1º Juzgado Civil de Concepción

MUTUALIDAD DE CARABINEROS/SAN MARTÍN

Rol

C-7077-2024

Fecha

19 de marzo de 2025

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que en folio 1, con fecha 30 de septiembre de 2024, compareció don Danilo Andrés Piña Herrera, abogado, en representación –según acreditó–de la corporación denominada MUTUALIDAD DE CARABINEROS, persona jurídica del giro de derecho privado, representada legalmente por don René Rodrigo Ureta Toledo, gerente, todos domiciliado en Paseo Bulnes N° 157, Santiago, interponiendo DEMANDA DE COBRO DE PESOS en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de don ROBERTO SAN MARTIN QUIROZ, ex funcionario público, domiciliado en Avenida De Los Lagos N° 713 y/o avenida De Los Lagos N° 703, San Pedro de La Paz. Fundo dicha demanda en que el demandado solicitó a su representada un préstamo de auxilio por $7.000.000, otorgándosele un crédito por dicha cantidad, monto que se pagaría en 60 cuotas, con una tasa de 0,991.- Sostuvo que el deudor sólo realizó el pago de 33 cuotas, pagando la última en mayo de 2023, adeudando 27 cuotas por la cantidad total de $4.079.196.- En mérito de lo expuesto, y disposiciones legales que invocara, pidió tener por deducida demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de don ROBERTO SAN MARTIN QUIROZ, ya individualizado, y en definitiva declarar que dicho demandado adeuda a la actora la suma total de $4.079.196, más los correspondientes intereses, reajustes y costas. En folio 6, el 21 de octubre de 2024, en San Pedro de la Paz, y en forma personal, se notificó la demanda y la resolución en ella recaída. No se contestó la demanda. Se omitió réplica y dúplica, por tramitarse conforme a las reglas del procedimiento ordinario de menor cuantía. En folio 14, el 29 de enero de este año 2025, se certificó haber anunciado la audiencia de conciliación a que se llamó a las partes, concurriendo sólo la apoderado de la parte demandante. Código: GLUBXTTVWXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 16, el 30 de enero, se recibió la causa a prueba

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que acorde a lo consignado en la parte expositiva precedente, la corporación demandante, la MUTUALIDAD DE CARABINEROS, interpuso en contra del demandado, don ROBERTO SAN MARTIN QUIROZ, demanda de cobro de pesos por $4.079.196, más intereses, reajustes y costas, que le adeudaría en virtud de saldo de un mutuo que le habría efectuado. 2°) Que todo el juicio se tramitó en rebeldía del demandado, y por ello no contestó la demanda, razón por la cual ha de entenderse que controvierte todas y cada una de las alegaciones de la demandante, negando los fundamentos fácticos de la acción dirigida en su contra, como quiera que en la especie se ha producido lo que en doctrina se ha dado en llamar “contestación ficta de la demanda”. Por lo dicho, la carga de la prueba u onus probandi recae sobre la actora a la hora de justificar su pretensión, conforme la regla contenida en el artículo 1.698 del Código Civil. Debiendo además hacerse presente, que la valoración de la prueba deberá hacerse conforme a las reglas de la prueba legal o tasada de los artículos 1.698 y siguientes del Código Civil, y 341 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. 3°) Que la parte demandante acompañó junto a su demanda, la siguiente documental: - formulario de solicitud de préstamo; - anexo formulario de solicitud; - liquidación de préstamos; - certificado de saldo de deuda; - informe estado de deuda; - pagaré simple suscrito por el demandado; - fotocopia de cédula de identidad del deudor; - tabla de decisión préstamos; - liquidación de remuneraciones; - manual de políticas y procedimientos de departamento de préstamos. El demandado por su parte, dada su condición de litigante rebelde no rindió prueba alguna. 4°) Que como se acaba de indicar la demandante con el objeto de acreditar los fundamentos de su acción, acompañó en su demanda sin que fueren objetados: - formulario de solicitud de préstamo por $7.000.000, efectuado por el Código: GLUBXTTVWXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandado a la actora, con fecha 13 de mayo de 2020.- - anexo formulario préstamo de solicitud, también firmado por el demandado. - liquidación de préstamos, a nombre del demandado por un monto de $7.000.000, pagadero en 60 cuotas de $155.329.- cada una, con una tasa de 0,991% mensual.- - certificado de saldo deuda emitido el 26 de septiembre de 2024, dando cuenta que el demandado mantenía con la actora una deuda por $4.079.196.- 5°) Que la referida documental, acorde a lo establecido en los artículos 1.700 y 1.706 del Código Civil, produce plena prueba en contra del demandado, y por ello se encuentra justificado en autos de una manera suficiente el hecho que la actora le otorgó el mutuo o préstamo en que funda su demanda. Cabe agregar, que el artículo 2.197 del Código Civil dispone que el contrato de mutuo se perfecciona con la tradición (o entrega). Los mismos antecedentes ya referidos, permiten tener por estab

Fallo

En mérito de lo expuesto, y disposiciones legales que invocara, pidió tener por deducida demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de don ROBERTO SAN MARTIN QUIROZ, ya individualizado, y en definitiva declarar que dicho demandado adeuda a la actora la suma total de $4.079.196, más los correspondientes intereses, reajustes y costas. En folio 6, el 21 de octubre de 2024, en San Pedro de la Paz, y en forma personal, se notificó la demanda y la resolución en ella recaída. No se contestó la demanda. Se omitió réplica y dúplica, por tramitarse conforme a las reglas del procedimiento ordinario de menor cuantía. En folio 14, el 29 de enero de este año 2025, se certificó haber anunciado la audiencia de conciliación a que se llamó a las partes, concurriendo sólo la apoderado de la parte demandante. Código: GLUBXTTVWXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 16, el 30 de enero, se recibió la causa a prueba. En folio 18, el pasado 17 de marzo, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°) Que acorde a lo consignado en la parte expositiva precedente, la corporación demandante, la MUTUALIDAD DE CARABINEROS, interpuso en contra del demandado, don ROBERTO SAN MARTIN QUIROZ, demanda de cobro de pesos por $4.079.196, más intereses, reajustes y costas, que le adeudaría en virtud de saldo de un mutuo que le habría efectuado. 2°) Que todo el juicio

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FOJA: 14 - catorce.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-7077-2024 CARATULADO : MUTUALIDAD DE CARABINEROS/SAN MART NÍ Concepción, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: Que en folio 1, con fecha 30 de septiembre de 2024, compareció don Danilo Andrés Piña Herrera, abogado, en representación –según acreditó–de la corporación denominada

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