Juzgado de Letras y Garantía de Maullín

VÁSQUEZ/INVERSIONES KYT SPA

Rol

O-16-2023

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Compareció ante este tribunal con fecha 20 de noviembre del año 2023, 1) MARCOS CHIARA HERNANDEZ, chileno, profesional residente, cedula de identidad: 22.454.775-7, 2) MATIAS OJEDA RODRIGUEZ, chileno, jornal, cedula de identidad: 21.642.163-9 y 3) NICOLAS VASQUEZ FERNANDEZ , chileno, maestro, cedula de identidad: 8.026.304-k todos domiciliados en calle O´Higgins S/N, Quenuir, Comuna de Maullín, representadas por el Abogado JORDÁN SIMÓN PEÑA, e interpusieron demanda en procedimiento ordinario de cobro de prestaciones laborales, y nulidad del despido, en contra de su ex empleadora INVERSIONES KYT SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT Nº: 77.281.389-9, representada legalmente por doña KARLA IVÓN BARRIENTOS MANCILLA, cédula nacional de identidad Nº17.528.774-4, o por quien corresponda de conformidad con el artículo 4º del Código del Trabajo, ambas con domicilio en Calle 19 de Julio Nº396, Pb. M. Montt, Comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, en adelante “KYT”, y solidaria y/o subsidiariamente en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAULLÍN, persona jurídica de derecho público, Rut: 69.220.500-6, representada, por su Alcalde, don NABIH SOZA CARDENAS, cédula nacional de identidad Nº 8.170.573-9, o por quien corresponda conforme el artículo 4º del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Bernardo O´Higgins Nº641, de la Comuna de Maullín. Fundan su demanda en los siguientes argumentos: Refiere que MARCOS CHIARA HERNANDEZ, MATIAS OJEDA RODRIGUEZ, y NICOLAS VASQUEZ FERNANDEZ fueron despedidos por KYT, conforme lo siguiente: 1.- NICOLÁS VASQUEZ F.; despedido mediante carta de aviso de 11 de agosto de 2023, a contar del 11 de septiembre de 2023; 2.- MARCOS CHIARA H.; despedido mediante carta de aviso de 04 de agosto de 2023, a contar del 04 de septiembre de 2023; 3.- MATÍAS OJEDA R.; despedido mediante carta de aviso de 04 de agosto de 2023, a contar del 04 de septiembre de 2023. Indica que el plazo original de la obra era entr

Fundamentos

considerandos anteriores se encuentra acreditada que al momento del autodespido se le debían a los trabajadores las prestaciones laborales que se reclaman y se detallan en el libelo de los demandantes, tal como

Fallo

se declarara en la parte resolutiva de la sentencia. DUODECIMO: Que respecto a la existencia de un régimen de subcontratación, la propia documental de la demandante y la I. Municipalidad de Maullín y la declaración de parte de los trabajadores, los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores, y el certificado de Fianza Nº6943-007295 de fecha 12 de abril de 2023, dan cuenta de su existencia, pues la municipalidad en mención ha encargado la obra a la adjudicataria Inversiones KYT SpA, como da cuenta el contrato administrativo de 11 de abril de 2023, celebrado entre las partes, por el cual dicha entidad edilicia contrato a la demandada principal con el fin de ejecutar servicios propios de su área en las obras relacionadas con el proyecto denominado;“Mejoramiento y Ampliación Cuartel de Bomberos 5ta Compañía Quenuir Alto, Comuna de Maullín” configurándose en la especie los requisitos que la ley establece para su concurrencia, esto es, una empresa contratista, trabajadores subcontratados, contrato de trabajo entre éstos, presencia de una empresa principal que recibe los servicios o es dueña de la obra, relación contractual entre ambas, y que los servicios se presten por los trabajadores por cuenta y riesgo del contratista beneficiando directamente a la empresa principal, por tanto, y tal como ya se concluyó, se cumplen con claridad los presupuestos de la subcontratación entre las demandadas cuya declaración se solicita. DECI

Texto Completo (Preview)

En Maullín, a siete de febrero del año dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Compareció ante este tribunal con fecha 20 de noviembre del año 2023, 1) MARCOS CHIARA HERNANDEZ, chileno, profesional residente, cedula de identidad: 22.454.775-7, 2) MATIAS OJEDA RODRIGUEZ, chileno, jornal, cedula de identidad: 21.642.163-9 y 3) NICOLAS VASQUEZ FERNANDEZ , chileno, maestro, cedula de i

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