FIGUEROA/CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L.
Rol
O-45-2024
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
Costas, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en la demanda salvo aquellos que expresamente reconozca. Expresamente niega lo siguiente: 1.- No es efectivo que exista relación de co-empleador entre mi representada y el demandado principal y mucho menos con Cristián Pezo Campos. 2.- No es efectivo que mi representada mantenga el mismo domicilio que el demandado principal y mucho menos con Cristián Pezo Campos. 3.- No es efectivo que mi representada mantenga el mismo giro o giro complementario con el demandado principal y mucho menos con Cristián Pezo Campos. 4. No es efectivo que mi representada mantenga patrimonios conjuntos o que exista una confusión patrimonial con el demandado principal ni con Cristián Pezo Campos. 5.- No existe ninguna apariencia que signifique la existencia de una única empresa entre mi representada y el demandado principal ni tampoco existe o existió entre mi representada y el resto de los demandados coordinación para alcanzar objetivos comunes y complementariedad de funciones. . II.- ANTECEDENTES EN RELACION A SU REPRESENTADA: Su representada es profesora de educación primaria y como tal tiene inicio de actividades bajo el rol 854902, “Servicios Personales de Educación”; ha residido desde hace más de 20 años en la Quinta Región, ciudad de Viña de Mar y se encuentra jubilada desde el año 2009, teniendo actualmente la edad de 81 años. III.- CONTESTACION 1.- Solicita el total y completo rechazo de la demanda
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece DAYAN NARANJO TAPIA, Abogada, actuando en representación según se acreditará de don IBRAHIM FIGUEROA VARELA, venezolano, desempleado, soltero, cédula de identidad N°27.199.651-9, ambos con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat 461, Oficina 501, Antofagasta, e interpone demanda en procedimiento de aplicación general de declaración de unidad económica en contra de CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L. (ALBA DELL PEZZO EIRL), R.U.T.: 76.935.504-9, representada legalmente por don Cristian Pezo Campos, cedula de identidad N°12.226.194-8, desconozco profesión u oficio, o por quien lo represente a la época de presentación de la demanda en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio para estos efectos en calle Lumaco #01509, Antofagasta, y solidariamente en contra de CRISTIAN PEZO CAMPOS, cedula de identidad N°12.226.194-8, desconozco profesión u oficio, con domicilio para estos efectos en calle Lumaco #01509, Antofagasta, y solidariamente en contra de SILVIA CAMPOS MUÑOZ, cedula de identidad N°4.591.805-k, desconozco profesión u oficio, con domicilio para estos efectos en calle Lumaco #01509, de la comuna de Antofagasta. Funda su pretensión en que con fecha 04 de septiembre de 2019 el actor comienza relación laboral con la demandada principal, sin embargo, sólo suscribe contrato de trabajo a partir del 23 de septiembre de 2019, el mismo tenía vigencia indefinida. La labor que desempeñaba el actor era la de “Ayudante de peluquería y servicios caninos”. La remuneración alcanzaba la suma de $515.000 siendo ésta la suma que debe servir de base para el cálculo de indemnizaciones conforme lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Con fecha 23 de noviembre de 2021, el actor presenta carta de renuncia a su empleador, la cual se hacía efectiva a partir del 22 de noviembre de 2021. Actualmente, en causa RIT: C-24-2023, caratulada “FIGUEROA/ALBA DELL PEZZO EIRL.”, se tramita causa de cobranza laboral, ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta, cuyo ejecutante es don IBRAHIM FIGUEROA VARELA y el ejecutado es CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L. (ALBA DELL PEZZO EIRL), en donde se persigue al ejecutado por la suma ascendente a $1.602.190.- debidamente reajustada y con intereses devengados conforme lo dispone el artículo 63 y/o artículo 173 del Código del Trabajo monto que deriva de sentencia firme y ejecutoriada dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, de fecha 20 de diciembre de 2022 en causa RIT O438-2022. Dicha tramitación ejecutiva deriva del no pago de sentencia definitiva firme y ejecutoriada en causa RIT O-438-2022 caratulada “FIGUEROA/ALBA DELL PEZZO EIRL.” En donde se perseguía el pago de prestaciones laborales por el término de la relación laboral, las cuales se componían de sumas por conceptos de feriado legal, feriado proporcional y horas extras. Que, consul
Fallo
por estas personas, quien respecto de su accionar diario se conducen como un solo empleador o co-empleadores, era proporcionarse de un escenario que le permitiese sortear y evadir sus obligaciones, contractuales y legales, pues, CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L. (ALBA DELL PEZZO EIRL), CRISTIAN PEZO CAMPOS y SILVIA CAMPOS MUÑOZ tienen igual domicilio ubicado en Lumaco #01509, Antofagasta, siendo percibidas por trabajadores y público en general como una sola entidad, como también se manifiesta a través del vínculo familiar de madre e hijo entre los demandados CRISTIAN PEZO CAMPOS y SILVIA CAMPOS MUÑOZ, lo que permitía contraer simultáneamente y con diversas personas obligaciones que finalmente eran soportadas por la empresa que ambos dirigían, correspondiente a la demandada principal CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L. (ALBA DELL PEZZO EIRL). En efecto, nos encontramos frente a un grupo laboral de empresas con una dirección común de trabajo, en tanto se dan, para el caso en comento, todos los elementos que permiten configurar a todas las empresas como una entidad única, que cumple íntegramente, con los presupuesto de la co-empleaduría o los establecidos en el artículo 3° de nuestro Código del Trabajo, que a este respecto dispone: “Dos o más empresas serán consideradas como un solo empleador para efectos laborales y previsionales, cuando tengan una dirección laboral común, y concurran a su respecto condiciones tales como
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PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Ordinario. DEMANDANTE: IBRAHIM TEOTIMO FIGUEROA VARELA. DEMANDADA: CRISTIAN PEZO CAMPOS SERVICIOS EDUCACIONALES Y CANINOS E.I.R.L.. RIT: O-45-2024 RUC: 24- 4-0540865-8 ___________________________________________________________/ Antofagasta, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece
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