1º Juzgado Civil de Valparaíso

AHUMADA/VILCHES

Rol

C-1394-2021

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Rosa Matilde Vásquez Álvarez, cedula de identidad N°16.5483914, labores de casa, con domicilio en calle Almirante Latorre sin número, localidad de Las Dichas, Casablanca, por si y en representación legal de mi hija Mía Antonella Ahumada Vásquez, cédula de identidad N°27.132.308-5, estudiante, mismo domicilio, representada legalmente por don Iván Rodríguez Chávez, domiciliado en Avenida Portales N°204, Casablanca, e interpone demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de Lorena del Pilar Viches Arancibia, cédula de identidad N°15.727688-3, conductora, domiciliada en camino La Pólvora N°665, Valparaíso. A folio 5, solicita decretar mediada precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre los inmuebles de la demanda inscritos a fojas 167 vuelta N°183 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2013; y a fojas 4749 N° 6275 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2004. A folio 17, Que a la contestación de la parte demandada se tuvo por extemporáneo, evacuando la contestación en rebeldía de la recurrida, dando traslado para la réplica. A folio 18, Que la parte demandante evacúa el traslado para la réplica, dando traslado para la dúplica. A folio 20, Que la parte demandada, evacua el traslado conferido para la dúplica. Código: FJPQXTWXHFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 21, Que se tuvo por evacuado el traslado para la dúplica, citando a las partes a la audiencia de conciliación. A folio 32, se llevó a efecto la audiencia de conciliación mediante videoconferencia, con la asistencia del apoderado de la parte demandante Sebastián Cobián Pérez y por la demandada la abogado Elba Valle Vidal, llamadas las partes a conciliación no se produjo. A folio 35, se recibió la causa a prueba, respectó de la cual se interpuso recurso de reposición,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece Rosa Matilde Vásquez Álvarez, cedula de identidad N°16.5483914, labores de casa, con domicilio en calle Almirante Latorre sin número, localidad de Las Dichas, Casablanca, por si y en representación legal de mi hija Mía Antonella Ahumada Vásquez, cédula de identidad N°27.132.308-5, estudiante, mismo domicilio, representada legalmente por don Iván Rodríguez Chávez, domiciliado en Avenida Portales N°204, Casablanca, e interpone demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de Lorena del Pilar Viches Arancibia, cédula de identidad N°15.727688-3, conductora, domiciliada en camino La Pólvora N°665, Valparaíso. Funda su demanda, que el día 19 de Septiembre de 2020, alrededor de las 21:00 horas, la demandada Lorena Vilches Arancibia conducía el vehículo P.P.U FSWX 71, por la ruta F842, aledaña con el pasaje Sin Nombre, altura del kilómetro 80 de la ruta 68, sector La Código: FJPQXTWXHFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Playa, comuna de Casablanca, donde de manera voluntaria traspasó la berma del camino con el fin de atropellar a quienes se encontraban en el sitio Erazo, impactando a varias personas, siendo uno de ellos Ceciliano del Carmen Ahumada, quien fue arrastrado debajo del vehículo, provocando politraumatismos, excoriaciones, heridas contusas desgarradas, equimosis, fracturas en el cuerpo y heridas internas, causando la muerte por un paro-cardiorrespiratorio. Indica que por estos hechos la demandada Lorena Vilches Arancibia, fue condenada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, como autora del delito de homicidio simple, condenándola a la pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, sin costas. En cuanto a la responsabilidad civil proviene de su calidad de autora de delito de homicidio cometida en la persona de Ceciliano Ahumada Hinojosa. Por cuanto el perjuicio, es a raíz del fallecimiento de Ceciliano Ahumada Hinojosa, su hija Mía Ahumada Vásquez perdió a su padre, provocando una permanente actitud de melancolía a su corta edad, que se convierte en llantos constantes, preguntas reiteradas por su padre y por su ausencia. Indica que para ella es una angustia ya que existía un estrecho vinculo afectivo y por la acción de la demandada termino repentinamente. A los perjuicios sufridos por la hija y la actora no se puede reparar con una suma inferior a $70.000.000.- Sobre la capacidad la demandante es capaz de incurrir en responsabilidad civil extracontractual, pues no se encuentra entre las personas exentas. En relación con la casualidad, dice que el homicidio que cometió la demandada respecto de Ceciliano Ahumada Hinojosa, Código: FJPQXTWXHFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Fallo

Por tanto tener por interpuesta demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de Lorena del Pilar Vilches Arancibia, ya individualizada, por la responsabilidad civil que le corresponde respecto de los perjuicios que se demandan y que fueron indicados en el cuerpo de este libelo, en su calidad de autora del delito de homicidio cometido por ella en la persona de don Ceciliano del Carmen Ahumada Hinojosa; y, en definitiva, dar lugar a ella en todas sus partes, condenando a la demandada al pago de la suma total de $ 70.000.000.-, esto es, $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos) para la hija Mía Antonella Ahumada Vásquez, y $20.000.000.- (veinte millones de pesos) para la conviviente, en los conceptos indicados, o las que US. estime de acuerdo con el mérito del proceso, todo con costas. SEGUNDO: Que a folio 17, a la parte demandada se tuvo por extemporáneo la contestación a la demanda. TERCERO: Que a folio 18, la parte demandante evacua el traslado para la réplica. CUARTO: Que a folio 20, la parte demandada evacua el traslado para la dúplica. Manifiesta que, el 19 de Septiembre de 2020 la demandada estaba en su casa celebrando una fiesta, a eso de las 20:30 horas sus sobrinos le pidieron que los fuera a dejar, un amigo de Vilches se subió con ellos y los seguía otro amigo en una moto, llegando al sector de Playa Chica, se detuvieron cerca de un pasaje donde vivía uno de los jóvenes, un auto conducido por un joven el cual iba acompañado por un adulto se detuvo impi

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1394-2021 CARATULADO : AHUMADA/VILCHES Valparaíso, siete de Abril de dos mil veinticinco. VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Rosa Matilde Vásquez Álvarez, cedula de identidad N°16.5483914, labores de casa, con domicilio en calle Almirante Latorre sin número, localidad de Las Dichas, Ca

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