1º Juzgado Civil de Santiago

INCOFIN LEASING S.A./DETECCION Y EXTINCION INTEGRAL DEL FUEGO COMPANIA LIMITADA

Rol

C-9112-2024

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece RICARDO COZZI LÓPEZ, RUN Nº 8.465.250-4, abogado, en representación de la sociedad INCOFIN LEASING S.A., RUT Nº 76.477.160-5, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por FRANCISCO HORMAZÁBAL RIQUELME, RUN Nº 9.785.803-9, chileno, casado, contador auditor, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo Nº 3.885, Piso 20, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, deduciendo demanda de terminación de arrendamiento, pago de rentas atrasadas, indemnización de perjuicios y restitución de bienes dados en locación, en contra de la sociedad DETECCIÓN Y EXTINCIÓN INTEGRAL DEL FUEGO LIMITADA, RUT Nº 76.413.863-5, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por JUAN DE DÍOS PEREIRA FIGUEROA, RUN Nº 8.661.229-1, chileno, casado, empresario, ambos domiciliados en Los Copihues Nº 2.653, Comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana/Avenida Francia Nº 1.196A, Comuna de Independencia, Santiago, Región Metropolitana/Avenida Los Zapadores Nº 350, Comuna de Recoleta, Santiago, Región Metropolitana y/o Los Copihues Nº 3.031, Comuna de Maipú, Santiago, Región Metropolitana y en contra de JUAN DE DÍOS PEREIRA FIGUEROA, en su calidad de fiador-codeudor solidario e indivisible de la sociedad deudora principal. Funda su demanda expresando que, por escritura pública de fecha 29 de mayo del año 2018, otorgada ante el Notario Público de Santiago Álvaro González Salinas, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, las partes suscribieron un contrato de arrendamiento, con opción de compra, en virtud del cual se le cede a la sociedad Código: LFCWXTXZFQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9112-2024 arrendataria el uso y la mera tenencia de la siguiente especie corporal mueble: Un vehículo Tipo Camioneta; Marca JAC; Modelo X200 2.0; Año 2018; Color Blanco; Motor Nº H4105825; Chasis Nº LJ11KAACXJ6001079; Inscrito en el Registro de Vehículos M

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó a folio 1 comparece RICARDO COZZI LÓPEZ, abogado, en representación de la sociedad INCOFIN LEASING S.A., representada legalmente por FRANCISCO HORMAZÁBAL RIQUELME, deduciendo demanda de terminación de arrendamiento, pago de rentas atrasadas, indemnización de perjuicios y restitución de bienes dados en locación, en contra de la sociedad DETECCIÓN Y EXTINCIÓN INTEGRAL DEL FUEGO LIMITADA, representada legalmente por JUAN DE DÍOS PEREIRA FIGUEROA y en contra de JUAN DE DÍOS PEREIRA FIGUEROA, en su calidad de fiador-codeudor solidario e indivisible de la sociedad deudora principal. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, el demandado no contestó la acción Código: LFCWXTXZFQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9112-2024 deducida en su contra, por lo que han de tenerse por controvertidos todos los hechos de la demanda. TERCERO: Que, la demandante, en orden a acreditar los fundamentos de su demanda, acompañó la documental inobjetada de contrario, consistente en: 1) Copia certificada por notario público de la escritura pública donde consta mi personería para representar en juicio a la demandante. 2) Copia de la escritura pública donde consta el contrato de arrendamiento, con opción de compra. 3) Certificados de Anotaciones Vigentes de los móviles arrendados, emitidos por el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación. 4) Informe de Protestos y Morosidades que presentan los demandados en el Boletín Comercial. 5) Fotocopia simple de la factura emitida por el proveedor de los bienes corporales muebles rentados. CUARTO: Que, con el mérito de los documentos descritos en el motivo anterior, se puede establecer: 1.- Que, se suscribió contrato de arrendamiento con opción de compra, celebrado por escritura privada, de 29 de mayo de 2018, y debidamente protocolizada en la Notaría de Álvaro González Salinas, Abogado, Notario Público Titular, de la 42ª Notaría de Santiago, entre Christian Dennis Cook Ramírez y Jorge An

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C-9112-2024 FOJA: 19 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9112-2024 CARATULADO : INCOFIN LEASING S.A./DETECCION Y EXTINCION INTEGRAL DEL FUEGO COMPANIA LIMITADA Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1, comparece RICARDO COZZI LÓPEZ, RUN Nº 8.465.250-4, abogado, en representación de la sociedad INCOFIN LEASING S.A., RUT Nº

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