2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SALAS/BRAVO

Rol

T-2332-2023

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1) Salvador Antonio Pablo Saavedra Escobar, RUT 15.475.442-3. Exhibición de documentos: La parte denunciada no exhibe a la denunciante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1) Libro de asistencia desde que inicia la relación laboral. 2) Libro de remuneraciones desde que inicia la relación laboral. La parte demandante solicita hacer efectivo el respectivo apercibimiento legal. El Tribunal otorga traslado y resolverá en sentencia definitiva. Otros medios de prueba: 1) Video 1: https://defensorialegaldelpueblomy.sharepoint.com/:v:/g/personal/contacto_dflp_cl/EcoYSTzBRRZLtuSSeJFtkj8BniiiuZm_CClTKybj7UmopQ?e=Yu7jsm 2) Video 2: https://defensorialegaldelpueblomy.sharepoint.com/:v:/g/personal/contacto_dflp_cl/EdgbubFu_SdNmVBWXqTFg3cBVOUuCnF0tXLvV7cFJWhXA?e=OhqWBj LA PARTE DENUNCIADA INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Carta de renuncia voluntaria de fecha 12-8-2023. 2) Contrato de trabajo de fecha 16-9-2021. 3) Acta ante Inspección del Trabajo de fecha 11-9-2023. 4) Anticipo sueldo mayo 2023. Liquidaciones de remuneraciones periodo junio a agosto 2023. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte denunciada y decreta su custodia. Confesional: La parte demandada se desiste de la prueba confesional. Testimonial: Declaró el siguiente testigo, quien legalmente juramentado expone sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Héctor Alfonso Saldaño Báez, RUT 10.570.296-5. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N°77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 10, 63, 159 160, 161, 162, 163, 171, 173, 178, 453, 454 del Código del Trabajo; SE DECLARA: I. Que se rechaza en todas sus partes la demanda deducida en lo principal de autos, por la trabajadora doña JENNIFFER DE LOURDES SALAS HERNÁNDEZ en contra de COMERCIAL FASHION’S PARK S.A., RUT 78.533.100-1. II. Que se rechaza asimismo la demanda subsidiaria por despido injustificado, indebido, improcedente, cobro de prestaciones y daño moral deducida por doña JENNIFFER DE LOURDES SALAS HERNÁNDEZ en contra de COMERCIAL FASHION’S PARK S.A., RUT 78.533.100-1. III. Que sin perjuicio de lo anterior, se condena al pago del feriado legal y proporcional demandado. En el caso del feriado legal, por la suma de $492.639 y de feriado proporcional, por la suma de $187.672, de los cuales debe descontarse aquella suma que ya se encuentra pagada ante la Inspección del Trabajo, conforme se ha indicado en el cuerpo de esta demanda y que corresponde a la suma de $580.095. IV. Que las sumas indicadas se pagarán con reajustes e intereses, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. V. No habiendo resultado ninguna de las partes completamente vencida, cada una pagará sus costas. Notifíquese, regístrese, en su oportunidad, archívese. RIT: T-2332-2023 RUC: 23-4-0516802-2 Sentencia dictada por don Mario Henríquez Contreras, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA LABORAL FECHA 5 DE FEBRERO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 13 RUC 23-4-0516802-2 RIT T-2332-2023 MAGISTRADO MARIO HENRÍQUEZ CONTRERAS ADMINISTRATIVA DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:28 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:04 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340516802-2-1349-250205-00 Nº CUSTO

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