TORO/ABC
Rol
M-8-2025
Fecha
11 de febrero de 2025
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y OIDO: PRIMERO: Que son partes en esta causa RIT M-8-2025, como demandante, MAURICIO ANDRES TORO HERRERA, jefe de operaciones, domiciliado en el Guaico centro S/N, Comuna de Romeral y como demandada, ABC S.A, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente de acuerdo al artículo 4º inciso primero del Código del Trabajo por doña MARIA LORETO ROSSLER YAVAR, cedula de identidad 13.270.911-4, ignora profesión u oficio, o quien haga sus veces, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Merced 471, Comuna de Curicó. SEGUNDO: Que, el actor deduce demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones, señalando que inició su relación laboral con la demandada el 16 de octubre de 2013, siendo su contrato indefinido, desempeñándose como jefe de operaciones, con una jornada de 44 horas semanales y una remuneración de $1.198.752. Con fecha 4 de noviembre de 2024, se le despidió por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo. Sin embargo, al día siguiente del despido, o sea el día 5 de noviembre de 2024, se enteró que se encontraba en su cargo de trabajo y cumpliendo sus mismas funciones laborales otra persona. En la carta de despido que le fue entregado, con fecha 4 de noviembre de2024, se le señala lo siguiente “que la decisión de poner término a su contrato de trabajo se fundamenta en la necesidad que tiene la empresa de implementar una serie de medida que implican una racionalización en los costos de producción, gastos administrativos y de tipo financiero, ajustes presupuestarios y una necesaria racionalización en el personal. Lo anterior, en especial atención al actual y complejo contexto del mercado en que la empresa se desenvuelve, lo que nos obliga a optimizar nuestros recursos, para así alcanzar las metas y cumplir los objetivos de nuestro negocio”. Los hechos descritos en la carta de despido escapan a la realidad, ya que al día siguiente el cargo que yo ocupaba en la empresa estaba sie
Fundamentos
motivos corresponde rechazar las pretensiones del actor, con costas. CUARTO: Que en la audiencia única, se hizo el llamado a conciliación; el que no fue posible y se fijaron como convenciones probatorias, la existencia de la relación laboral desde el día 16 de octubre de 2013 al 4 de noviembre de 2024, fecha en la cual se aplicó la causal de necesidades de la empresa para el despido, en la cual se cumplieron además, con las formalidades legales, la función desarrollada por el actor, que era de jefe de operaciones y su remuneración de $1.198.752. Asimismo, se fijó como hecho a probar la efectividad de concurrir la causal invocada para despedir al actor. Y CONSIDERANDO: QUINTO: Que en la audiencia de juicio se rindió la siguiente prueba: PRUEBA DEMANDADA: Documental: 1. Carta de Aviso de Término de Contrato dirigida a don MAURICIO ANDRÉS TORO HERRERA, de fecha 4 de noviembre del año 2024. 2. Certificado de saldo aporte del empleador al seguro de cesantía para imputar a indemnización artículo 13, ley 19.728. 3. Finiquito de Contrato de Trabajo, suscrito entre don MAURICIO ANDRÉS TORO HERRERA y ABC S.A., de fecha 8 de noviembre del año 2024 ante Notario Público don Hernán Fuentes Acevedo. 4. Análisis Razonado de Empresas La Polar S.A., correspondiente al cuarto trimestre del mes de diciembre del año 2022. 5. Análisis Razonado de Empresas La Polar S.A., correspondiente al cuarto trimestre del mes de diciembre del año 2023. 6. Análisis Razonado de Empresas La Polar S.A., correspondiente al primer trimestre del año 2024, a marzo del mismo año. 7. Comprobante de cumplimiento de declaración libro de remuneraciones electrónico, emitido por la Dirección del Trabajo. 8. Comprobante de cumplimiento de declaración libro de remuneraciones electrónico a fecha 13 de diciembre del año 2024. PRUEBA DEMANDANTE: I.- Documental: 1.- Acta de comparendo de conciliación, de fecha 22 de noviembre de 2024, emitida por la Inspección del Trabajo de Curicó. 2. Finiquito de contrato de trabajo de fecha 8 de noviembre de 2024, con firma el día 13 de noviembre de 2024. II.-Confesional: Absuelve posiciones en representación de ABC S.A., doña Luz María Lozano Espinoza, cédula nacional de identidad N°14.579.114-6, Gerente de tienda en ABC Curicó, quien exhortada, a decir verdad, presta declaración, la cual consta en el registro de audio del tribunal. III.- Exhibición de documentos: Se ordena la exhibición de los siguientes documentos, bajo apercibimiento del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo, la cual se tiene por cumplida por la parte demandante: 1. CONTRATO DE TRABAJO, suscrito entre la demandante y la demandada principal, y sus respectivos anexos. 2. LIQUIDACIONES Y/O COMPROBANTES DE PAGO DE REMUNERACIONES, correspondientes al periodo trabajado desde el mes de diciembre del año 2023, enero y febrero del año 2024, suscritos por la parte demandante. 3. CARTA DE DESPIDO y su respectivo comprobante de notificación de conformidad al artículo 162 del Código del Trabajo
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en artículos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 33, 161 162, 163, 168, 173, 420, 446 y siguientes, 456 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo; y demás normas ya citadas en esta sentencia definitiva al efecto, se resuelve: I.- Que SE RECHAZA, la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por MAURICIO ANDRES TORO HERRERA, en contra de ABC S.A., todos ya individualizados. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandante por haber tenido motivo plausible para litigar. Las partes quedan válidamente notificadas de lo resuelto con esta fecha al tenor del artículo 457 inciso 2° del Código del Trabajo y por lo tanto, desde esta notificación. Regístrese y en su oportunidad archívense lo antecedentes. RIT: M-8-2025. RUC: 25-4-0636684-K. Dictada por don Patricio Alfredo Navarro Fierro, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó.
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó. RIT: M-8-2025. RUC: 25-4-0636684-K. Curicó, once de febrero de dos mil veinticinco. VISTO y OIDO: PRIMERO: Que son partes en esta causa RIT M-8-2025, como demandante, MAURICIO ANDRES TORO HERRERA, jefe de operaciones, domiciliado en el Guaico centro S/N, Comuna de Romeral y como demandada, ABC S.A, persona jurídica del giro de su denominación, representa
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