Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

ECHEVERRÍA/SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LTDA

Rol

M-11-2025

Fecha

8 de febrero de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit Nº M-11-2025, compareciendo don CRISTOPHER ALEJANDRO ECHEVERRIA MORIS, empleado, domiciliado en Miraflores N°320 de esta ciudad, legalmente asistida por el abogado don Manuel Alejandro Rojas Gatica, la demandada principal SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LTDA., representada legalmente por don Marcelo José Tarzijan Nallar, ambas domiciliadas en calle Mackenna número 1434 de la ciudad de Osorno, quien compareció a la audiencia asesorada por el letrado doña Alejandra Andrade Garrido; y la demandada solidaria-subsidiaria SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION REGIÓN DE LOS RÍOS, representado por doña Karina Angélica Fernández Carrera, ambos con domicilio en Avenida Alemania número 799 de esta ciudad, representado en juicio por el abogado don Cristóbal Adolfo Valenzuela Voss.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Cristopher Alejandro Echeverría Moris, quien interpuso demanda en procedimiento monitorio en contra de Seguridad Y Promociones Asociados Ltda., representada legalmente por don Marcelo José Tarzijan Nallar y en forma solidaria- subsidiaria en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, representado por doña Karina Angélica Fernández Carrera, solicitando en definitiva se haga lugar a la demanda en todas sus partes, solicitando: I.- Que se declaren como debidamente acreditadas las causales de despido indirecto invocado por este actor, y que, por consiguiente, se le adeudan las prestaciones e indemnizaciones laborales relativas al mes de aviso, finiquito, cotizaciones previsionales, remuneración y recargo legal correspondiente; II.- Que, se declare la nulidad del despido y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones adeudadas a) Indemnización sustitutiva del aviso previo a que se refiere el artículo 162 del Código del Trabajo, correspondiente a $625.000- (seiscientos veinticinco mil pesos); o lo que se determine conforme a derecho y equidad; b) Feriado legal correspondiente a 5,59 días corridos por la suma de $116.458 (ciento dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos) o lo que se determine conforme al mérito del procedimiento; c) Las remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral de conformidad a lo previsto en el inciso 5º, 6º, 7º, del artículo 162 del Código del Trabajo, desde la fecha de término de esta, lo cual acontece desde el día 13 de noviembre del año 2024, hasta el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas y,

Fallo

por tanto, de la convalidación del despido, a razón de $625.000.- (seiscientos veinticinco 11 mil pesos), más su reajustes e intereses en los términos del artículo 63 del Código del Trabajo, o lo que se estime en derecho; d) Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63 y 173, ambos del Código del Trabajo, dichas sumas sean debidamente reajustadas en los términos legalmente señalados. III.- Que, se condene a la demandada al pago de las cotizaciones previsionales adeudadas; IV.- Que, se condene a la demandada solidaria (o subsidiaria) respecto de las obligaciones dinerarias aquí solicitadas, y en la calidad que les corresponda legalmente; V.- Que, se condene a la demandada a una ejemplar condena en costas en caso de oposición a la demanda. SEGUNDO: Que las demandadas Seguridad y Promociones Asociados Ltda., y el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, contestaron la demanda deducida en su contra, solicitando su rechazo con costas. Solicitándose, además por la solidaria- subsidiaria, que en caso de acogerse la acción se declare su responsabilidad en forma subsidiaria. TERCERO: Que en audiencia se estableció como hechos pacíficos los siguientes: 1.- Existencia de la relación laboral desde el 01 de julio de 2024 al 13 de noviembre de 2024. 2.- Que el actor remitió carta de auto despido al empleador el 13 de noviembre del año  2024. 3.- Que el actor prestaba servicios para la demandada Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos en un régimen

Texto Completo (Preview)

Valdivia, ocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit Nº M-11-2025, compareciendo don CRISTOPHER ALEJANDRO ECHEVERRIA MORIS, empleado, domiciliado en Miraflores N°320 de esta ciudad, legalmente asistida por el abogado don Manuel Alejandro Rojas Gatica, la demandada principal SEGU

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica