3º Juzgado de Letras de Calama

GODOY/GARAY

Rol

C-3186-2023

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Con fecha13 de enero de 2023 (folio 1), compareci don ó Sebasti ná Gonz lez Aguilera,á abogado, en representaci n de don ó ROBINSON PATRICIO GODOY CORTEZ, pensionado, domiciliado en calle Jos Miguel Carrera N°4576é de Calama y dedujo demanda declarativa de obligaci n de rendici n de cuentas enó ó contra de do a ñ NANCY ADRIANA GARAY S NCHEZÁ , due a de casa,ñ domiciliada en calle Jos Miguel Carrera N°4579 de Calama, en su calidad deé nica heredera de don ú WLADIMIR DE LA CRUZ ARAYA OLIVARES (Q.E.P.D.), solicitando que, en definitiva, se ordene a la demandada a presentar su cuenta de administraci n del mandato celebrado por su parte y Araya Olivares,ó acompa ando la documentaci n necesaria, dentro de quinto d a o el plazo que elñ ó í Tribunal determine, bajo apercibimiento legal, con costas. Indic que su parte compr el inmueble de calle Jos Miguel Carreraó ó é N°4576 el d a 03 de junio de 1988. Luego, en 2011 y 2012 su familia pas porí ó problemas econ micos por lo que vendi su casa a don Enzo lvarez quien eraó ó Á pareja de su hija Andrea Godoy Ardiles con fecha 31 de mayo de 2012, con el solo objetivo de obtener liquidez, dado que su intenci n final era readquirir laó propiedad, sin embargo, el inmueble fue embargado y rematado en la causa Rol C- 405-2015 del Primer Juzgado de Letras de El Loa-Calama, siendo adjudicado con fecha 02 de mayo de 2016 a do a Luisa Elvira Salinas Contreras por la suma deñ $26.692.981.-. Sostuvo que su parte con don Wladimir Araya manten an una amistad deí m s de 28 a os, por lo que aqu l le ofreci recomprar la propiedad a favor delá ñ é ó actor, lo que efectu el d a 20 de julio de 2016 por la suma de $77.000.000.-.ó í Compra que se realiz bajo la figura de mandato a nombre propio, ya que Arayaó pagar a el valor de la casa con su patrimonio y el actor se compromet a aí í restituirle los fondos con intereses, bajo la condici n de transferirse la propiedadó Código: KXZZXTSPXFX Este documento tiene firma electrónica y su origin

Fundamentos

considerando que registra dos demandas ejecutivas bancarias. Agreg que el actor yó familia en mayo de 2018 a septiembre de 2022 adquirieron una serie de veh culosí y camiones por sobre los $30.000.000.-. Sobre los documentos suscritos por la hija del actor do a Andrea Godoyñ Ardiles refiri que el d a 28 de noviembre 2019 solicit pr stamo poró í ó é $19.000.000.- y luego el 06 de diciembre otro por $25.650.000.-. Luego, por el no pago de estos dineros su parte dedujo acciones judiciales. Agreg que losó fundamentos expuestos son falsos y pretenden crear una historia con el objetivo de evitar el cumplimiento de sus obligaciones, asil ndose en una serie de herramientasá judiciales como es la medida precautoria innominada decretada en el proceso. Reafirm que don Wladimir Araya jam s se ofreci a recomprar laó á ó propiedad a favor del actor y menos ejecut dicho encargo a su nombre. Laó decisi n de adquirir el inmueble fue exclusivamente propia de don Wladimir, sinó ning n tipo de intervenci n del se or Godoy y el nico acercamiento que tuvo esteú ó ñ ú respecto de ese inmueble fue tomarlo en arrendamiento, contrato que tampoco se dign a cumplir. ó En subsidio, en caso de que se estime la existencia del contrato de mandato alegado solicit considerar que el mandato ha terminado por la muerte deló mandante o mandatario, advirtiendo que tampoco existe la estipulaci n que exijaó que sus herederos o c nyuge contin e con dicho encargo y rinda cuenta.ó ú Por ltimo, aleg la ú ó excepci n de prescripci n extintivaó ó de la acci n deó rendici n de cuentas, pues han transcurrido m s de 7 a os de la fecha de encargoó á ñ que tendr a su origen con la suscripci n del contrato de compraventa. En cuanto alí ó pago de las costas, indic que debe ser rechazada pues de la lectura de los hechosó queda en evidencia que su parte ha tenido fundamento plausible para litigar y defenderse. 3.- Acto seguido se llam a las partes a conciliaci n, la que se tuvo poró ó frustrada. 4.- Con fecha 12 de diciembre de 2024 (folio 15), se recibi la causa aó prueba, rindi ndose la que obra en el proceso.é 5.- Con fecha 17 de marzo de 2025 (folio 111), se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: Código: KXZZXTSPXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3186-2023 I.- TACHA DE TESTIGOS: PRIMERO: Fundamento tacha.- Con fecha 28 de marzo de 2024 (folio 38) el actor tach a la testigo ó Elizabeth Deysi Reyes Cruz en virtud de las causales N°6 y N°7 del art culo 358 del C.P.C., en raz n a que ha se alado unaí ó ñ parcialidad al desear que la demandada gane el juicio y esto hace presumir una amistad de la deponente con la parte que la presenta a declarar. SEGUNDO: Fundamentos de traslado.- En su traslado el demandado solicit el rechazo de la tacha, pues solo se consult a la testigo respecto a quienó ó quer a que ganase el juicio, pero no respecto al motivo de dicho inter s, de estaí é forma la consulta formulada no es ant

Fallo

se declara queó se tendr nicamente por reconocido que don Wladimir Araya firm losá ú ó documentos que se impugnaron y escribi en cada uno de ellos su nombre yó n mero de r.u.n., pero no el contenido restante de cada instrumento, puesto que elú actor reconoce que fueron llenados por su parte seg n consta de su presentaci n deú ó fecha 15 de abril de 2024, p gina 3, en el que confiesa que á “[…] el se orñ ARAYA escribi de su pu o y letra es su nombre, RUT y firma, m s no eló ñ á contenido de los recibos, que era llenado por mi representado”. III.- EN CUANTO AL FONDO DEL ASUNTO: OCTAVO: Hechos aceptados.- Son hechos sobre los cuales no versa discusi n que la demandada Nancy Garay era c nyuge de don Wladimir Araya yó ó actualmente es su heredera abintestato; que don Wladimir Araya Olivares adquirió con fecha 20 de julio de 2016 la propiedad de calle Jos Miguel Carrera N°4576é de Calama por la suma de $77.000.000.-; con fecha 21 de enero de 2016, el actor Godoy suscribi un pagar en favor de don Wladimir Araya Olivares por la sumaó é de $35.000.000.- que pagar a en 25 cuotas de $1.400.000.- cada una, a contar delí d a 25 de marzo de 2016; con fecha 29 de mayo de 2017, el actor Godoyí suscribe un segundo pagar a favor de don Wladimir Araya Olivares, por la sumaé de $35.000.000.- pagaderos en 25 cuotas de $1.400.000.- cada una, a contar del d a 24 de julio de 2017; con fecha 19 de junio de 2019, el actor Godoy suscribií ó a favor de Araya Olivares un tercer pagar por la suma de $27.

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C-3186-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : C-3186-2023 CARATULADO : GODOY/GARAY Calama, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: 1.- Con fecha13 de enero de 2023 (folio 1), compareci don ó Sebasti ná Gonz lez Aguilera,á abogado, en representaci n de don ó ROBINSON PATRICIO GODOY CORTEZ, pensionado, domiciliado en calle Jos Miguel C

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