2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SALAS/SOCIEDAD DE SERVICIOS Y CAPACITAIÓN EN SEGURIDAD INTEGRAL LTDA. (BM SEGURIDAD PRIVADA E INDUS

Rol

O-7612-2023

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 161 inciso primero, 163, 454, 455 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I. Que, entre el demandante don Roberto Enrique González Zapata y la demandada Sociedad de Servicios y Capacitaciones de Seguridad Integral Limitada, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 31 de enero de 2012 y su término al 08 de septiembre del año 2023. II. Que, se acoge la demanda por el despido y se declara que este es indebido, improcedente, injustificado, por lo cual la demandada deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a. $741.950.- indemnización sustitutiva al mes de aviso previo. b. $8.161.450.-, indemnización por años de servicio. c. $2.448.435.-, 30% recargo legal. d. $519.365.-, feriado legal 2021-2022. e. $519.365.-, feriado legal del periodo 2022-2023. f. $314.092.-, feriado proporcional. g. $741.950.-, de remuneración de agosto. h. $197.853.-, remuneración de 8 días del mes de septiembre del año 2023. III. Que el despido decidido por la demandada no ha puesto término a la obligación remuneratoria de aquella, quien deberá continuar con el pago de las remuneraciones, teniendo como base de cálculo la suma de $741.950.-, hasta la efectiva convalidación de la relación laboral. IV. Que, la demandada deberá regularizar las cotizaciones de seguridad social en las instituciones de AFP CAPITAL, FONASA y AFC, previa liquidación de las instituciones correspondientes. V. Que, las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. VI. Que, cada parte pagará sus costas. Se deja constancia que el Tribunal no ordena la custodia de los documentos incorporados por la parte demandante. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Liliana Ledezma Miranda, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 161 inciso primero, 163, 454, 455 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I. Que, entre el demandante don Roberto Enrique González Zapata y la demandada Sociedad de Servicios y Capacitaciones de Seguridad Integral Limitada, existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 31 de enero de 2012 y su término al 08 de septiembre del año 2023. II. Que, se acoge la demanda por el despido y se declara que este es indebido, improcedente, injustificado, por lo cual la demandada deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a. $741.950.- indemnización sustitutiva al mes de aviso previo. b. $8.161.450.-, indemnización por años de servicio. c. $2.448.435.-, 30% recargo legal. d. $519.365.-, feriado legal 2021-2022. e. $519.365.-, feriado legal del periodo 2022-2023. f. $314.092.-, feriado proporcional. g. $741.950.-, de remuneración de agosto. h. $197.853.-, remuneración de 8 días del mes de septiembre del año 2023. III. Que el despido decidido por la demandada no ha puesto término a la obligación remuneratoria de aquella, quien deberá continuar con el pago de las remuneraciones, teniendo como base de cálculo la suma de $741.950.-, hasta la efectiva convalidación de la relación laboral. IV. Que, la demandada deberá regularizar las cotizaciones de seguridad social en las instituciones de AFP CAPITAL, FONASA y AFC, previa liquidación de las instituciones corr

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 26 DE FEBRERO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 23-4-0526000-K RIT O-7612-2023 MAGISTRADA LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 11:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:52 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340526000-K-1349-250226-00 PA

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