.I. 15.159.770-K, quienes señalaron conocer a la solicitante hace 20 años la primera y hace de 12 años el segundo, por ser su amigos. Ambos testigos ratifican lo señalado por la solicitante a folio 1, en el sentido del menoscabo que le ocasiona su apellido actual, con el que no se siente identificada, por no corresponder al d

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la solicitud. En consecuencia, se ordena rectificar por el Oficial Civil, Circunscripción de Quinta Normal del Servicio de Registro Civil e Identificación, la inscripción de nacimiento N° 3876, Registro S, del año 1986, correspondiente a Soledad Catalina Varas Torres, cédula de identidad N° 16.517.091-1, en el sentido de indicar en ella, que la inscrita es Soledad Catalina Hernández Torres. II.- Que, el cambio de nombre autorizado se hará extensivo a la inscripción de nacimiento de su hija: Antonella Catalina Ortega Varas, cédula de identidad N° 23.275.090-1, inscrita bajo el N° 1.073, Registro S1, del año 2010, de la circunscripción de Santiago. Regístrese, dese copia y archívese los antecedentes en su oportunidad. Rol V-303-2024.- Pronunciada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de abril de dos mil veinticinco Código: GDXHXTRXCCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-11T09:22:30-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-303-2024 CARATULADO : VARAS/ Santiago, once de abril de dos mil veinticinco Vistos: A folio 1, con fecha 9 de diciembre de 2024, comparece Soledad Catalina Varas Torres, administrativo, cédula de identidad N° 16.517.091-1, con domicilio en Los Zarzales N° 1639, villa La Hacienda, comuna de Maipú, quien solicita s

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