7º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/NELSON YEVENES MEDINA INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS E.I.R.L.

Rol

C-19496-2024

Fecha

18 de marzo de 2025

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de febrero de 2024, comparece don Felipe Andr sé Cataldo Moya, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE,ó empresa aut noma de cr ditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo Oó é Higgins N 1111, piso 8 , Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente´ º º General Ejecutivo don Oscar Ra l Antonio Gonz lez Narbona, interponiendo demandaú á de terminaci n inmediata de contrato dó e arrendamiento, por no pago de rentas, en contra de NELSON YEVENES MEDINA INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS E.I.R.L, giro comercial, representada por don Nelson Gabriel Yevenes Medina, como deudora principal, y en contra de don Nelson Gabriel Yevenes Medina, ignora profesi nó u oficio, en su calidad de fiador y codeudor solidario, todos con domicilio en Diagonal Paraguay 481, y en diagonal Paraguay 481 dpto. 66; y en El Alcazar oriente 423 todas en la comuna de Santiago; y en avenida El Alc zar oriente 423, Maip , en base a losá ú

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Se ala que, seg n consta en escritura privada escritura p blica de 21 de ñ ú ú agosto de 2020, otorgado ante el Notario P blico de Santiago don Pablo A. Gonz lez Caama o, elú á ñ Banco del Estado de Chile dio en arrendamiento a NELSON YEVENES MEDINA INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS E.I.R.L, los siguientes bienes: -Un equipo m dico marca s ring, incluye accesorio, nuevo y sin uso. (aspiradoré ö ultras nico marca s ring, modelo sonaca 300 a o 2020) . ó ö ñ ” Indica que las partes convinieron que la duraci n del contrato ser a de 51 meses,ó í contados desde la fecha en que se entreguen los bienes arrendados, oblig ndose elá arrendatario a pagar por concepto de precio del arrendamiento: a) Una renta de $5.690.084.-, m s IVA, que se pag al momento de suscribir elá ó contrato de arrendamiento. b) 48 rentas iguales, mensuales y sucesivas de $1.370.927.-, m s IVA, las que seá pagar n todos los d as 11 de cada mes a partir del 11 de diciembre de 2020.á í Aduce que, conforme se estipul en la cl usula quinta del referido contrato, eló á arrendatario declar conocer las condiciones que establece CORFO, respecto a laó comisi n de uso de la garant a PRO-INVERSION, la cual considera un porcentajeó í Código: FXMEXTQBZHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19496-2024 Foja: 1 anual aplicado sobre el monto de cobertura aprobado e incluido en el monto de las rentas, a la que CORFO tiene el derecho por el otorgamiento de las coberturas PRO- INVERSION en cada operaci n afecta a ella.ó A ade que, se estableci en la cl usula decimos ptima del contrato que, elñ ó á é incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asume el arrendatario y especialmente la falta de pago oportuno de una cualquiera de las rentas pactadas en la cl usula quinta, facultar a al Banco para exigir el pago de todas las rentas vencidas y elá í pago anticipado de todas las rentas pendientes de vencimiento hasta la terminaci n deló contrato, todas las cuales se considerar n de plazo vencido.á Sostiene que, en este caso si todas las rentas fuesen pagadas, el arrendatario conservar a su derecho a ejercer una de las opciones pactadas en la cl usula d cimoí á é sexta, en los mismos t rminos, plazos y condiciones all se aladas.é í ñ Las antedichas opciones son a) devolver los bienes; b) celebrar un nuevo contrato de arrendamiento; o c) adquirir los bienes arrendados. Asevera que se pact tambi n en la cl usula decimonovena del contrato, queó é á cualquier pago que el arrendatario realice con posterioridad a la fecha pactada en el contrato de arrendamiento, dar a derecho al arrendador para cobrar el inter s m ximoí é á que la ley permita estipular, sobre el total de la obligaci n insoluta y hasta la fecha de suó pago efectivo. Indica que, a la fecha, la sociedad arrendataria adeuda las rentas de arrendamiento desde julio de 2024, hasta octubre de 2024 ambos meses incluidos. De acuerdo con lo ex

Fallo

Por lo expuesto, de lo estipulado por las partes en el contrato de arrendamiento y de lo preceptuado en los art culos 262 y 607 del C digo de Procedimiento Civil solicitaí ó tener por interpuesta demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento en contraó del deudor principal NELSON YEVENES MEDINA INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS E.I.R.L, representada por don Nelson Gabriel Y venes Medinaé , y en contra del fiador y codeudor solidario por don Nelson Gabriel Y venes Medina, yaé individualizado, acogerla a tramitaci n, citar a las partes a la audiencia de contestaci n,ó ó conciliaci n, prueba y declarar en definitiva:ó 1) Que se encuentra terminado el contrato de arrendamiento singularizado en lo principal, por no pago de las rentas pactadas. 2) Que la demandada deber pagar a mi representado, las siguientes sumas, yaá que el Banco del Estado de Chile opta por ejercer el derecho contemplado en la letra b) de la cl usula d cimo s ptima á é é del contrato de arriendo. A.- $5.483.708.- m s IVA, por concepto de las rentas impagas yá devengadas, correspondiente a las rentas con vencimiento en julio de 2024, hasta octubre de 2024, m s los intereses moratorios devengados y los que se devenguen hastaá la fecha del pago efectivo. B.- $1.370.927.- m s IVA, correspondiente a las 01 rentas pendientes deá vencimientos hasta la terminaci n del contrato. ó C.-Que el demandado deber pagar las costas judiciales de esta causa. á Código: FXMEXTQBZHL Este documento tiene firma electrónica y su origi

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C-19496-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19496-2024 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/NELSON YEVENES MEDINA INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS E.I.R.L. Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de febrero de 2024, comparece don Felipe Andr sé Cataldo Moya, abogado, domiciliado en

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