SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO - HOSPITAL HIGUERAS CON SEPÚLVEDA
Rol
O-898-2022
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos en esta causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N°1 del Código de Trabajo en relación con el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, procederá a dictar sentencia inmediata. DICTACIÓN DE SENTENCIA (solo va parte resolutiva, texto completo registrado en audio.) Concepción, a veintiséis de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 159 número 4, 174, 201 y 453 del Código del Trabajo; artículo 1545, 1546 y 1698 del Código Civil; y artículo 313 y 160 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que, HA LUGAR, sin costas, a la demanda de desafuero interpuesta por don RAMÓN ANDRÉS CARTES FLORES, abogado, en representación del HOSPITAL AUTOGESTIONADO LAS HIGUERAS DE TALCAHUANO (SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO) en contra de doña CAMILA SEPÚLVEDA VALVERDE, todos ya individualizados, autorizándose la terminación de la relación laboral entre las partes por la causal del artículo 159 número 4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido en el contrato, a contar de la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña JAVIERA FERNANDA GRANDON ROMERO, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Las partes quedan personalmente notificadas de lo resuelto, particularmente de la sentencia que se ha dictado. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 159 número 4, 174, 201 y 453 del Código del Trabajo; artículo 1545, 1546 y 1698 del Código Civil; y artículo 313 y 160 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que, HA LUGAR, sin costas, a la demanda de desafuero interpuesta por don RAMÓN ANDRÉS CARTES FLORES, abogado, en representación del HOSPITAL AUTOGESTIONADO LAS HIGUERAS DE TALCAHUANO (SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO) en contra de doña CAMILA SEPÚLVEDA VALVERDE, todos ya individualizados, autorizándose la terminación de la relación laboral entre las partes por la causal del artículo 159 número 4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido en el contrato, a contar de la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña JAVIERA FERNANDA GRANDON ROMERO, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Las partes quedan personalmente notificadas de lo resuelto, particularmente de la sentencia que se ha dictado. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia realizada a través de plataforma Zoom) FECHA 26 de febrero de 2025 Registro de audio en remoto Sala 6 RUC 22-4-0410733-3 RIT O-898-2022 MAGISTRADO JAVIERA FERNANDA GRANDÓN ROMERO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Denys Fernández Bustos HORA DE INICIO 09:55 horas HORA DE TERMINO 10:07 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 224
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