2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

THOMAS/CONSTRUCTORA B Y D SPA

Rol

M-2657-2024

Fecha

11 de febrero de 2025

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la demanda y que, en consecuencia se acoja la demanda en todas sus partes con expresa condenación en costas. Omite recibir la causa a prueba: El Tribunal resuelve, teniendo presente la plausibilidad de los hechos contenidos en la demanda y la rebeldía de la parte demandada, hacer uso de facultad del artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, en el sentido de tener por admitidos tácitamente todos los hechos contenidos en la demanda, por lo no tanto no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omite la recepción de la causa a prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva.   Parte resolutiva: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 162, 168, 173, 499 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que el demandante fue objeto de un despido verbal el día 15 de abril de 2024, y por lo tanto su despido ha sido injustificado, en este punto se le adeudan al actor las siguientes prestaciones: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, $1.113.200.- 2) Feriado proporcional no pagado ni acreditado su compensación, $129.873.- II. Que además de lo anterior, por no haberse pagado las cotizaciones previsionales en las instituciones correspondientes, se declara nulo el despido del actor, y en consecuencia, se seguirán devengando las cotizaciones previsionales del mismo y su remuneración, mientras no se convalide legalmente el despido, a razón de una suma mensual de $1.113.200.- III. Que todas las sumas anteriormente indicadas se pagarán con reajustes e intereses de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se condena en costas a la parte demand

Fallo

se declara: I. Que el demandante fue objeto de un despido verbal el día 15 de abril de 2024, y por lo tanto su despido ha sido injustificado, en este punto se le adeudan al actor las siguientes prestaciones: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, $1.113.200.- 2) Feriado proporcional no pagado ni acreditado su compensación, $129.873.- II. Que además de lo anterior, por no haberse pagado las cotizaciones previsionales en las instituciones correspondientes, se declara nulo el despido del actor, y en consecuencia, se seguirán devengando las cotizaciones previsionales del mismo y su remuneración, mientras no se convalide legalmente el despido, a razón de una suma mensual de $1.113.200.- III. Que todas las sumas anteriormente indicadas se pagarán con reajustes e intereses de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se condena en costas a la parte demandada rebelde en esta audiencia, las cuales se regulan prudencialmente en la suma de $500.000.- Ejecutoriada que se encuentre la presente resolución, cúmplase con los dispuesto en ella, de lo contrario certifíquese lo que corresponda y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para los fines pertinentes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don Gonzalo Figueroa Edwards, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de San

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 RUC 24-4-0582215-2 RIT M-2657-2024 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 10:16 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:23 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO

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