1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LEMUS/ABENGOA CHILE S.A.

Rol

T-2610-2023

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos. 1. La fecha de inicio de la relación laboral 2. Que eran trabajadores por obra, que los tenían contratos por obra o faena, entiendo que el hito que era atendido de conductores. 3. la remuneración entonces la que se propone. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: 1. Efectividad que demandantes fueron objeto de acoso o hostigamiento por parte de personal de la empresa Abengoa Chile S.A. época de los mismos y hechos constitutivos de ella. 2. Fecha de término de la relación laboral o separación de los trabajadores. Comunicaciones dadas con ese propósito en caso de haberlas. 3. Vínculos existentes entre Abengoa Chile S.A. y Transelec.S.A. Efectividad que ellas existió una relación de subcontratación, en la que Abengoa Chile S.A. era contratista y Transelec.S.A. la mandante o empresa principal. 4. En la afirmativa del punto anterior, efectividad que los demandantes se desempeñaron en faenas en las que el mandante era Transelec.S.A. Periodo por el cual se desempeñaron. 5. Fecha real o presuntiva de las faenas para las cuales los actores fueron desvinculados. Cuarto. Incorporacion de medios probatorios. Que los denunciantes incorporan sus medios probatorios consistentes en: Documental. Documental: Respecto del demandante Eduardo Omar Ahumada Camus: 1. Copia de contrato de trabajo de 19 de abril de 2023. 2. Copia anexo de contrato de trabajo de fecha 31 de mayo de 2023. 3. Copia de liquidación de remuneraciones de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2023. 4. Copia de certificado de pagos de cotizaciones previsionales Previred de fecha 17 de agosto de 2023. 5. Copia de carta de término de contrato de trabajo de fecha 25 de julio de 2023. 6. Copia de finiquito de contrato de trabajo de fecha 18 de agosto de 2023. Respecto del demandante Eduardo Danilo Contreras Salinas: 7. Copia de contrato de trabajo de fecha 19 de abril de 2023. 8. Copi

Fallo

por tanto, no tiene incidencia en el cómputo del plazo de caducidad. Por lo expuesto, la excepción de caducidad será acogida. Séptimo. Que toda la prueba incorporada ha sido analizada de acuerdo a las reglas de la sana crítica y aquella no mencionada en nada hace variar lo resuelto, pues la misma es sobreabundante de los hechos ya acreditados en estos autos. Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 41, 73, 159, 161, 168,446, 453, 454, 485,489 y siguientes del Código del Trabajo, articulo 19 de la Constitución Política de la República; I.- Que se acoge la excepción de caducidad interpuesta por la demandada Abengoa Chile S.A, declarándose la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido caduca. II.- Que no se condena en costas a los demandantes por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : T-2610-2023 RUC : 23- 4-0524493-4 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT T-2610-2023, por tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones. La demanda fue interpuesta por

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