Juzgado de Letras y Gar.de Santa Juana

BELMAR/MONTECINOS

Rol

C-153-2024

Fecha

31 de marzo de 2025

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1.° Que, con fecha 20 de noviembre de 2024, comparece doña Pamela del Rosario Paredes Martínez, abogada, domiciliada en Alameda 105, comuna de Santa Juana, en representación de doña Veronica Margarita Belmar Couchot, doña Ximena del Carmen Belmar Couchot, doña Carmen Angélica Belmar Couchot y doña Mónica Ludovina Belmar Couchot, solicitando se designe por el tribunal un juez partidor que efectúe la partición de la comunidad que lo une con don Alex Iván Iturra Vergara, ingeniero forestal, domiciliado en Yungay 273, Santa Juana; doña Fresia Ana Montecinos Sanzana, empleada, domiciliada en Las Rosas 1617 casa 22, Huertos Familiares, San Pedro de la Paz; don Guillermo Enrique Gonzalo Benavente Couchot, empresario, domiciliado en Luis de Toledo 122, Villa San Pedro de la Paz, San Pedro de la Paz; don Jaime Humberto Del Campo Couchot, jubilado, domiciliado en René Amengual 1534, Villa Springhill, San Pedro de la Paz; don Juan Manuel Jorge Francisco Benavente Couchot, empresario, domiciliado en Luis de Toledo 122, Villa San Pedro de la Paz, San Pedro de la Paz; don Lionel Alejandro Arratia Hernández, microempresario, domiciliado en calle Alameda 136-A, Santa Juana; doña Lucinda Gregoria Durán Guzmán, labores de casa, con domicilio en Alameda 101 interior, Santa Juana; doña María Rosalina De Fátima Benavente Couchot, labores de casa, domiciliada en Luis de Toledo 122, Villa San Pedro de la Paz, San Pedro de la Paz; don Patricio Leonardo Del Campo Valencia, empleado, domiciliado en Maitencillo 218 Villa Costa Pacífico, San Pedro de la Paz; y don Patricio Renán Mendoza Hidalgo, empleado, domiciliado en calle Las Rosas 1617, casa 22, Huertos Familiares, San Pedro de la Paz, conforme con los fundamentos de hecho y de derecho que indica en su demanda. 2.° Que, con fecha 6 de enero de 2025, se citó a las partes a audiencia de designación de juez partidor, para el día 7 de febrero de 2025 a las 10:00 h, bajo apercibimiento legal. Dicha audiencia fue debidamente notificada a todos los demandados, conforme consta en el expediente. 3.° Que, la referida audiencia se llevó a cabo con la asistencia de la abogada de la peticionaria doña Pamela del Rosario Paredez Martinez, el demandado Lionel Alejandro Arratia Hernández, sin asistencia letrada y por los Código: QUKSXTVGBKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl restantes demandados los abogados Jenaro Iván Murillo Sánchez y Félix Leonardo Millán Flandes, con excepción del demandado Alex Iván Iturra Vergara quien se encuentra en rebeldía. 4.° Que, con fecha 11 de marzo de 2025, el tribunal citó a las partes a oír sentencia.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 414, en relación con el artículo 415, ambos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que se designa juez partidor al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, don Reynaldo Andrés Plaza Montero, a objeto de llevar adelante la partición de la comunidad habida entre doña Veronica Margarita Belmar Couchot, doña Ximena del Carmen Belmar Couchot, doña Carmen Angélica Belmar Couchot, doña Mónica Ludovina Belmar Couchot, don Alex Iván Iturra Vergara, doña Fresia Ana Montecinos Sanzana, don Guillermo Enrique Gonzalo Benavente Couchot, don Jaime Humberto Del Campo Couchot, don Juan Manuel Jorge Francisco Benavente Couchot, don Lionel Alejandro Arratia Hernández, doña Lucinda Gregoria Durán Guzmán, doña María Rosalina de Fátima Benavente Couchot, don Patricio Leonardo Del Campo Valencia y don Patricio Renán Mendoza Hidalgo. Notifíquesele conforme con lo señalado en el artículo 56 del Código de Procedimiento Civil, al correo electrónico consignado en la nómina de la Ilma. Corte de Apelaciones de Concepción, rplaza@phr.cl, para la aceptación del cargo y juramento de rigor. Cúmplase a través del sistema informático SITCI. Notifíquese a la demandante y a los demandados que hubieren designado correo electrónico, por esta vía. Cúmplase a través del sistema informático SITCI. Atendido el mérito de lo establecido en los artículos 49 y 53 del Código de Procedimiento Civil, notifíque

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Santa Juana CAUSA ROL : C-153-2024 CARATULADO : BELMAR/MONTECINOS Santa Juana, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. Visto y considerando: 1.° Que, con fecha 20 de noviembre de 2024, comparece doña Pamela del Rosario Paredes Martínez, abogada, domiciliada en Alameda 105, comuna de Santa Juana, en representación de doña

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