Juzgado de Letras y Garantía de Quintero

FERNANDEZ/AGRAMONTE

Rol

O-84-2023

Fecha

14 de febrero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 4 de diciembre de 2023, comparece don José Venancio García Aular, venezolano, soldador, cédula de identidad venezolana 1719105, con domicilio en Avda. Argentina 891, Quintero, quien interpone demanda por despido injustificado, sin causa legal, cobro de prestaciones e indemnizaciones legales y nulidad del despido, con declaración de la relación laboral, en Procedimiento Ordinario, en contra de su ex empleador don Jayder Agramonte Castillo, cédula de identidad 26.823.191-9, factor de comercio, con domicilio en Barros Lucos Con Balmaceda 211, Comuna de Quintero y de forma solidaria o subsidiaria, según corresponda, de conformidad al artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de: 1) doña Rosa María Garfe Jarufe, factor de comercio, cédula de identidad 4.218.889-1, domiciliada en Piloto Alcayaga 1810, comuna Quintero, 2) de don Eduardo Atala Garfe Jarufe, factor de comercio, cédula de identidad 3.399.183-5, domiciliado en Lord Cochrane N° 101, comuna Quintero, 3) don Francisco Javier Garay Garfe. factor de comercio, 13.333.143-3, domiciliado en Av. Vicuña Mackenna 1408, comuna Quintero, 4) Garfe y Garay Limitada, , empresa del rubro de su denominación, RUT 76.013.978-5, representada legalmente por don Francisco Javier Garay Garfe, factor de comercio, cédula de identidad 13.333.143-3, o por quien haga sus veces conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio para estos efectos en Av. Vicuña Mackenna n°1505, comuna Quintero, 5) Sociedad Inmobiliaria Garay y Garay Limitada, del rubro de su denominación, RUT 76.425.339-6, representada legalmente por don Francisco Javier Garay Garfe, factor de comercio, cédula de identidad 13.333.143-3, o por quien haga sus veces conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio para estos efectos en Estrella de Chile n°835, comuna y 6) Inversiones Las Darsenas S.A., empresa del rubro de su denominación, RUT 76.329.

Fundamentos

considerandos precedentes. Duodécimo: Que sin perjuicio de que la demandante fue vencida en todas sus alegaciones, estima este juez, que aquella parte tuvo motivo plausible para litigar, razón por la cual se le exime del pago de costas de la causa.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1 y siguientes, 7 y siguientes, 168, 162, 425 y siguientes, 453, 454 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se acogen las excepciones de falta de legitimación pasiva, incoadas por los demandados Garfe y Garay Limitada y Sociedad inmobiliaria Garay y Garay Limitada. II.- Que se rechaza en todas sus partes la acción principal promovida por el don José Venancio García Aular en contra de don Jayder Agramonte Castillo, ambos ya individualizados. III.- Que se rechaza en todas sus partes la acción solidaria promovida por el don José Venancio García Aular en contra doña Rosa María Garfe Jarufe, don Eduardo Atala Garfe Jarufe, don Francisco Javier Garay Garfe, y de las sociedades Garfe y Garfe Limitada, Inmobiliaria Garay y Garay Limitada e Inversiones Las Darsenas S.A. IV.- Que no se condena en costas a la parte demandante. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT O-84-2023 RUC 23-4-0532451-2 Dictada por Christian Vera Lobos, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Quintero.

Texto Completo (Preview)

Quintero, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 4 de diciembre de 2023, comparece don José Venancio García Aular, venezolano, soldador, cédula de identidad venezolana 1719105, con domicilio en Avda. Argentina 891, Quintero, quien interpone demanda por despido injustificado, sin causa legal, cobro de prestaciones e indem

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