Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM/

Rol

V-5206-2023

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don JOSÉ GREGORIO VARAS LIRA, chileno, casado, abogado, en representación, según se acreditará, de COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM, empresa chilena con el rubro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Iquique, calle Baquedano 902, presentó con fecha 06 de diciembre del año 2023, la manifestación minera de 23 pertenencias de 100 hectáreas cada una, abarcando una área total de 230 hectáreas denominadas “ENGAÑADORA J 1 AL 23”, cuyo punto de interés se encuentra ubicado en la Provincia del Tamarugal, comuna de Pozo Almonte, Región de Tarapacá. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 5333 bajo el Nº 3965 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2023. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 26 de diciembre de 2023 y 29 de julio de 2024 y respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 31 de marzo de 2025, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, reducidas en la operación de mensura, denominadas “denominadas “ENGAÑADORA J 1 AL 23”, materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) 1 7.701.000,00 395.000,00 11 7.701.000,00 397.300,00 39 7.700.000,00 397.300,00 30 7.700.000,00 395.500,00 Código: MPBTXTFDZZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 29 7.700.200,00 395.500,00 28 7.700.200,00 395.000,00 COORDENADAS UTM DEL PUNTO DE INTERÉS. - Las coordenadas UTM del punto de interés de la manifestación son: Norte 7.700.500,00 metros y Este 396.150,00 metros. Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura denominadas “denominadas “ENGAÑADORA J 1 AL 22”, con una superficie total de 220 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de “COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM”, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria del hecho, el solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica copias autorizadas de la presente sentencia y de dicho certificado al solicitante. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Autoriza ministro de fe del tribunal. Pozo Almonte, a ocho de abril de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./fah Código: MPBTXTFDZZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-08T21:11:46-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 18 .- dieciocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-5206-2023 CARATULADO : COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM/ POZO ALMONTE, A OCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don JOSÉ GREGORIO VARAS LIRA, chileno, casado, abogado, en representación, según se acreditará, de COMPAÑIA MINERA DOÑA INE

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