1º Juzgado de Letras de Los Andes

AGROINDUSTRIAL SURFRUT LIMITADA/SOTO

Rol

C-1343-2024

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

COMODATO PRECARIO

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece la abogada Marcela R os Rodr guez, ení í representaci n convencional de ó Agroindustrial Surfrut Ltda., con domicilio para estos efectos, en Suecia N 211, piso 15, oficina 1501,° Providencia, quien deduce acci n de precario en contra de ó H ctor Danielé Soto Vargas, no indica profesi n u oficio, con domicilio en Calle Largaó N 2214, Los Andes.° A folio 14 consta la notificaci n de la demanda.ó A folio 20 consta la realizaci n de la audiencia de contestaci n yó ó conciliaci n, con asistencia de la demandante y de la demandada. ó Se ratificó la demanda. Se tuvo por contestada la demanda. Se efectu ó el llamado a conciliación, que no prosper . ó A folio 21 se recibi la causa a prueba.ó A folio 49 se cit a las partes a o r sentencia.ó í Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, en s ntesis, la demanda se funda en que la sociedadí demandante es due a nica y exclusiva del inmueble ubicado en Calleñ ú Larga N 2214, ° Los Andes, inscrito a fojas 966 vta., n mero 365ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1991 del Conservador deñ Bienes Ra ces de Los Andes.í Agrega que el inmueble se encuentra ocupado por el demandado, sin previo contrato y por mera tolerancia de la demandante, constituy ndose ené precario. Hace presente que el actual ocupante del inmueble es persona conocida para la demandante, sin embargo, no media entre las partes contrato alguno, hecho por el cual se interpone la demanda en su contra, desconociendo el fin con el cual el demandado ocupa la propiedad. Solicita condenar al demandado a la restituci n del inmueble, dentroó de tercero d a de ejecutoriada la sentencia; bajo apercibimiento de lanzarleí con la fuerza p blica, junto con todos los dem s ocupantes, con costas.ú á Segundo: Que, el demandado contesta la demanda, solicitando su rechazo. Se ala que entr a trabajar a la Empresa Agroindustrial Surfrutñ ó Ltda. en enero del a o 2004, como cuidador del inmueble de propiedad deñ la empresa ubicado en Calle Larga N 2214, Comuna de Calle Larga.° Dentro de sus funciones contemplaba el cuidado del terreno y los bienes muebles u otras especies que en l se encontraban. Indica que el cuidadoé del terreno significaba vivir en la propiedad de lunes a domingo, para eso la empresa accedi a que personalmente hiciera uso y habitaci n de unó ó Código: XJXNXTWXXDN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1343-2024 inmueble ubicado en el frontis de la propiedad y as controlar las entradas yí salidas de camiones y personal de la empresa. Agrega que al inicio de esta relaci n contractual de ndole laboral conó í la demandada, los ingresos de personas y transportes fueron constantes, para ir mermando al paso de los a os, hasta el a o pasado donde sin tenerñ ñ ninguna orden comenzaron a entrar a la propiedad a tomar medidas y realizar perforaciones, momento en que recibi un llamado informando queó deb a dejar entrar dicho personal, sin ninguna otra explicaci n. Adem s,í ó á con el tiempo una abogada le hizo una propuesta en dinero para dejar la propiedad, neg ndose a su oferta y se alando que su se ora se encontrabaá ñ ñ enferma con p rdida total de visi n y otras patolog as, por lo que el hechoé ó í de abandonar la propiedad significaba quedar en la calle. Menciona que solicit una fiscalizaci n a la Inspecci n del Trabajo enó ó ó julio de 2024, N 05/05/2024/279 con el objeto de dejar constancia de su° situaci n laboral y de estos m s de 24 a os de relaci n laboral, siendoó á ñ ó visitado por una fiscalizadora de la Inspecci n del Trabajo, quien tomó ó conocimiento que no se le hab a escriturado el contrato de trabajo, noí exist a un registro de asistencia, no se le hab an pagado cotizacionesí í previsionales, FONASA, AFC, ni

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1698 y 2195 inciso segundo del Código Civil; 144, 160, 170 y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda de precario deducida por Agroindustrial Surfrut Ltda., contra H ctor Daniel Sotoé Vargas, ambos ya individualizados. II.- Que cada parte pagar sus costas.á Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. C-1343-2024 Pronunciada por Fernando Marcos Alvarado Peña, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Código: XJXNXTWXXDN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-21T10:51:49-0300

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C-1343-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-1343-2024 CARATULADO : AGROINDUSTRIAL SURFRUT LIMITADA/SOTO Los Andes, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece la abogada Marcela R os Rodr guez, ení í representaci n convencional de ó Agroindustrial Surfrut Ltda., con domicilio para estos efectos, en Suecia N 211, pi

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