1º Juzgado de Letras de San Felipe

SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES TAXISTAS DE SAN FELIPE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE

Rol

C-5775-2024

Fecha

14 de marzo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que se ha iniciado este proceso rol C-5775-2024, caratulada “Sindicato de Trabajadores Independientes Taxistas de San Felipe con Ilustre Municipalidad de San Felipe”, sobre juicio ordinario de mayor cuantía de prescripción extintiva, respecto de acción relativa al cobro de derechos municipales correspondientes a la concesión de uso preferente de espacio de uso público, mediante demanda deducida por don Sergio Jorquera Sáez, conductor, domiciliado en Joaquín de Vedruna N°1681, Villa El Carmen San Felipe, en representación de Sindicato de Trabajadores Independientes Taxistas de San Felipe, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Felipe, representada legalmente por su alcaldesa doña Carmen Castillo Taucher, ambos con domicilio en Salinas N° 1211, San Felipe, a fin de que se declare la prescripción de la acción para el cobro de los derechos que adeuda. Funda su demanda en que al sindicato que representa, se le ha hecho entrega de parte de la Ilustre Municipalidad de San Felipe una concesión para el uso preferente del espacio de uso público ubicado en la Plaza de Armas de San Felipe, específicamente esquina de calle Merced con calle Coimas. Que por

Fundamentos

motivos propios del estallido social, a fines de la anualidad 2019, se vieron impedidos de pagar en tiempo y forma los derechos correspondientes a la concesión, adeudando las cuotas que vencieron en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, juntamente con la enero de 2020, lo que se da cuenta en certificado de deuda que acompaña, trascurriendo más de 3 años del vencimiento de dichas obligaciones, por lo que la acción para su cobro está prescrita. En el derecho, funda la acción en lo dispuesto en los artículos 2492 y 2521 del Código Civil. Notificada legalmente la demandada, a folio 6 contesta la demanda, expresando que no pudiendo el Municipio disponer o condonar recursos que debe percibir, debe ser el Tribunal quien resuelva el fondo del asunto. Código: CVZZXTDXXMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 10, la parte demandante evacua trámite de réplica, señalando idénticos argumentos facticos y jurídicos que los expresados en la demanda. A folio 12, la parte demandada solicita se tenga por evacuado el trámite de dúplica, y se de curso progresivo a los autos. A folio 18 se lleva a efecto audiencia de conciliación, dejándose constancia que no se produce, atendida la rebeldía de la parte demandada. A folio 21, atendido lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se cita a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el demandante, Sindicato de Trabajadores Independientes Taxista de San Felipe, representado por don Sergio Jorquera Sáez, interpone demanda en juicio ordinario de prescripción de acción para el cobro de deuda por derechos municipales correspondientes a concesión de uso preferente de espacio de uso público, respecto a cuotas que vencieron en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, juntamente con la enero de 2020, conforme a los fundamentos ya reseñados en lo expositivo del presente fallo. Cita además como fundamento de derecho lo dispuesto en los artículos 2493, 2497 y 2521 del Código Civil. SEGUNDO: Que notificada legalmente la demandada, a folio 5 contestó la demanda deducida en su contra, expresando que no pudiendo el municipio disponer o condonar recursos que debe percibir el Municipio, debe ser el Tribunal quien deba resolver el fondo del asunto, en el caso que se acredite los supuestos de hecho que fundamentan la pretensión del demandante. TERCERO: Que a fin de acreditar los fundamentos fácticos de su acción, la parte demandante acompañó en su demanda de folio 1, con la debida ritualidad procesal, los siguientes documentos: 1.- Certificado de constitución legal de Sindicato de Trabajadores Independientes Taxista de San Felipe, expedido por la Dirección del Trabajo, con fecha 5 de diciembre de 2024. 2.- Certificado de deuda, emitido por la Ilustre Municipalidad de San Felipe, con fecha 5 de diciembre de 2024. CUARTO: Que, el inciso 1° del artículo 2521 del Código Civil, establece que: “Prescriben

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2492, 2497, 2493 2514, 2521 del Código Civil, y dictamen N°9176 del año 1992, de la Contraloría General de la República, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda de prescripción extintiva de la acción para el cobro de lo adeudado por derecho de concesión de utilización de espacio en vía pública, deducida por Sindicato de Trabajadores Independientes Taxista de San Felipe, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Felipe, y en consecuencia, se declara prescrita la acción para el cobro de los derechos ya referidos, correspondientes a cuotas de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, y enero de 2020. II.- Que cada parte soportará sus costas. Notifíquese legalmente Rol C-5775-2024.- Dictado por don Omar Antonio Cifuentes Mena, Juez Titular. En San Felipe, a catorce de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: CVZZXTDXXMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-14T11:11:36-0300

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FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-5775-2024 CARATULADO : SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES TAXISTAS DE SAN FELIPE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE San Felipe, catorce de marzo de dos mil veinticinco Vistos: Que se ha iniciado este proceso rol C-5775-2024, caratulada “Sindicato de Trabajadores Independientes Taxistas de

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