Juzgado de Letras Loncoche

BANCO DEL ESTADO DE CHILE / LEAL

Rol

C-7470-2006

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de abril de 2006 comparece Patricio Dom nguez Rodr guez, en representaci n del Banco del Estado de Chile,í í ó quien deduce demanda ejecutiva en contra de Juan Carlos Leal Obreque, empleador, domiciliado en calle Benjam n Subercaseaux N 327, Loncoche.í ° Expresa que el demandado suscribi el 2 de septiembre de 1999 unó pagar por la suma de 105,123880 ndice valor promedio, adeud ndose laé í á cuota que corresponde al 10 de enero de 2006, por lo que adeuda la cantidad de $2.099.909. Destaca que el pagar en que consta la obligaci n ha sido firmadoé ó ante notario, se trata de una obligaci n l quida, no prescrita y actualmenteó í exigible. Previas citas legales, pide que se despache mandamiento de ejecuci nó y embargo por la suma antes aludida, con costas. SEGUNDO: Que, a folio 36, con fecha 24 de julio de 2024 se notific la demanda ejecutiva, conforme al art culo 44 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, al ejecutado, y fue requerido de pago el 29 del mismo mes y a o.ñ TERCERO: Que, la parte ejecutada opuso la excepci n del art culoó í 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la prescripci n° ó ó extintiva. Refiere que se encuentra en mora la obligaci n desde el d a 10 deó í enero de 2006, motivo por el que, con fecha 03 de agosto del a o 2006, señ present demanda ejecutiva en mi contra por un monto de $2.099.909 m só á intereses. Con todo, si bien el ejecutante ejerci la facultad de hacer efectivaó la exigibilidad total del cr dito al tiempo de presentar la demanda, laé inactividad de este se mantuvo por largos a os, pues la notificaci n delñ ó Código: FCVEXTTKQXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl libelo se efectu el d a 24 de julio de 2024, es decir, dieciocho a os m só í ñ á tarde desde el vencimiento de la obligaci n.ó Previas citas legales, pide que se acoja la excepci n y se rechace laó ejecuci n, con costas.ó CUARTO: Que, conferido traslado, se tuvo por evacuado en rebeld a de la parte ejecutante.í QUINTO: Que, para resolver esta incidencia se debe tener presente que como se indica en la demanda ejecutiva, se busca el cobro de un pagar , en el que el ejecutado se encontraba en mora desde el 10 de eneroé de 2006, y la obligaci n se aceler con la interposici n de dicha demanda eló ó ó 7 de abril de 2006, cobr ndose el total de la obligaci n como si se trataraá ó de un plazo vencido. De esa forma, a la poca en que se notific la demanda ejecutiva, estoé ó es, el 24 de julio de 2024, ha transcurrido con creces el plazo establecido en el art culo 98 de la Ley N 18.902, de modo que corresponde acoger laí ° excepci n.ó

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo prescrito en los art culosá í 1698 del C digo Civil, art culos 144, 434, 464 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que, SE ACOGE la excepci n del art culo 464 N 17 del C digoó í ° ó de Procedimiento Civil deducida por la parte ejecutada, y en consecuencia se rechaza la demanda ejecutiva de folio 1. II. Que, se condena en costas al ejecutante. Reg strese, notif quese por cí í orreo electr nico y arch vese en suó í oportunidad. Rol C-7470-2006 Código: FCVEXTTKQXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Ren n Andr s Lá é at n Quezada, Juez Titular delí Juzgado de Letras de Loncoche. Código: FCVEXTTKQXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-20T12:18:32-0300

Texto Completo (Preview)

Loncoche, veinte de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de abril de 2006 comparece Patricio Dom nguez Rodr guez, en representaci n del Banco del Estado de Chile,í í ó quien deduce demanda ejecutiva en contra de Juan Carlos Leal Obreque, empleador, domiciliado en calle Benjam n Subercaseaux N 327, Loncoche.í ° Expresa que el demandado suscribi el 2 de sep

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