BANEGA/INVERSIONES PORTADA DEL SOL SPA
Rol
T-150-2024
Fecha
25 de febrero de 2025
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados por doña Mabel, sino que únicamente se castiga a la actora con su desvinculación. Solicitó que se condene al pago de las indemnizaciones que detalla: indemnización especial contemplada en el artículo 489 del código del trabajo equivalentes a $8.537.221, o las cantidades que se estime conforme al mérito del proceso, sin ser menor a 6, conforme lo prevenido en el inciso 3 del artículo 489 del código del trabajo.; indemnización del mes de aviso previo, ascendente a la suma de $776.111; indemnización por 2 años de servicios, correspondiente a la suma de $1.552.222; recargo legal de acuerdo a lo establecido por el artículo 168 del código del trabajo, correspondiente a la suma de $1.241.777.- (un millón doscientos cuarenta y un mil setecientos setenta y siete pesos); feriado legal correspondiente al periodo 2022-2023, ascendente a la suma de $543.277; feriado proporcional por 18 días, ascendiente a la suma de $1.588.371; intereses, reajustes y costas de la causa. En subsidio, interpuso la demanda de despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones, en contra del demandado, ya individualizado, reiterando por economía procesal los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Denuncia por vulneración a derechos fundamentales y despido improcedente en subsidio. Compareció ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta don Jorge Olivos Torres, abogado, cédula nacional de identidad N°15.501.691-4, en representación de doña Mabel Banega Guanichaba, cédula nacional de identidad N°25.104.034-6, boliviana, soltera, desempleada, ambos con domicilio para estos efectos en Calle 14 de Febrero N°1896, Antofagasta, e interpuso demanda de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones en contra de Inversiones Portada del Sol SPA, RUT N°76.687.348-0, representada legalmente por Antonio Sierra Osinaga, cédula nacional de identidad N°7.838.121-3, o por quien en virtud del artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Avenida Edmundo Pérez Zujovic N°5470, de la ciudad de Antofagasta. Fundó su acción indicando que el 6 de junio de 2022, comenzó una relación laboral con la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, en virtud de contrato de trabajo de carácter de indefinido, en virtud del cual se desempeñó como Ayudante de Cocina, en dependencias de la demandada denominada “Ciragán” ubicada en Avenida Edmundo Pérez Zujovic N°5470, de la ciudad de Antofagasta, y por lo que recibía una remuneración de $776.111. Sostuvo que durante la relación laboral fue víctima de hostigamiento y acoso laboral por parte de Dennis Mercado, jefe de Cocina. Indicó que, el 23 de diciembre de 2023, la situación se hizo insostenible, pues don Dennis comenzó a realizar malos comentarios y tratos para con la demandante, cuestión que le afectó gravemente, agotando la paciencia de doña Mabel, quien intentó ubicar a sus jefaturas, logrando contactarse con doña Gilda, administradora del local, realizando la denuncia en ese momento y solicitando que le entreguen una solución. La actitud de la empresa fue nula, sin realizar acción alguna. Agregó que, el verse expuesta al acoso laboral junto con la grave afectación psíquica y emocional que aquello le provocó, más el hecho de que la conducta del agresor era repetitiva y conocida por la demandada, la actora le indica a doña Gilda que se iría debido a lo anteriormente señalado, y se dirige a la Inspección del Trabajo, sin embargo al llegar se percata que ya se encontraba cerrado, razón por la cual realiza denuncia por vulneración de derechos a través del portal web de dicha institución, dejando evidencia de lo sucedido en ese momento. Manifestó que, ocurrido lo anterior, fue desvinculada el 23 de diciembre de 2023, en virtud de la causal contemplada en el artículo 160 N°4 del Código del Trabajo, esto es, “abandono del trabajo”, fundándose en que supuestamente doña Mabel abandona su lugar de trabajo sin autorización del superior. Controvierte la causal de despido, ya que, los motivos del eventual abandono radicaron en la situación vivida y en la nula respuesta de sus jefaturas. Alegó vulnerados los derechos a la integr
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además con lo previsto en los artículos 1, 7, 5, 41, 71, 160 N°5, 162, 168, 453, 485 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, se declara: I.- Que se rechaza la denuncia de tutela laboral con ocasión del despido, interpuesta por Mabel Banega Guanichaba, cédula nacional de identidad N°25.104.034-6, en contra de Inversiones Portada del Sol SPA, RUT N°76.687.348-0, representada legalmente por Antonio Sierra Osinaga, cédula nacional de identidad N°7.838.121-3, todos ya individualizados. II.- Que se acoge la demanda de despido improcedente, interpuesta por Mabel Banega Guanichaba, cédula nacional de identidad N°25.104.034-6, en contra de Inversiones Portada del Sol SPA, RUT N°76.687.348-0, representada legalmente por Antonio Sierra Osinaga, cédula nacional de identidad N°7.838.121-3, todos ya individualizados, y en consecuencia se declara que el despido de que fue objeto es improcedente y se condena al pago solo de las siguientes sumas y conceptos: 1) Indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $$770.833. (setecientos setenta mil ochocientos treinta y tres). 2) Indemnización por 2 años de servicio, la suma de $$1.541.666. (un millón quinientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y seis). 3) 80% de recargo legal, la suma de $1.233.332. (un millón doscientos treinta y tres mil trecientos treinta y dos). 4) Feriado proporcional 11 días, la suma de $$258.192 (doscientos cincuenta y ocho mil cientos novent
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PROCEDIMIENTO: Tutela. Aplicación General. MATERIA: Tutela. DEMANDANTE: MABEL BANEGA GUANICHABA. DEMANDADA: INVERSIONES PORTADA DEL SOL SPA. RIT: T-150-2024 RUC: 24- 4-0551061-4 ___________________________________________________________/ Antofagasta, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Denuncia por vulneración a derechos fundamentales y despid
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