INVERSIONES PKKK LTDA/MUNICIPALIDAD LAS CONDES
Rol
C-203-2025
Fecha
1 de abril de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En autos rol C-203-2025 comparece doña Stephanie Paulina Becerra Rojas, abogada, en representación de Inversiones PKK Limitada, representada legalmente por doña Andrea Marcela Godoy Fierro, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque Norte N°107, oficina 22, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo demanda en juicio de prescripción extintiva de la acción de cobro de patentes comerciales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su Alcalde Titular, doña Catalina Sofía San Martín Cavada, ambas domiciliadas en Avenida Apoquindo N°3400, de la comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Explica que en relación a la supuesta deuda devengada entre el segundo semestre del año 2012 y el segundo semestre del año 2021, la acción de cobro se encuentra prescrita, habiendo transcurrido más de tres años desde la fecha en que debió efectuarse el pago al menos respecto del último período, esto es, al día 31 de julio del año 2021, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2521 del Código Civil, en cuanto dispone que prescriben en dicho plazo las acciones a favor y en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de prescripción de cobro de la patente municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes y, en su mérito y disposiciones legales citadas, acogerla declarando la prescripción de las acciones de cobro respecto de la deuda devengada por el no pago de la patente municipal Rol N°524820-5 o lo que esta juez estime pertinente conforme a derecho y equidad, con costas en caso de oposición de la demandada. Código: YLXZXTUQKZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 A folio 7 consta estampado receptorial de fecha 24 de febrero de 2025 que da cuenta de la notificación a la representante l
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparece doña Stephanie Paulina Becerra Rojas, abogada, en representación de Inversiones PKK Limitada, representada legalmente por doña Andrea Marcela Godoy Fierro, interponiendo demanda en juicio de prescripción extintiva de la acción de cobro de patentes comerciales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su Alcalde Titular, doña Catalina Sofía San Martín Cavada, todos ya individualizados, por los fundamentos y con las peticiones reproducidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, la demandada contestó allanándose a la pretensión formulada por la sociedad demandante respecto de las acciones de cobro de las patentes comerciales, conforme a lo ya referido en lo expositivo precedente. Tercero: Que acorde a lo previsto en el artículo 1698 del Código Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta. Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su acción acompañó en forma legal y sin objeción de la contraria: (i) Mediante presentación de folio 1: Copia de documento denominado: “Patentes municipales. Consulta de patentes no pagadas”, por un total de $3.724.700. (ii) Mediante presentación de folio 6: Copia de certificado de deuda de impuestos y derechos municipales, del Departamento de Tesorería de la Municipalidad de Las Condes -valores actualizados al 8/1/2025-, por la suma de $3.724.700. Quinto: Que por su parte la demandada no aportó prueba alguna. Sexto: Que atenta la acción materia de autos, incumbe al interesado impetrar o alegar la prescripción de deudas por concepto de patente comercial, ello porque el artículo 2521 del Código Civil, referido a aquellas prescripciones presuntivas de pago contempladas en el párrafo 4° del título XIII de dicho cuerpo Código: YLXZXTUQKZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 legal, establece que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Por otra parte, el artículo 2493 del mismo código señala que quien quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, no pudiendo el Juez declararla de oficio. Así, las acciones para exigir el pago de los tributos por pago de patente comercial prescriben en el plazo de tres años, requiriéndose una declaración judicial que establezca que ha operado este modo de extinguir las acciones y derechos, de modo que debe ser alegada por aquel en cuyo favor se establece, y ser declarada judicialmente. Séptimo: Que en estas condiciones, alegada la prescripción extintiva por Inversiones PKK Limitada, debidamente representada, corresponde analizar si las acciones que pretende aquella sean declaradas como prescritas cumplen con las exigencias legales que permitan tal declaración. Así, del estudio de estos autos aparece que a la fecha de notificación de la demanda, aca
Fallo
Por estas consideraciones y además, lo previsto en los artículos 44, 160 y 170 del Código de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2521 y 2493 del Código Civil, se declara que: I.- Se acoge la demanda de prescripción extintiva y se declara extinguida la acción de cobro respecto de derechos por concepto de patente municipal de Inversiones PKK Limitada, por el período que media entre el 30 de septiembre del año 2012 hasta el 31 de julio del año 2021, inclusive, así como la extinción de los recargos, multas y accesorios que correspondan al período antes referido, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Código: YLXZXTUQKZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, uno de abril de dos mil veinticinco Código: YLXZXTUQKZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-01T12:31:32-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-203-2025 CARATULADO : inversiones pkkk ltda/MUNICIPALIDAD LAS CONDES Santiago, uno de abril de dos mil veinticinco Vistos: En autos rol C-203-2025 comparece doña Stephanie Paulina Becerra Rojas, abogada, en representación de Inversiones PKK Limitada, representada legalmente por doña Andrea
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