BANCO ITAU CHILE S.A/VELOSO
Rol
C-11690-2024
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A folio 1, comparece don DANIEL OCAMPO MI O, abogado, domiciliado enÑ calle Enrique Foster Sur N 39, Piso 2, Comuna de Las Condes, correo electr nico° ó dom@ocampoycia.cl, mandatario judicial en representaci n convencional de BANCOó ITA CHILE, antes denominado ITA CORPBANCA, sociedad an nima bancaria,Ú Ú ó cuyo gerente general es don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresa, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N 5537, Piso 20, Comuna de Lasº Condes, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don MAT AS ANDR SÍ É VELOSO NIETO, abogado, domiciliado en Avenida Manuel Montt N 1164, Comuna° de Providencia, en virtud de las siguientes consideraciones. Por escritura p blica de fecha 20 de febrero de 2018, otorgada en la Notar a deú í Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel, ITA CORPBANCA dio enÚ pr stamo al demandado la cantidad de U.F. 1.614.- quien declar recibirlas a su enteraé ó satisfacci n. El demandado se oblig a pagar el referido mutuo en el plazo de 144 meses,ó ó a contar del primer d a del mes siguiente al de la fecha de inscripci n de la primeraí ó hipoteca en favor del Banco en el Conservador de Bienes Ra ces competente, sobre elí inmueble que se singulariza en el mismo contrato, por medio de 144 cuotas o dividendos mensuales y sucesivos, por la cantidad de U.F. 13,1969.-, que comprenden amortizaci nó de capital y pago de intereses, a excepci n de la primera cuota a la que se le deber nó á adicionar los intereses devengados desde la fecha de la inscripci n de la primera hipotecaó antes referida, pudiendo pagarse cada cuota dentro de los primeros diez d as de cadaí mes. La tasa de inter s real, anual y vencida del presente mutuo asciende a un 2,70%,é que se devengar n tambi n desde la fecha de la inscripci n de la primera hipoteca antesá é ó referida. De acuerdo a lo estipulado en la cl usula tercera letra C) de la mencionadaá escritura, en caso de simple retardo en el pago de cualquier cuota, sta devengar a desdeé í el d a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fund su demanda en que es titular deló cr dito documentado en escritura p blica de fecha 20 de febrero de 2018, otorgada en laé ú Notar a de Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel, en la que consta pr stamoí é al demandado la cantidad de U.F. 1.614.- quien declar recibirlas a su enteraó satisfacci n, se oblig a pagar el referido mutuo en el plazo de 144 meses, a contar deló ó primer d a del mes siguiente al de la fecha de inscripci n de la primera hipoteca ení ó favor del Banco en el Conservador de Bienes Ra ces competente, sobre el inmueble queí se singulariza en el mismo contrato, por medio de 144 cuotas o dividendos mensuales y sucesivos, por la cantidad de U.F. 13,1969.- SEGUNDO: Que, la demandada opuso las excepciones de los numerales 2, 9, 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en raz n de los fundamentos yaí ó ó desarrollados precedentemente. TERCERO: Que, evacuando el traslado conferido solicita el rechazo de las excepciones opuestas por los siguientes argumentos: CUARTO: Que, el art culo 1698, inciso primero del C digo Civil dispone queí ó Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta, por lo que“ ó é é en la especie corresponde al demandante acreditar los requisitos de procedencia de su acci n y a la demandada la efectividad de los hechos invocados como defensa .ó ” QUINTO: Que la ejecutante ha acompa ado a los autos:ñ 1. Copia autorizada de la escritura p blica singularizada en lo principal, dondeú consta el mutuo otorgado a la demandada. 2. Liquidaci n del cr dito otorgado por la escritura p blica antes indicada.ó é ú 3.-Copia autorizada de la escritura p blica de fecha 12 de octubre de 2023,ú otorgada en la Notar a de do a Patricia Manr quez Huerta, en la cual consta mií ñ í personer a para actuar en nombre y representaci n de BANCO ITA CHILEí ó Ú Código: SJJSXTTRSVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11690-2024 Foja: 1 SEXTO: Que la ejecutada acompa los siguientes documentos:ñó 1. 10 comprobantes de pago de cuotas del mutuo hipotecario. - 2. Comprobante de pago de la cuota N 76.° S PTIMO:É Que en cuanto a la excepci n consagrada en el numeral 2 deló art culo 464, cabe tener presente que el demandante en su escrito de demanda haceí presente que su personer a para representar a la ejecutante consta copia autorizada de laí escritura p blica de fecha 12 de octubre de 2023, otorgada en la Notar a de do aú í ñ Patricia Manr quez Huerta, y en virtud de la cual asume patrocinio y poder en la causa. í OCTAVO: Que revisada la escritura en cuesti n, la cual no fue materia deó objeci n por la ejecutada, resulta suficiente para tener por acreditada la personer a conó í que Daniel Ocampo Mi o, abogado, dice actuar en estos autos, por lo que la excepci nñ ó de falta de personer a deber ser desestimada.í á NOVENO: En cuanto a la excepci n de pago, cabe tener presente que art cul
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, y se recibi la causa a prueba.ó Al folio 37, el 13 de febrero de 2025, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fund su demanda en que es titular deló cr dito documentado en escritura p blica de fecha 20 de febrero de 2018, otorgada en laé ú Notar a de Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel, en la que consta pr stamoí é al demandado la cantidad de U.F. 1.614.- quien declar recibirlas a su enteraó satisfacci n, se oblig a pagar el referido mutuo en el plazo de 144 meses, a contar deló ó primer d a del mes siguiente al de la fecha de inscripci n de la primera hipoteca ení ó favor del Banco en el Conservador de Bienes Ra ces competente, sobre el inmueble queí se singulariza en el mismo contrato, por medio de 144 cuotas o dividendos mensuales y sucesivos, por la cantidad de U.F. 13,1969.- SEGUNDO: Que, la demandada opuso las excepciones de los numerales 2, 9, 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en raz n de los fundamentos yaí ó ó desarrollados precedentemente. TERCERO: Que, evacuando el traslado conferido solicita el rechazo de las excepciones opuestas por los siguientes argumentos: CUARTO: Que, el art culo 1698, inciso primero del C digo Civil dispone queí ó Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta, por lo que“ ó é é en la especie corresponde al demandante acreditar los requisitos de procedencia de su acci n y a la demandada la e
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C-11690-2024 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11690-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/VELOSO Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco VISTOS A folio 1, comparece don DANIEL OCAMPO MI O, abogado, domiciliado enÑ calle Enrique Foster Sur N 39, Piso 2, Comuna de Las Condes, correo electr nico° ó dom@ocampoycia.cl,
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