FIGUEREDO/AR7 SPA
Rol
M-1514-2024
Fecha
20 de febrero de 2025
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS: No se fijan CAUSA A PRUEBA: 1. Fecha y forma del despido, causal invocada. Hecho en que se fundó y efectividad de los mismos. 2. Monto de la remuneración del demandante. 3. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social respecto del mes de diciembre del año 2022. TRIBUNAL ADMITE LA SIGUIENTE PRUEBA OFRECIDA POR LAS PARTES PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Certificado de cotizaciones previsionales de AFP y FONASA. 2. .Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo. 3. Contrato de trabajo de 1 de diciembre de 2022. 4. Liquidaciones de sueldo. 5. Conversación vía WhatsApp . Confesional: Absolvió posiciones don Álvaro Alejandro Levancini, C.I.: 14.206.689-0. PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Contrato de trabajo del demandante. 2. Carta de despido más el Voucher. 3. Recibo de documento más Voucher de envío. 4. Certificado de cotizaciones previsionales del demandante de Previred 5. Liquidaciones de remuneraciones de agosto de 2023 a agosto de 2024. 6. Copia libro asistencia del demandante de septiembre de 2024.- Confesional: Absolvió posiciones el demandante, don JONNH DEIVIS FIGUEREDO PELAYO, N° 33598177-4. Testimonial: Declaró en juicio 1. Wladimir Enrique Huaiqui Romero, C.I, 19.815.675-2, trabajador dependiente.- PERCEPCION DOCUMENTAL: Ofrece dos videos : 1. https://drive.google.com/file/d/ 1hkYj9VHo0NmBQ0mcPNIGCXPV198O4asG/view? usp=drivesdk 2. https://drive.google.com/file/d/ 1hcjpvbbeOw8q_SnBdMayw7qUBTZbvBNK/view? usp=drive OBSERVACIONES A LA PRUEBA Por rendida la prueba, ambas partes formulan observaciones. Téngase presente. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a veinte de febrero del año dos mil veinticinco. VISTO, OIDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente las normas citadas, se resuelve: I.- Que se hace lugar a la demanda interpuesta por JONNH DEIVIS FIGUEREDO PELAYO en contra de AR7 SPA, ambos ya individualizados, declarándose injustificado el despido y condenándose al demandado a pagarle las siguientes sumas: a. $747.500.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.495.000.- por concepto de indemnización por años de servicios. c. $747.500.- por concepto de recargo de 50% de la indemnización por años de servicio. II.- Cada parte pagará sus costas. Las sumas que se ordenan pagar deberán ser con los reajustes e intereses que establece el artículo 173 del código del trabajo, dejándose constancia que el término de la relación laboral se produjo el día 3 de septiembre del año 2024. Las partes se entienden notificadas de todo lo que se ha resuelto. Dirigió y dicto sentencia don FERNANDO ANDRÉS STEHR GESCHE, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Realizada semipresencial) FECHA 20 de febrero de 2025 RUC 24-4-0619342-6 RIT M-1514-2024 MAGISTRADO Fernando Andrés Stehr Gesche Registro de ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Núñez Gutiérrez Audio en HORA DE INICIO 10:53 remoto 1 HORA DE TERMINO 12:21 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440619342-6-1343 DEMANDANTE JONNH DEIVIS FIGUERE
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