BANCO DE CHILE/ASTABURUAGA
Rol
C-1927-2024
Fecha
19 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, a lo principal, comparecen Gaspar Cortés Moya, Valentina Núñez Parra y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., en representación de Banco de Chile, todos domiciliados para estos efectos en Blanco N°1199, 4° Piso, Of. 41, comuna de Valparaíso, e interponen demanda ejecutiva en contra de Gabriel Ignacio Astaburuaga Alamos, cuya profesión u oficio ignoran, con domicilio en Brasil N°1490, comuna de Valparaíso, por la suma de $18.320.673, más intereses y costas. A folio 9, a lo principal, comparece el ejecutado, Gabriel Ignacio Astaburuaga Alamos, oponiendo cinco excepciones a la ejecución, las contenidas en los N°4, N°7, N°9, N°11, y N°14 del artículo 464 de Código de Procedimiento Civil. A folio 14, el ejecutante evacuó el traslado conferido a folio 13, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. A folio 16, se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. A folio 24, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo principal de folio 1, comparecen Gaspar Cortés Moya, Valentina Núñez Parra y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., en representación de Banco de Chile, todos domiciliados para estos efectos en Blanco N°1199, 4° Piso, Of. 41, comuna de Valparaíso, e interponen demanda ejecutiva en contra de Gabriel Ignacio Astaburuaga Alamos, cuya profesión u oficio ignoran, con domicilio en Brasil N°1490, comuna de Valparaíso, por la suma de $18.320.673, más intereses y costas. Fundan la demanda, en el pagaré suscrito por Sociedad Operadora de Tarjetas de Crédito Nexus S.A., representada por Marcelo Linker Urria, factor de comercio, y este último, a su vez, en representación del deudor, en la suma de $18.320.673, el 21 de Junio de 2.024, cantidad que hasta la fecha del pago efectivo devengaría el interés máximo que permite la ley estipular para operaciones de crédito de dinero no reajustables. Código: XKKXXTXSKNL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sostienen que presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeudándose la cantidad de $18.320.673, más intereses. Finamente, manifiestan que el deudor liberó al Banco de la obligación de protesto, la firma del representante de la sociedad aceptante ha sido autorizada por Notario; la obligación es líquida, actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita.
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. A folio 24, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo principal de folio 1, comparecen Gaspar Cortés Moya, Valentina Núñez Parra y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., en representación de Banco de Chile, todos domiciliados para estos efectos en Blanco N°1199, 4° Piso, Of. 41, comuna de Valparaíso, e interponen demanda ejecutiva en contra de Gabriel Ignacio Astaburuaga Alamos, cuya profesión u oficio ignoran, con domicilio en Brasil N°1490, comuna de Valparaíso, por la suma de $18.320.673, más intereses y costas. Fundan la demanda, en el pagaré suscrito por Sociedad Operadora de Tarjetas de Crédito Nexus S.A., representada por Marcelo Linker Urria, factor de comercio, y este último, a su vez, en representación del deudor, en la suma de $18.320.673, el 21 de Junio de 2.024, cantidad que hasta la fecha del pago efectivo devengaría el interés máximo que permite la ley estipular para operaciones de crédito de dinero no reajustables. Código: XKKXXTXSKNL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sostienen que presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeudándose la cantidad de $18.320.673, más intereses. Finamente, manifiestan que el deudor liberó al Banco de la obligación de protesto, la firma del representante de la s
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1927-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ASTABURUAGA Valpara soí , diecinueve de marzo de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1, a lo principal, comparecen Gaspar Cortés Moya, Valentina Núñez Parra y Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., en representación de Banco de Chile, to
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