2º Juzgado de Letras de Buin

GÁRATE/PERLITZ

Rol

C-1490-2024

Fecha

28 de marzo de 2025

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 984 y siguientes, 1317 y siguientes del Código Civil; 222 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales; 414, 415, 416, 417 y 646 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; SE DECLARA: Que, se designa en calidad de Juez Árbitro a don Cristóbal Enrique Martínez Rosenfeld, domiciliado en Ahumada 370, oficina 502, Santiago Centro, teléfono: 978518244, correo electrónico: cemartir@uc.cl. Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes, para que dentro de tercero día deduzcan su oposición, si tienen alguna incapacidad legal que reclamar contra el nombrado. Vencido este plazo sin que se formule oposición, se entenderá aceptado el nombramiento, y una vez esto, notifíquese la designación al Árbitro antes individualizado, a fin de que emita pronunciamiento de la aceptación o rechazo del cargo. En la afirmativa de la primera, deberá prestar juramento de desempeñar fielmente el cargo y con prontitud. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco Código: LUCFXTCVLLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:cemartir@uc.cl Código: LUCFXTCVLLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-28T12:59:23-0300

Fallo

SE DECLARA: Que, se designa en calidad de Juez Árbitro a don Cristóbal Enrique Martínez Rosenfeld, domiciliado en Ahumada 370, oficina 502, Santiago Centro, teléfono: 978518244, correo electrónico: cemartir@uc.cl. Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes, para que dentro de tercero día deduzcan su oposición, si tienen alguna incapacidad legal que reclamar contra el nombrado. Vencido este plazo sin que se formule oposición, se entenderá aceptado el nombramiento, y una vez esto, notifíquese la designación al Árbitro antes individualizado, a fin de que emita pronunciamiento de la aceptación o rechazo del cargo. En la afirmativa de la primera, deberá prestar juramento de desempeñar fielmente el cargo y con prontitud. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco Código: LUCFXTCVLLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:cemartir@uc.cl Código: LUCFXTCVLLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-28T12:59:23-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Buin CAUSA ROL : C-1490-2024 CARATULADO : GÁRATE/PERLITZ Buin, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco Atendido el mérito de audiencia de fecha 31 de enero de 2025 a folio 46, y visto lo dispuesto en los artículos 984 y siguientes, 1317 y siguientes del Código Civil; 222 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales; 414, 415, 4

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