2º Juzgado de Letras de la Serena

CORTÉS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA

Rol

C-66-2025

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2514 y 2521 del Código Civil; artículos 144, 160, 170, y 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; y artículo 12 y siguientes del Decreto Ley N°3063 que Fija Normas Sobre Rentas Municipales, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida a lo principal con fecha 09 de enero de 2025, declarándose prescritas las acciones para obtener el cobro de la deuda por concepto de permiso de circulación del vehículo MOTO, MARCA YAMAHA, MODELO YBR 125, AÑO 2010, PLACA ÚNICA VB-0662-4, correspondiente al período comprendido entre los años 2011 y 2021 inclusive, por un total de $957.937.-, (novecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y siete pesos) ) más los respectivos reajustes e intereses. II.- Que se acoge la demanda reconvencional de fecha 19 de marzo de 2025, condenándose al pago por concepto de permiso de circulación del vehículo MOTO, MARCA YAMAHA, MODELO YBR 125, AÑO 2010, PLACA ÚNICA VB- 0662-4, correspondiente al período comprendido entre los años 2022 y 2024 Código: FSFVXTCZXWU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 inclusive, por un total de $117.256.-, (ciento diecisiete mil doscientos cincuenta y seis pesos) más los respectivos reajustes e intereses. III.- Que cada parte pagará sus costas. Anótese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Ghislaine Landerretche Sotomayor, Juez de Letras Titular del Segundo Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, siete de abril de dos mil veinticinco Código: FSFVXTCZXWU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-07T11:57:27-0400

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Que consta del certificado de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de La Serena, de fecha 02 de enero de 2025, que mantiene una deuda por concepto de permiso de circulación del vehículo MOTO, MARCA YAMAHA, MODELO YBR 125, AÑO 2010, PLACA ÚNICA VB-0662-4, desde el año 2011 hasta el año 2024, por la suma de $1.090.829. Refiere que, de dicho total, la cantidad de $957.937.-, correspondiente a los años 2011 hasta el 2021 inclusive, se encontrarían prescritos, y sobre dicha situación es dable señalar que la institución edilicia demandada no ha procedido a realizar cobro judicial alguno en aras a obtener el pago del monto recién señalado por concepto de permiso de circulación pendiente. Señala que, en consecuencia, ante la pasividad de la demandada en el cobro de su crédito, es que la acción de la I. Municipalidad de La Serena para el cobro del permiso de circulación de los años recién señalados, se encuentra prescrita en vista del cumplimiento del plazo legal de prescripción extintiva especial de 3 años de las acciones a favor y en contra del Fisco y Código: FSFVXTCZXWU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Municipalidades, contando este plazo desde que se hizo exigible el pago de la última cuota de la patente comercial del año 2024. Finalmente, en cuanto a las normas aplicables, cita lo dispuesto en los artículos 2.514 del Código Civil conjuntamente el artículo 2.521, inciso primero del mismo cuerpo legal.

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva de la acción para el cobro de patente comercial, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA, representada legalmente por doña Daniela Norambuena Borgheresi, ambos ya individualizados, acogerla a trámite y, en definitiva: 1. Declarar prescrita la acción que tiene la demandada para perseguir el cobro correspondiente al permiso de circulación, que grava el vehículo ya individualizado, correspondiente a los años 2011 hasta el año 2021, ambos inclusive, según el detalle o liquidación entregada por la misma Municipalidad demandada. 2. Declarar prescrita la acción que tiene la demandada para perseguir el cobro correspondiente al permiso de circulación que, al tiempo de notificación del presente libelo, hayan cumplido el plazo de tres años para perseguir su cobro. Que con fecha 28 de enero de 2025 a folio 5, se tuvo por interpuesta demanda de prescripción extintiva en juicio ordinario de cuantía indeterminada. Que con fecha 07 de marzo de 2025 a folio 8, se notificó por cédula a doña Daniela Norambuena Borgheresi, alcaldesa en Representación de la Ilustre Municipalidad de la Serena. Que con fecha 19 de marzo de 2025 a folio 13, comparece Alison Tapia Pizarro, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de La Serena, contestando la demanda, señalando que se allana a ella, por cuanto efectivamente se trata de un cobro que tiene el carácter de impuesto

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-66-2025 CARATULADO : CORT S/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAÉ SERENA La Serena, siete de abril de dos mil veinticinco Vistos, Que a lo principal de presentación de fecha 09 de enero de 2025 a folio 1, comparece Paula Carolina Cortés Godoy, chilena, casada, comerciante, domiciliada en calle L

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