SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO/
Rol
V-533-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que en estos autos rol V-533-2024, se presenta don Marcelo Antonino Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 10.703.661-K, correo electrónico marcelo@voma.cl, en representación, de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT Nº 76.120.713-K, ambos domiciliados para estos efectos, en calle Burgos Nº 278, Depto. 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. Solicita se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “GRAVATA 2” presentado con fecha 27 de noviembre de 2024, solicitándose una superficie de 300 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería. Acredita su personería para representar a la SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO, mediante escritura pública de fecha 12 de mayo de 2020, otorgada en la Notaría de San Antonio de don Jenson Aaron Kriman Nuñez, copia autorizada que se acompaña a estos autos.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don Marcelo Antonino Olivares Cabrera, en representación, de la SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO, ya individualizados, con fecha 27 de noviembre de 2024 y anotado en informe de registro de minas bajo el folio N° 479, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es el V-533-2024. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 1475 Nº 765 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, correspondiente al año 2024; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 44.025, de fecha 16 de diciembre de 2024, en el que consta la publicación del pedimento referido. Código: WXTCXTYXKSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Vallenar, Sierra o lugar: sector de Vallenar y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro son los siguientes: Vértice Norte Este Punto Medio 6.798.500,00 m. 327.500,00 m. V1 6.800.000,00 m. 327.000,00 m. V2 6.800.000,00 m. 328.000,00 m. V3 6.797.000,00 m. 328.000,00 m. V4 6.797.000,00 m. 327.000,00 m. CUARTO: Que a folio 10 y conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería con fecha 18 de marzo de 2025, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe Ordinario N° 670, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y planos de la referida concesión denominada “GRAVATA 2”, Rol Nacional 20010-0840-7, se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la Ley y ésta queda comprendida dentro de terreno pedido. QUINTO: Así de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el 27 de noviembre de 2024 se solicita se constituya la concesión de exploración. SEXTO: Que en referido pedimento se señala que la concesión solicitada abarcará una superficie total de 300 hectáreas, bajo el nombre de “GRAVATA 2” y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere que éste abarcará en definitiva una superficie de 300 hectáreas. SÉPTIMO; Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidades que lo anulen por lo que se deberá acoger la solicitud de autos, como se dirá en la parte resolutiva de este fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 112, 112 Bis, de la Ley 18.248, del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento y Ley 21.420 y 21.649 que introducen modificaciones al Código de Minería, SE DECLARA: Código: WXTCXTYXKSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE APRUEBA EL PLANO Y SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “GRAVATA 2”, la que cubre una superficie total de 300 (trescientas) hectáreas, en favor de la SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO, representada por don Marcelo Antonino Olivares Cabrera ya individualizados. Publíquese extracto dentro de plazo legal. Entréguese por el interesado plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Agréguese el tercero a los autos. Requiérase la inscripción de la presente sentencia en la forma y plazo que indica el artículo 89 del Código de Minería, y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Vallenar. Retírese por el interesado documentos custodiados, bajo apercibimiento de destruirse en el plazo de 3 meses contados desde que esta resolución quede ejecutoriada. Anótese y notifíquese por el estado diario la presente sentencia. Regístrese y obténgase las copias del sistema de tramitación digital, en su oportunidad. Dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. En V
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-533-2024 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VALLENO/ Vallenar, veintisiete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Que en estos autos rol V-533-2024, se presenta don Marcelo Antonino Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 10.703.661-K, correo electrónico
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