16º Juzgado Civil de Santiago

SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACIÓN DE CREDITOS COMERCIALES S.A./FERNÁNDEZ

Rol

C-6814-2024

Fecha

31 de marzo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, fecha 12 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do a Hedyñ Matthei Fornet, domiciliada en calle Miraflores N 130, piso N 27, comuna° ° de Santiago, en representaci n de la sociedad Servicios Financieros yó Administraci n de Cr ditos ó é Comerciales S.A, representadas legalmente por los se ores Mar a Bel n Encalada y don Adri n Enrique Alarc n Beltr n,ñ í é á ó á domiciliados en calle Miraflores N 130, piso N 27, comuna de Santiago,° ° quienes deducen acci n ejecutiva en contra don Jorge Arturo Fern ndezó á Rojas, domiciliado en pasaje 10 oriente N 8082, comuna de La Granja.° Que, con fecha 30 de julio de dos mil veinticuatro, comparece el ejecutado, quien opone las excepciones de los numerales 14, 7 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que, con fecha 9 de diciembre de dos mil veinticuatro, se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 3 de marzo de dos mil veinticinco, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece do a Hedy Matthei Fornet, enñ representaci n de la sociedad Servicios Financieros y Administraci n deó ó Código: DXCNXTXTEGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6814-2024 Foja: 1 Cr ditos Comerciales S.A, quien deducen acci n ejecutiva en contra doné ó Jorge Arturo Fern ndez Rojas, todos ya individualizados.á Comenta que su representada es due a del pagar suscrito por lañ é suma de $7.456.867 pesos, con fecha de vencimiento el 19 de marzo de dos mil veinticuatro, por apoderados de los litigantes, en virtud del contrato de apertura de l nea de cr dito.í é La contraria no pag su totalidad al momento del vencimiento,ó debiendo considerarse los intereses pactados y devengados, equivalente a los m ximos convencionales para operaciones de cr dito de dinero noá é reajustable. Se libr de la obligaci n de protesto, adem s de poseer firmaó ó á autorizada ante notario. Por ello, es que se est ante un t tulo ejecutivoá í perfecto, actualmente exigible, l quido y no prescrito.í Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Jorge Arturo Fern ndez Rojas, y en definitiva, se ordeneá despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $7.456.867ó pesos, m s intereses y costas.á Segundo: Que, la ejecutada opone las excepciones de los numerales 14, 7 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, estas son: laí ó nulidad de la obligaci n, La falta de alguno de los requisitos o condicionesó establecidos por las Leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado y la concesi n de esperas oó ó la pr rroga del plazo.ó Tercero: Que, a efectos de acreditar sus dichos, la actora acompa añ en tanto prueba instrumental los siguientes documentos. I. Pagar objeto de la ejecuci n.é ó II. Contrato de Apertura de L nea de Cr dito, Regulaci n de Usoí é ó de Tarjetas de Cr dito y Servicios Adicionales. Condicionesé Particulares. Código: DXCNXTXTEGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6814-2024 Foja: 1 Cuarto: Que, la demandada no acompa diligencia probatoriañó alguna. Quinto: Que, en relaci n con la excepci n de nulidad, el apoderadoó ó de la ejecutada argumenta que reconoce la existencia de un mandato para la suscripci n de t tulos de cr dito por apoderados de la ejecutante.ó í é Ahora bien, en la ejecuci n de este, se habr an excedido de lasó í facultades expresamente conferidas por su representado, toda vez que no otorg la posibilidad de librar de protesto del pagar , as como autorizar laó é í firma ante notario p blico, siendo ellas facultades especiales que se tienenú que otorgar de manera expresa por el mandante. As las cosas, habiendo actuado el mandatario en contrariedad a losí intereses del mandante, no encontr ndose expresamente facultado para ello,á es que los t tulos de cr dito le son inop

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 3 de marzo de dos mil veinticinco, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, comparece do a Hedy Matthei Fornet, enñ representaci n de la sociedad Servicios Financieros y Administraci n deó ó Código: DXCNXTXTEGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6814-2024 Foja: 1 Cr ditos Comerciales S.A, quien deducen acci n ejecutiva en contra doné ó Jorge Arturo Fern ndez Rojas, todos ya individualizados.á Comenta que su representada es due a del pagar suscrito por lañ é suma de $7.456.867 pesos, con fecha de vencimiento el 19 de marzo de dos mil veinticuatro, por apoderados de los litigantes, en virtud del contrato de apertura de l nea de cr dito.í é La contraria no pag su totalidad al momento del vencimiento,ó debiendo considerarse los intereses pactados y devengados, equivalente a los m ximos convencionales para operaciones de cr dito de dinero noá é reajustable. Se libr de la obligaci n de protesto, adem s de poseer firmaó ó á autorizada ante notario. Por ello, es que se est ante un t tulo ejecutivoá í perfecto, actualmente exigible, l quido y no prescrito.í Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Jorge Arturo Fern ndez Rojas, y en definitiva, se ordeneá despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $7.456.867ó pesos, m s intereses y costas.á Segundo: Que, la

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C-6814-2024 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6814-2024 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACI N DE CREDITOS COMERCIALES S.A./FERN NDEZÓ Á Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco Vistos: Que, fecha 12 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do a Hedyñ Matthei Fornet, domiciliada en calle Miraf

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