Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

CARRASCO/MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON

Rol

O-947-2023

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T.O-947-2023, RUC 23-4-0531525-4 por reconocimiento de relación laboral, nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don RODRIGO CARRASCO ESCARATE, psicólogo, domiciliado en calle Casma N°597, comuna de San Miguel, quien lo hizo asistido por el abogado don Rodrigo Valenzuela Martini. La demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON, persona jurídica de derecho público, representada por don Gustavo Toro Quintana, ambos domiciliados en Avenida Ossa Nº 1.771 de la comuna de San Ramón, compareció asistida por el abogado don Manuel Riquelme Pino. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don RODRIGO CARRASCO ESCARATE interpuso demanda–en procedimiento de aplicación general- en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON con el objeto que

Fallo

se declarase que el vínculo que había mantenido con la demandada era de naturaleza laboral, que su despido era nulo e injustificado y que consecuentemente con ello era procedente condenar a la antes referida al pago de las indemnizaciones y demás prestaciones que se indican, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: a) $ 1.713.512 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $ 5.140.536 por concepto de indemnización por años de servicio; c) $ 2.570.268 por concepto de recargo legal correspondiente a un 50%; d) $ 2.398.917 por concepto de feriado legal correspondiente a 42 días; e) $ 1.713.512 por concepto de feriado proporcional correspondiente a 24,41 días; f) Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo; g) Cotizaciones de seguridad social adeudadas durante la vigencia de la relación laboral. Funda su demanda indicando que con fecha 19 de octubre de 2020 comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada desempeñando labores de psicólogo y terapeuta MST en la Dirección de Seguridad Pública, todo en el programa denominado “ Programa MST Terapia Multisistémica” llevado a cabo por dicha repartición pública. Indica que en esa oportunidad se le hizo firmar un contrato de prestación de servicios a honorarios en circunstancias que sus labores eran prestadas conforme lo establecía el artículo 7 del Código del T

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Rodrigo Carrasco Escárate. DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de San Ramón. RUC: 23-4-0531525-4 RIT: O-947-2023 _________________________________________/ San Miguel, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Que an

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica