2º Juzgado de Letras de Iquique

YI/

Rol

V-150-2024

Fecha

10 de abril de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 11 de septiembre de 2024, QINGYOU YI, rol único nacional N°22.106.964-1, chileno, soltero, empresario, domiciliado para estos efectos en calle Arturo Prat N°1670, Condominio Mar Egeo, Edificio Delos, DepartamentoN°41, Iquique, presento la manifestación minera del grupo de pertenencias denominadas “YI DOS”. SEGUNDO: El artículo 59 inciso primero del Código de Minería establece que “Dentro del plazo que medie entre los noventa y ciento veinte días, contado desde la fecha de la presentación de la manifestación al juzgado, el manifestante o cualquiera de ellos, cuando fueren varios, deberá solicitar en el mismo expediente, la mensura de su pertenencia o pertenencias. La solicitud podrá abarcar todo o parte del terreno manifestado, pero, en ningún caso, terrenos situados fuera de éste”. A su turno, el artículo 86 del citado cuerpo legal, ordena al juez, si nota en cualquier momento durante la tramitación de la constitución de la concesión y mientras no haya dictado la sentencia constitutiva de ella, que no se ha cumplido dentro del plazo cualquiera de los requisitos o actuaciones para las que el juez, conforme al artículo 82, o dicho Código hayan señalado plazos fatales, dictará sentencia declarando la caducidad de los derechos emanados del pedimento o de la manifestación y ordenando cancelar las inscripciones correspondientes. TERCERO: Del mérito de autos fluye que el interesado no presentó dentro del término legal la solicitud de mensura de la Código: XFXXTZGNRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl manifestación solicitada, actuación para la cual el Código de Minería establece plazo fatal. Asimismo se desprende que no se ha dictado sentencia constitutiva de la concesión minera de explotación presentada. Y, visto además lo dispuesto en los artículos 59, 86 y 237 del Código de Minería.

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que NO SE HACE LUGAR, a la solicitud de concesión de explotación de fecha 11 de septiembre de 2024, y en consecuencia, se declara la CADUCIDAD de los derechos emanados de la Manifestación Minera denominada “YI DOS” presentada por QINGYOU YI, ya individualizado. II.- Que SE ORDENA, la cancelación de la inscripción de la manifestación minera denominada “YI DOS”, si existiere, en el Registro de Descubrimientos del Conservatorio de Minas de Iquique. Practíquese la correspondiente cancelación mediante Receptor Judicial. Hecho, ofíciese al Servicio Nacional de Geología y Minería a fin que el referido Servicio, proceda a eliminar la concesión antes señalada. Regístrese y notifíquese. Rol Nº: V- 150-2024 Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la Código: XFXXTZGNRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sentencia precedente, en Iquique, diez de abril de dos mil veinticinco Código: XFXXTZGNRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-10T09:27:10-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Iquique CAUSA ROL : V-150-2024 CARATULADO : YI/ Iquique, diez de abril de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 11 de septiembre de 2024, QINGYOU YI, rol único nacional N°22.106.964-1, chileno, soltero, empresario, domiciliado para estos efectos en calle Arturo Prat N°1670, Condominio Mar Egeo, Edificio Delos

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