1º Juzgado de Letras de Linares

GASCON/MONSALVE

Rol

C-2113-2024

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Primero: Demanda; comparece PABLO FRANCISCO MIHOVILOVICH GASCÓN, abogado, cédula de identidad número 17.885.161-6, en representación de doña BERTA BLANCA GASCÓN CASTRO, chilena, soltera, de ocupación matrona, cédula nacional de identidad 9.435.337-8, domiciliada en Sector Tres Esquinas, parcela N° 16 Amarelis, Linares, quien viene en interponer demanda de término de contrato de arrendamiento por incumplimiento de contrato por no pago de rentas, cobro de rentas adeudadas y demás prestaciones que se indican, en juicio sumario Código: DXHBXTNCXQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl especial conforme a Ley N°18.101, en contra de doña CLAUDIA ELENA MONSALVE GUZMÁN, cédula nacional de identidad 17.171.454-0, chilena, soltera, de oficio no conocido, mayor de edad, domiciliada para estos efectos en la dirección Pablo Neruda número 215, Villa Pablo Neruda, comuna de Linares, según los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que a continuación pasa a exponer. I. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES Mediante contrato de arrendamiento realizado a través de convenio con el SERVIU el día 29 de enero del 2021, su representada dio en arriendo a la demandada la propiedad ubicada en dirección Pablo Neruda número 215, Villa Pablo Neruda, comuna de Linares, rol correspondiente al N°01059 – 00016 de la misma ciudad. Como ocurre con dicha modalidad contractual, es la institución del SERVIU la encargada de realizar los pagos de la renta, la cual se fijó en esa fecha a un valor de $230.000 reajustables durante los años siguientes. A la fecha de 2023 el valor de arriendo estaba establecido en $280.000, monto que mes a mes se transfería a la cuenta bancaria de su representada, hasta el día 17 de Junio de 2023, fecha en la cual Serviu puso término a dicho contrato con la demandada, producto del incumplimiento de ella respecto de la cláusula quinta del contrato, referente a sus obligaciones de pago a la mencionada institución, finalizándose

Fallo

por tanto dicho subsidio en favor de doña Claudia Monsalve, cuestión que la demandada ocultó; cómo se demostrará posteriormente. II. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DE LA DEMANDADA. A partir de la fecha mencionada se iniciaron una serie de graves y diversos incumplimientos de la demandada para con la demandante, en los pagos mensuales de la renta, de las cuentas de servicios básicos, de las Código: DXHBXTNCXQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl comunicaciones bloqueando sus llamadas, y llegando incluso a intervenir ilegalmente el medidor de luz, como ya se acreditará. Desde entonces la demandada no ha pagado las rentas de arrendamiento de los meses de junio, Julio, noviembre, Diciembre del año 2023, enero del 2024, y de forma incompleta los restantes meses, por lo que le adeuda la suma de $ 2.560.000 pesos, la cual además debe ser reajustada en la misma proporción en que haya variado el valor de la Unidad de Fomento entre la fecha en que debió realizarse cada pago y aquélla en que, efectivamente, se pague, conforme al art.21 de la Ley 18.101. Según el detalle que se expone a continuación y que se desprende de las cartolas acompañadas. Los pagos efectuados por el demandado son los siguientes: Código: DXHBXTNCXQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En definitiva, queda claro que la demandada no ha dado cumplimiento a Código: DXHBXTNCXQX Este document

Texto Completo (Preview)

CAUSA ROL C-2113-2024 MATERIA Arrendam.terminación inmediata por no pago rentas Código A18 PROCEDIMIENTO JUICIO DE ARRENDAMIENTO DEMANDANTE BERTA BLANCA GASCÓN CASTRO RUT 9.435.337-8 ABOGADO PABLO FRANCISCO MIHOVILOVICH GASCÓN RUT 17.885.161-6 DEMANDADO CLAUDIA ELENA MONSALVE GUZMÁN RUT: 17.171.454-0 ABOGADO NO PRESENTA FECHA DE INGRESO 26/11/2024 CITACION A OIR SENTENCIA 13/02/2025 Linares ______

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